Prórroga y Primera Modificación al Título de Concesión otorgado en favor de la empresa Marina del Sábalo, S.A. de C.V., para usar y aprovechar bienes de dominio público de la Federación, consistentes en la construcción, operación y explotación de una marina turística de uso particular, actualmente denominada El Cid -anteriormente conocida como El Sábalo-, localizada en el Municipio de Mazatlán, Estado de Sinaloa

Fecha de disposición27 Enero 2011
Fecha de publicación27 Enero 2011
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónCUARTA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. PRORROGA Y PRIMERA MODIFICACION AL TITULO DE CONCESION QUE OTORGA EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DEL TITULAR DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, EL C. JUAN FRANCISCO MOLINAR HORCASITAS, EN FAVOR DE LA EMPRESA MARINA DEL SABALO, S.A. DE C.V., REPRESENTADA POR EL C. FERNANDO BERDEGUE SACRISTAN, EN SU CARACTER DE APODERADO GENERAL, EN LO SUCESIVO "LA SECRETARIA" Y "LA CONCESIONARIA", RESPECTIVAMENTE, CUYO TITULO DE CONCESION ORIGINAL LE FUE OTORGADO EN FECHA 17 DE MAYO DE 1990, PARA USAR Y APROVECHAR BIENES DE DOMINIO PUBLICO DE LA FEDERACION, CONSISTENTES EN LA CONSTRUCCION, OPERACION Y EXPLOTACION DE UNA MARINA TURISTICA DE USO PARTICULAR, ACTUALMENTE DENOMINADA "EL CID" -ANTERIORMENTE CONOCIDA COMO "EL SABALO"-, LOCALIZADA EN EL MUNICIPIO DE MAZATLAN, EN EL ESTADO DE SINALOA, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Constitución.- "La Concesionaria" acreditó ante "La Secretaría" estar constituida conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles, según consta en la copia certificada de la Escritura Pública No. 7,710 de fecha 30 de diciembre de 1985, otorgada ante la fe del Notario Público No. 185 con ejercicio y residencia en el Distrito Judicial de la Ciudad de Mazatlán en el Estado de Sinaloa, el Lic. Jesús Arnoldo Millán Trujillo, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de Mazatlán, Sinaloa, el día 12 de marzo de 1986, bajo el número 115, Volumen LXXX, Libro 3 y encontrarse inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes con la clave MSA851230FI6, documento que se agrega como Anexo Uno.

  2. Representante Legal.- El C. Fernando Berdegue Sacristán, tiene capacidad y facultades para aceptar y suscribir en nombre de "La Concesionaria" el presente instrumento, como aparece en la copia certificada de la Escritura Pública No. 7,164 de fecha 28 de enero de 2002, otorgada ante la fe del Notario Público No. 141 de la Ciudad de Mazatlán, en el Estado de Sinaloa, Licenciado Jorge Luis Buenrostro Félix, documento que se agrega como Anexo Dos.

  3. Domicilio.- "La Concesionaria" señala como su domicilio, el ubicado en la calle de Misantla No. 21, colonia Roma Sur, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06760, México, D.F., y en el área concesionada.

  4. Terrenos colindantes.- Toda vez que "La Concesionaria" se encontraba en el supuesto jurídico del último párrafo del artículo 24 de la Ley de Puertos, acreditó en su momento ante esta Dependencia, la propiedad del predio denominado "Estero del Sábalo", mismo que colinda al Sur con el Hotel Camino Real; al Norte con terrenos propiedad de "Inmobiliaria Turística El Cid"; al Este con terrenos propiedad de "Desarrolladora e Inmobiliaria Náutica El Cid" y al Oeste con el Océano Pacífico, localizado en el Municipio de Mazatlán, en el Estado de Sinaloa, con una superficie de 55,326.609 m2 (cincuenta y cinco mil trescientos veintiséis metros, seiscientos nueve milímetros cuadrados), como obra en la copia certificada de la Escritura Pública No. 208 de fecha 26 de febrero de 1992, otorgada ante la fe del Licenciado Jesús Arnoldo Millán Trujillo, Notario Público No. 71 del Patrimonio Inmueble Federal de la Ciudad de Mazatlán, Sinaloa; en la que se hace constar la constitución del Contrato de Fideicomiso Traslativo de Dominio Irrevocable, sobre el inmueble urbano señalado anteriormente, celebrado entre el Delegado Fiduciario Especial del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca y Desarrollo y Director General del Fondo Nacional para los Desarrollos Portuarios, como Fideicomitente; la sociedad "Marina del Sábalo, S.A. de C.V." denominada en el presente instrumento como "La Concesionaria" bajo el carácter de Fideicomisaria y Bancomer, S.A. en su calidad de Fiduciario; lo anterior, a efecto de solicitar la adjudicación directa de un Título de Concesión, que comprende la zona federal marítimo terrestre, colindante al predio cuya titularidad se acreditó en propiedad, documento que se agrega como Anexo Tres.

  5. Concesión de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. El día 17 de mayo de 1990, "La Concesionaria" obtuvo de "La Secretaría" un Título de Concesión mediante adjudicación directa por colindancia, además de contar con los elementos humanos, materiales, técnicos y mecánicos necesarios para construir y operar una marina turística, cuyas medidas y colindancias se encuentran delimitadas en el plano de localización No. 01, denominado "Localización", para construir, operar y

    explotar una Marina Turística, denominada "El Sábalo", con capacidad para 97 embarcaciones y rampas, en una superficie marítima de 34,200 m2, localizada en el Municipio de Mazatlán, en el Estado de Sinaloa, con una vigencia de 20 años, documento que se agrega como Anexo Cuatro.

