Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 7-88-41.18 hectáreas de temporal de uso común, de terrenos del ejido Santa María Magdalena, Municipio de Querétaro, Qro. (Reg.- 1106

EmisorSecretaría de la Reforma Agraria

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 7-88-41.18 hectáreas de temporal de uso común, de terrenos del ejido Santa María Magdalena, Municipio de Querétaro, Qro. (Reg.- 1106)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción VII, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número 7011 de fecha 21 de octubre de 1997, la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 5-72-27 Has., de terrenos del ejido denominado SANTA MARÍA MAGDALENA , Municipio de Querétaro del Estado de Querétaro, para destinarlos a formar parte de las obras de encauzamiento y rectificación del río Pueblito, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción VII y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 7-88-41.18 Has., de temporal uso común.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 8 de mayo de 1924, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 1924 y ejecutada el 26 de junio de 1924, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido SANTA MARÍA MAGDALENA , Municipio de Querétaro, Estado de Querétaro, una superficie de 540-00-00 Has., para beneficiar a 180 capacitados en materia agraria; por Resolución Presidencial de fecha 13 de enero de 1937, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de abril de 1937, se concedió por concepto de ampliación de ejido al núcleo ejidal SANTA MARÍA MAGDALENA , Municipio de Querétaro, Estado de Querétaro, una superficie de 738-59-84 Has., para beneficiar a 101 capacitados en materia agraria, más la parcela

escolar, ejecutándose...

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