Reglamento que Rige el Funcionamiento de Las Juntas y Comisarías Municipales de Comala, Col

DEL GOBIERNO MUNICIPALH. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COMALA, COL.

REGLAMENTOQUE RIGE EL FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS Y COMISARÍAS MUNICIPALES DE COMALA, COL.

El H. Ayuntamiento de Comala, Colima, en uso de las facultades que le confieren el Artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los Artículos 87 fracción II, XI y 88 último párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; y los Artículos 11, 60, 61, 116 y 118 fracción X de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima y demás disposiciones jurídicas vigentes en el ámbito del Municipio, el municipio esta investidos de personalidad jurídica y patrimonio propio, autonomía en su régimen intrínseco y poseen facultades para decretar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las Legislaturas de los Estados, los Bandos de Policía y Gobierno, los Reglamentos, las Circulares y disposiciones administrativas de observancia general, dentro de sus respectivas jurisdicciones. Ha tenido a bien expedir el siguiente Reglamento:

C O N S I D E R A N D O SDe conformidad con el artículo 104 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, se reconoce a Comala como uno de los municipios del Estado y por tanto ineludible a normar toda su reglamentación de acuerdo a lo que instituye el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La Ley del Municipio Libre del Estado de Colima establece las facultades reglamentarias de los municipios, al señalar en su artículo 45 fracción primera que "son facultades y obligaciones de los Ayuntamientos que se ejercerán por conducto de los cabildos respectivos las siguientes: l.- En materia de gobierno y régimen interior: a) Aprobar los reglamentos, bandos de policía y gobierno, circulares y disposiciones administrativas de observancia general, que sean de competencia municipal." El Gobierno Municipal de Comala de conformidad a lo dispuesto por el marco jurídico referido, considera necesario expedir un reglamento que regule la integración, competencia y funcionamiento de las comisarias y juntas municipales toda vez que la Ley del Municipio Libre referida, atenta del nuevo status jurídico-político del municipio, no observa un capítulo normativo de las Juntas y Comisarías Municipales, en cuanto a su funcionamiento se refiere, dejando determinadamente que sean los propios Ayuntamientos los que marquen en su reglamentación la manera de constituirlas, las facultades y funciones de las mismas; pues tras la reforma del año 2001, en cuanto a la integración de autoridades auxiliares municipales, deja de lado el funcionamiento de las Juntas y Comisarías Municipales.

Es de vital importancia destacar la función de las Juntas y Comisarías Municipales ya que estas lo son del ayuntamiento como de la comunidad, por lo que deben coadyuvar con los fines y programas que el Ayuntamiento lleva a cabo para alcanzar el desarrollo y bien común en el municipio; haciéndolo a través de normas claras que delimiten su campo de acción por conducto de los ayudantes municipales, los integrantes de la Junta Municipal, en cada una de sus comunidades.

Que los integrantes de las Juntas y Comisarías Municipales, entendidos estos, como agentes potenciales de desarrollo son los primeros receptores de las demandas sociales de sus comunidades, por lo que es necesario regular su acción e intervención de tal forma que haga posible su funcionamiento eficaz y de servicio a la comunidad; todo lo anterior como premisa fundamental de la actual administración, por lo que el Honorable Ayuntamiento de Comala, Colima tiene a bien emitir el siguiente:

REGLAMENTO QUE RIGE EL FUNCIONAMIENTO DE LAS JUNTAS Y COMISARÍAS MUNICIPALES DE COMALA, COL.

CAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1

El presente reglamento tiene por objeto normar y regular el funcionamiento de las Juntas y Comisarias Municipales, en su calidad de autoridades auxiliares, en cuanto a sus actuaciones y atribuciones en la comunidad, en la representación de ésta y su relación con el ayuntamiento.

Artículo 2

Los sujetos del presente reglamento son los miembros de la Junta y la Comisaría Municipal en funciones, su Presidente, sus Secretarios, Tesoreros y Comisarios.

