Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-199-SSA1-2000, Salud ambiental. Criterios para la determinación de los niveles de concentración de plomo en la sangre. Acciones para proteger la salud de la población no expuesta ocupacionalmente. Métodos de prueba

Fecha de disposición30 Mayo 2000
Fecha de publicación30 Mayo 2000
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-199-SSA1-2000, Salud ambiental. Criterios para la determinación de los niveles de concentración de plomo en la sangre. Acciones para proteger la salud de la población no expuesta ocupacionalmente. Métodos de prueba.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-199-SSA1-2000, SALUD AMBIENTAL. CRITERIOS PARA LA DETERMINACION DE LOS NIVELES DE CONCENTRACION DE PLOMO EN LA SANGRE. ACCIONES PARA PROTEGER LA SALUD DE LA POBLACION NO EXPUESTA OCUPACIONALMENTE. METODOS DE PRUEBA.

JAVIER CASTELLANOS COUTIÑO, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3o., fracción XIII, 13, apartado A), fracción l, 116 y 118, fracciones l y VII de la Ley General de Salud; 3o., fracción XI, 38, fracción ll, 40 fracción Xl, 41, 43 y 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 6o., fracción XVII y 22, fracción Vl del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-199-SSA1-2000, Salud Ambiental. Criterios para la determinación de los niveles de concentración de plomo en la sangre. Acciones para proteger la salud de la población no expuesta ocupacionalmente. Métodos de Prueba.

El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana se publica a efecto de que los interesados dentro de los siguientes sesenta días naturales, contados a partir de su publicación, presenten sus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, sito en Lieja número 7, 1er. piso, colonia Juárez, código postal 06096, México, D.F., teléfono y fax: (5) 553-73-74.

PREFACIO

Este Proyecto de Norma Oficial Mexicana se elaboró en la Dirección General de Salud Ambiental con la participación del grupo de trabajo que se menciona a continuación:

Secretaría de Saludmetmex

Dirección General de Salud Ambiental

Dirección General de Epidemiología

Dirección General de Promoción para la Salud

Coordinación de Epidemiología

Instituto Nacional de Perinatología

Instituto Nacional de Neurología y Neurocirugía

Instituto Nacional de Salud Pública

Laboratorio Nacional de Salud Pública

Centro Nacional de Salud Ambiental

Secretaría del Trabajo y Previsión Social

Dirección General de Seguridad e Higiene en el Trabajo

Instituto Mexicano del Seguro Social

Coordinación de Salud en el Trabajo

Secretaría de Desarrollo Social

Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Jefatura de Servicios de Seguridad e Higiene en el Trabajo

Instituto Mexicano del Petróleo

Subdirección de Protección Ambiental. Gerencia Ciencias del Ambiente.

Universidad Nacional Autónoma de México

Facultad de Química

Universidad Juárez del Estado de Durango

Facultad de Medicina, Gómez Palacio, Durango

Universidad Autónoma de Nuevo León

Facultad de Medicina

Departamento de Farmacología y Toxicología

Centro de Información Toxicológica

Universidad Autónoma de Chihuahua

Universidad Autónoma de San Luis Potosí

Facultad de Medicina

Laboratorio de Toxicología Ambiental

Petróleos Mexicanos

Gerencia de Regulación y Desarrollo Médico

Hospital ABC, IAP

Instituto de Salud, Ambiente y Trabajo

Servicios Industriales Peñoles, S.A. de C.V.

Asociación Nacional de Fabricantes de Acumuladores, A.C.

Corporación PIPSA, S.A. de C.V.

Eléctrica Automotriz Omega, S.A. de C.V.

ENERTEC México, S. de R.L. de C.V.

Grupo IMSA, S.A. de C.V.

Industrial Minera México, S.A. de C.V.

Industrial Técnica Rayo, S.A. de C.V.

PYOSA, S.A. de C.V.

Zinc Nacional, S.A.

Manuel Velasco Gutiérrez

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo

  3. Campo de aplicación

  4. Referencias

  5. Definiciones

  6. Símbolos y abreviaturas

  7. Especificaciones

  8. Acciones básicas de protección

  9. Métodos de prueba

  10. Bibliografía

  11. Concordancia con normas internacionales y mexicanas

  12. Observancia de la norma

    Apéndice A

    Apendice B

  13. Introducción

    El plomo (Pb) es un metal pesado que se encuentra extensamente distribuido en la Tierra. Las propiedades físico-químicas de este elemento y de los compuestos que de él se derivan han favorecido la elaboración de una gran variedad de productos siendo uno de los metales que más se han utilizado a lo largo de la historia (Needleman 1992). Actualmente las fuentes más usuales de exposición al plomo, son las emisiones de las industrias minerometalúrgicas y metalmecánicas, los establecimientos recicladores de baterías, los pigmentos para pinturas y el uso de utensilios de barro vidriado para la preparación y almacenamiento de alimentos, que es considerada la principal fuente de exposición a plomo en México (Rojas López et al 1994; Matte et al 1994).

    Algunos remedios tradicionales como el azarcón (usado como tratamiento para la diarrea), tiene un alto contenido de plomo y han producido intoxicación en niños mexicanos. (Hdz. Palazuelos. Fuentes de exposición a plomo).

    La absorción del plomo por ingestión es la principal vía de exposición de individuos no expuestos ocupacionalmente. Los pulmones absorben bien el plomo en comparación con la absorción a través del tracto gastrointestinal que solamente capta cerca del 5 al 10% del plomo ingerido. Este porcentaje puede aumentar a un 45% en condiciones de ayuno. Los niños son más susceptibles a su toxicidad en la medida en que sus organismos absorben del 30 al 50% del plomo ingerido. (Al Dhaheri 1995). La absorción del plomo depende también de forma importante del estado nutricional del individuo, siendo mayor si la dieta es pobre en calcio, hierro y/o proteínas. (Palminger, et al 1996).

    El plomo absorbido se distribuye a tejidos blandos (hígado, riñón, músculos y cerebro) y en exposición crónica puede almacenarse en huesos y dientes. Ciertos estados fisiológicos que causan movilización de calcio de huesos y dientes pueden ocasionar movilización de plomo a la sangre en el feto. (Gulson, et al 1995. Smith, et al, 1996).

    El método más común para conocer los niveles de plomo en el organismo es la medición de la concentración de plomo en sangre comúnmente expresada en microgramos de plomo por decilitro (g/dl) (ATSDR, 1998).

    La exposición a este metal provoca daño hematopoyético, inmunológico, esquelético, renal y en los sistemas nervioso central y periférico. (Goyer 1993). El riesgo de ingestión de plomo aumenta en los niños por su conducta exploratoria y sus juegos, que los hace tener mayor contacto con suelos contaminados, aunado a la mayor absorción que ocurre en ellos comparada con los adultos.

    El envenenamiento agudo se manifiesta en un cuadro sintomático determinado en los adultos por cólicos, anemia, dolor de cabeza, fatiga, neuropatía periférica. Los niños como el grupo con mayor susceptibilidad muestran principalmente deficiencia en el desarrollo psicomotor, intelectual y de aprendizaje, y en los casos de intoxicación aguda se presentan vómitos, anorexia, convulsiones, coma y encefalopatía. El plomo ocasiona alteraciones en la biosíntesis del grupo hemo por la inhibición de enzimas que participan en su...

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