Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 6-42-89 hectáreas de riego de uso común, de terrenos del ejido Noria de Camarena, Municipio de Irapuato, Gto. (Reg.- 242

EmisorSecretaría de la Reforma Agraria

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 6-42-89 hectáreas de riego de uso común, de terrenos del ejido Noria de Camarena, Municipio de Irapuato, Gto. (Reg.- 242)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción VII, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número 0154 de fecha 7 de febrero del 2001, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 6-42-91.50 Has., de terrenos del ejido denominado NORIA DE CAMARENA , Municipio de Irapuato del Estado de Guanajuato, para destinarlos a formar parte del vaso y zona federal de la presa de control de avenidas El Conejo II, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción VII y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 6-42-89 Has., de riego de uso común.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que la superficie que se expropia se encuentra ocupada con la obra realizada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en virtud de la autorización otorgada mediante convenio de fecha 9 de agosto del 2002, suscrito por el Comisariado Ejidal del núcleo agrario NORIA DE CAMARENA , Municipio de Irapuato, Estado de Guanajuato, con representantes de la Comisión Nacional del Agua y de la Procuraduría Agraria.

RESULTANDO TERCERO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 12 de agosto de 1936, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 1936, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido NORIA DE CAMARENA , Municipio de Irapuato, Estado de Guanajuato, una superficie de...

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