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- Cuotas, Obligaciones y Sanciones de Seguridad Social
Sanciones establecidas por el IMSS con base en la Ley del Seguro Social
Autor | José Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguín - Eladio Campero Guerrero |
Páginas | 1063-1066 |
Fundamento de la obligación por cumplir | Ley del Seguro Social | ||||
Art. 304-A, fracción | Infracciones | Art. 304-B, fracción | Sanciones (SMGVDF) | ||
Mínima | Máxima | ||||
15-111, LSS y 113,114, RACERF | IV | No determinar las cuotas obrero-patronales o hacerlo extemporáneamente. | I | ||
180, LSS | V | No informar al trabajador o al sindicato sobre las aportaciones realizadas a la cuenta individual del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. | I | ||
15-11, LSS; y 9o., RACERF | VII | No llevar los registros de nóminas o listas de raya en los términos que la ley y el #$RACERF señalan. | I | ||
15, VI y IX, LSS;y 8o., RACERF | VIII | No entregar a sus trabajadores la constancia escrita del número de días trabajados y del salario semanal o quincenalmente percibido, conforme a los periodos de pago establecidos, en caso de estar obligados a ello. | I | 20 | 75 |
83, LSS; 20 y 21, RPM | XI | No cooperar con el IMSS en la prevención de riesgos. | I | ||
15-1, LSS; y 16, RACERF | XVI | No dar aviso de cambios de domicilio o hacerlo extemporáneamente. | I | ||
16, LSS | XIX | Omitir o presentar extemporáneamente el dictamen por contador público autorizado cuando se haya ejercido la opción en términos del artículo 16, segundo párrafo, de la LSS. | I |
Fundamento | Ley del Seguro Social | ||||
de la obligación por cumplir | Art. 304-A, fracción | Infracciones | Art. 304-B, fracción | Sanciones (SMGVD | |
Mínima | Máxima | ||||
15-1 y 34, LSS y 53 al 56, RACERF | III | No comunicar, o hacerlo extemporáneamente, las modificaciones del salario base de cotización. | II | ||
15-V, LSS; 23 y 170, RACERF | X | Obstaculizar o impedir inspecciones o visitas domiciliarias. | II | ||
15-V, LSS | XIII | No conservar documentos que sean revisados en una visita o los bienes en que se depositen. | II | 20 | 125 |
15-1, LSS;10y 16, RACERF | XVIII | No comunicar al instituto por escrito sobre el estallamiento de huelga o terminación de la misma; la suspensión, cambio o término de actividades; la clausura; el cambio de nombre o razón social; la fusión o escisión. | II | ||
19-1 y 305-11, LSS; 12,16 y 113, RACERF | VI | Presentar con datos falsos avisos, formularios, comprobantes de afiliación, registro de obras o cédulas de determinación. | III | ||
15-IV, LSS | IX | No proporcionar los elementos necesarios para precisar la existencia, naturaleza y cuantía de obligaciones o hacerlo con documentación alterada |
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