Artículo 3

Para los efectos del presente reglamento, se entenderá por:

a) Ayuntamiento: El H. Ayuntamiento Municipal Constitucional de Comala, Colima.

b) Junta: La Junta Municipales una autoridad auxiliar que desarrolla actividades de promoción y gestión social en la circunscripción territorial, que le corresponda con población mayor de dos mil habitantes del municipio de Comala.

c) Comisaría: La Comisaria Municipales una autoridad auxiliar que se encarga de la administración de una comunidad rural y se integrarán por un comisario en las Comunidades con población de hasta dos mil habitantes.

d) Reglamento: Reglamento que rige el Funcionamiento de las Juntas y Comisarias Municipales de Comala e) Municipio: el Municipio de Comala, Colima f) Presidente: Presidente Municipal Constitucional de Comala, Colima.

g) Autoridades Auxiliares:

A las Juntas y Comisarias Municipales.

Artículo 4

El Presidente, el Secretario y el Tesorero de la Junta Municipal y el Comisario de la Comisaría Municipal, son Autoridades Auxiliares a la Administración Pública Municipal y actuarán como representantes del Ayuntamiento dentro de su ámbito jurisdiccional conforme a la Ley, el Bando Municipal y el presente Reglamento.

Artículo 5

La Junta estará conformada por:

  1. Un Presidente II. Un Secretario III. Un Tesorero IV. Un suplente por cada uno de ellos.

La Comisaría se integrará por un Comisario y su suplente.

Artículo 6

La remuneración por el desempeño del cargo de presidente, secretario, tesorero de la Junta Municipal y para los Comisarios, será mediante una compensación.

Artículo 7

El proceso de elección de los miembros de la Junta y la Comisaría se llevará conforme a lo que establece el Reglamento para la Elección de Juntas y Comisarías en el Municipio de Comala.

Artículo 8

En caso de presentarse una vacante en alguna Junta o Comisaria, por renuncia, muerte, incapacidad, abandono de funciones, Suspensión Definitiva o que los designados no se presenten a tomar posesión de sus cargos, ni el suplente cubra la faltante, el Presidente Municipal con aprobación del Cabildo designará libremente a quienes habrán de ocupar sus vacantes.

Articulo 9

Las Juntas y Comisarias municipales actuaran en sus respectivas jurisdicciones, con el carácter de representantes del Ayuntamiento y como coadyuvantes en las funciones del mismo, teniendo, por consiguiente las atribuciones que les sean asignadas en el presente Reglamento, necesarias para mantener el orden, la tranquilidad y la seguridad de los vecinos del lugar en el que actúen, así como la prestación y gestoría de los servicios públicos.

Articulo 10

En el territorio del Municipio de Comala, existen las siguientes Autoridades Auxiliares del Ayuntamiento de Comala:

  1. Comisarias Municipales.-

    La Caja, El Remate, El Remudadero, Los Colomos, Rancho de Agosto, Cofradía de Suchitlán, La Becerrera, La Nogalera, Nuevo San Antonio, Campo Cuatro, Lagunitas, Nueva Yerbabuena, Nogueras, Los Llanitos.

  2. Juntas Municipales.-

    Suchitlán y Zacualpan.

    CAPÍTULO IIDE LAS ATRIBUCIONES DE LAS JUNTAS MUNICIPALES

Artículo 11

Son facultades y obligaciones de las Juntas, las siguientes:

I.

Cumplir y hacer cumplir en su demarcación la Constitución Federal, la Constitución Local, las leyes federales y locales, así como los Bandos de Policía y Gobierno, los reglamentos municipales vigentes, las circulares, acuerdos, resoluciones y disposiciones administrativas de observancia general y obligatoria aprobados y expedidos por el Ayuntamiento.

II.

Coadyuvar en la vigilancia del orden y de las buenas costumbres de su Comunidad y procurar la seguridad de las personas y de sus bienes;

III.

Tener a su disposición los Agentes de Policía Municipal adscrita a su Comunidad, la cual estará subordinada al Director...

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