Decreto No. 123 Se Reforma el último Párrafo del Artículo 17; y El Artículo Segundo Transitorio, de La Ley que Establece las Cuotas y Tarifas para El Pago de Derechos por Los Servicios Públicos de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Coquimatlán, Colima

DECRETO No. 123

SE REFORMA EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 17; Y EL ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO, DE LA LEY QUE ESTABLECE LAS CUOTAS Y TARIFAS PARA EL PAGO DE DERECHOS POR LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DEL MUNICIPIO DE COQUIMATLÁN, COLIMA.

LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente:

D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN II, Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, YCONSIDERANDOPRIMERO.-

Que mediante oficio No. 122/2012, de fecha 15 de noviembre de 2012, se remitió a esta Soberanía la propuesta de Ley que Establece las Cuotas y Tarifas del Organismo Operador, firmada por el L.A.E. Enrique Alejandro González Contreras, Director General de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Coquimatlán (CAPACO).

SEGUNDO.-

Que mediante oficio No. 0158/012, del 21 de noviembre de 2012, los Diputados Secretarios del Congreso del Estado, en Sesión Pública Ordinaria, turnaron a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, la Iniciativa de Ley que establece las Cuotas y Tarifas para el Pago de Derechos por los Servicios Públicos de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Coquimatlán, Colima, presentada por el LAE. Enrique Alejandro González Contreras, Director General de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Coquimatlán (CAPACO).

TERCERO.-

Que la iniciativa dentro de su exposición de motivos señala esencialmente que:

 "Se realizan cambios a lo artículo 17 de la Ley que establece las Cuotas y Tarifas para el Pago de Derechos por los Servicios Públicos de Agua Potable, adicionándose también, el artículo tercero TRANSITORIO de la misma Ley. La intención de la propuesta de Ley es recuperar la cartera vencida y poder brindar mejor servicio a la población, pues la Ley vigente no contempla ninguno de esos descuentos propuestos. Por lo tanto, los ciudadanos al querer realizar sus pagos en una sola exhibición, se ven impedidos de hacerlo, por tener recargos más altos que los propios del servicio de agua, lo que impide el pago de los ciudadanos en una sola exhibición, sin tener facultad el Director para realizar dichos descuentos de los recargos.

 Asimismo, estos descuentos extraordinarios se realizarían por única ocasión, ya que las tarifas que se aplican no son las adecuadas en todos los organismos del Estado, sugiriéndose darse el valor necesario al servicio del agua por ser básico para la población.

 De la misma manera, se propone que los descuentos...

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