Acuerdo mediante el cual se otorga la patente de Agente Aduanal número 1561 al ciudadano Andrés Ruffo de Alba, para ejercer funciones con tal carácter ante la Aduana de Tecate como aduana de adscripción, y en las de Ensenada, La Paz y Tijuana como aduanas adicionales, en virtud del retiro voluntario del Agente Aduanal Luis Agustín Ruffo Velarde   

Fecha de disposición26 Octubre 2007
Fecha de publicación26 Octubre 2007
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

ACUERDO mediante el cual se otorga la patente de Agente Aduanal número 1561 al ciudadano Andrés Ruffo de Alba, para ejercer funciones con tal carácter ante la Aduana de Tecate como aduana de adscripción, y en las de Ensenada, La Paz y Tijuana como aduanas adicionales, en virtud del retiro voluntario del Agente Aduanal Luis Agustín Ruffo Velarde.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Aduanas.- Administración Central de Operación Aduanera.

ACUERDO 326-SAT-387

Visto el escrito recibido en esta Administración, mediante el cual el Agente Aduanal Luis Agustín Ruffo Velarde, titular de la patente número 948, con adscripción en la Aduana de Tecate, y autorización 3385 para actuar ante las aduanas de Ensenada, La Paz y Tijuana, solicitó el retiro voluntario de su patente, a efecto de que lo sustituya el C. Andrés Ruffo de Alba, y considerando que este último está autorizado como Agente Aduanal Sustituto, mediante Acuerdo 326-SAT-532, de fecha veintiséis de septiembre del año dos mil seis, por haber cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 159 de la Ley Aduanera, así como también que mediante Acuerdo emitido por esta Administración, se autorizó el retiro de manera definitiva e irrevocable del Agente Aduanal Luis Agustín Ruffo Velarde a su patente, el Administrador General de Aduanas, con fundamento en los artículos 144 fracciones XXI y XXXII, 163 fracción VII y 163-A de la Ley Aduanera, y 10 fracción V del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, ACUERDA: PRIMERO.- Otorgar la patente de Agente Aduanal número 1561 al C. Andrés Ruffo de Alba, para ejercer funciones con tal carácter ante la Aduana de Tecate como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario del Agente Aduanal Luis Agustín Ruffo Velarde, por lo cual, a partir de la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, será inactivada la patente 948, así como la autorización 3385 que habían sido asignadas al citado Agente Aduanal. SEGUNDO.- Se toma conocimiento de que el C. Andrés Ruffo de Alba, va a actuar en las aduanas de Ensenada, La Paz y Tijuana, como aduanas adicionales a la de su adscripción, mismas que tenía autorizadas el agente aduanal al que sustituye, asignándole el número 3930 el cual deberá usar en el llenado de cada uno de los pedimentos que formule en las...

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