  6. Concesión de zona federal marítimo terrestre. El Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a través de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, otorgó a favor de "La Concesionaria", el Título de Concesión No. ISO MR DGZF-1180/05 de fecha 21 de noviembre de 2005, con una vigencia de quince años, para usar, ocupar y aprovechar una superficie de 1,298.72 m2 de zona federal marítimo terrestre, así como las obras existentes en la misma, consistentes en tres andadores a base de adoquín con dimensiones de 0.90 x 15.00 m, localizada en playa Marina del Sábalo, Municipio de Mazatlán, Estado de Sinaloa, documento que se agrega como Anexo Cinco.

  7. Manifestación de Impacto Ambiental.- El día 9 de octubre de 1992, mediante oficio No. A.O.O.DGNA.002785, emitido por la Dirección General de Normatividad Ambiental, adscrita al Instituto Nacional de Ecología de la Secretaría de Desarrollo Social, se otorgó a favor de "La Concesionaria" una manifestación en materia de impacto ambiental con referencia a los aspectos ambientales derivados de las obras y actividades de la Marina denominada "El Sábalo", con ubicación en el Municipio de Mazatlán, en el Estado de Sinaloa, colindando con el Estero "El Sábalo", así como en las inmediaciones de la zona marina adyacente a la boca del Estero, en un área que comprende una superficie total de 170.22 hectáreas, con una vigencia de 6 (seis) años, para llevar a cabo las actividades de preparación del sitio que incluye las actividades de dragado y de relleno, así como la construcción de la citada Marina, documento que se agrega como Anexo Seis.

  8. Solicitudes de Prórroga de la Concesión.- Mediante escritos de fechas 20 de agosto y 24 de octubre de 2008, 2 de marzo, 6 y 22 de abril, 2 y 22 de julio, 5 y 7 de agosto, 5 y 21 de octubre, 2 de noviembre y 18 de diciembre de 2009, "La Concesionaria", solicitó ante la Dirección General de Puertos de "La Secretaría", Prórroga de la vigencia del Título de Concesión para construir, operar y explotar una Marina Turística denominada actualmente "El Cid" antes "El Sábalo", con capacidad para 97 embarcaciones y rampas, en una superficie marítima de 34,200 m2, localizada en el Municipio de Mazatlán, Estado de Sinaloa, colindante con el inmueble a que se alude en el antecedente IV, denominado "Estero del Sábalo", propiedad de "La Concesionaria", con una inversión proyectada de $22´723,000.00 M.N. (veintidós millones setecientos veintitrés mil pesos 00/100 Moneda Nacional), como se acredita en los instrumentos financieros presentados por "La Concesionaria", a fin de justificar debidamente el otorgamiento de la Prórroga solicitada y que permita la consecución de los proyectos asumidos; lo anterior, como consta en los documentos que se agregan como Anexo Siete.

  9. Justificación del otorgamiento de la Prórroga.- La Dirección de Tarifas y Operación Portuaria de la Dirección General de Puertos, mediante oficio No. DFOP.- 014.10 de fecha 18 de enero de 2010, determinó que de acuerdo con las proyecciones estimadas al plazo de Concesión vigente, la recuperación y amortización de la inversión de $22´723,000.00 M.N. (veintidós millones setecientos veintitrés mil pesos 00/100 Moneda Nacional), requerirá del otorgamiento de una Prórroga de la vigencia de la Concesión por 20 años más, generando una importante derrama económica en la región y la consiguiente creación de fuentes de empleo de 70 directas y 74 indirectas, como lo dispone el artículo 73 fracción III de la Ley General de Bienes Nacionales, instrumento que se agrega como Anexo Ocho.

  10. Autorización del otorgamiento de la Prórroga.- Con base en el análisis de la documentación e información detallada en los Antecedentes VIII y IX del presente instrumento, como consta en los Anexos Siete y Ocho, esta Secretaría ha resuelto autorizar el otorgamiento de la prórroga solicitada por la Concesionaria, por un periodo adicional de 20 (veinte) años, contados a partir del día 17 de mayo de 2010.

  11. Aprovechamientos.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público instruyó al Director General de Programación, Organización y Presupuesto de "La Secretaría", mediante oficio No. 349-A-0719 de fecha 26 de agosto de 2009, emitido por la Unidad de Política de Ingresos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 12 de noviembre del mismo año, el esquema de aprovechamiento que enterarán los concesionarios de bienes y servicios portuarios distintos de las concesiones para las

    Administraciones Portuarias Integrales (API´s), en términos del artículo 37 de la Ley de Puertos, documento que se agrega como Anexo Nueve.

  12. Expediente administrativo.- En el expediente administrativo de la Dirección de Concesiones, Permisos y Autorizaciones de la Dirección General de Puertos de "La Secretaría", obran las constancias relativas a los instrumentos que se precisan en este capítulo de antecedentes, por lo que se refiere al procedimiento de otorgamiento de la Concesión original, así como de la presente Prórroga y Primera Modificación al título, para la operación de la Marina...

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