Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 72-52-63 hectáreas de agostadero de uso común y de riego de uso individual, de terrenos del ejido Nápoles, Municipio de Silao, Gto
Emisor | Secretaría de la Reforma Agraria |
DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad p˙blica una superficie de 72-52-63 hect·reas de agostadero de uso com˙n y de riego de uso individual, de terrenos del ejido N·poles, Municipio de Silao, Gto.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la Rep˙blica.
††VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artÌculo 89, fracciÛn I de la ConstituciÛn PolÌtica de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artÌculos 27, p·rrafo segundo de la propia ConstituciÛn; 37, fracciÛn XXVII, y 41 de la Ley Org·nica de la AdministraciÛn P˙blica Federal; 93, fracciones I y VII, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relaciÛn con los artÌculos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y
††RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio sin n˙mero de fecha 1o. de febrero de 2006, el Gobierno del Estado de Guanajuato solicitÛ a la SecretarÌa de la Reforma Agraria la expropiaciÛn de 72-52-62.394 Has., de terrenos del ejido denominado N¡POLES, Municipio de Silao del Estado de Guanajuato, para destinarlos a formar parte de la construcciÛn y operaciÛn de la terminal intermodal de carga aÈrea y terrestre, asÌ como los servicios generales propios de Èsta, andenes, rampas, gr˙as, espuelas, estacionamientos y accesos de control; lugar al que accesar·n aeronaves de carga, carros de ferrocarril y autotransporte de carga terrestre para realizar maniobras de carga y descarga de bienes y mercancÌas. Asimismo, formar· parte de la construcciÛn del parque industrial nacional, en el que se instalar·n inversionistas nacionales y extranjeros, dedicados a la producciÛn de bienes y servicios, obra que complementar· el proyecto puerto interior de Guanajuato, conforme a lo establecido en los artÌculos 93, fracciones I y VII y 94 de la Ley Agraria, y se comprometiÛ a pagar la indemnizaciÛn correspondiente en tÈrminos de Ley, registr·ndose el expediente con el n˙mero 13214, notificando a los integrantes del Comisariado Ejidal del citado n˙cleo agrario, asÌ como a los ejidatarios y posesionarios afectados, la instauraciÛn del procedimiento expropiatorio mediante cÈdulas de notificaciÛn n˙meros 589, 594 y 696, las dos primeras de fecha 12 de junio de 2006 y la tercera del 5 de julio de 2006, recibidas el 12 de junio y 6 de julio de 2006, respectivamente. Asimismo, mediante cÈdulas n˙meros 697, 698 y 701 de fecha 5 de julio de 2006, se notificÛ a los titulares de las parcelas 220, 230, 322, 226, 229 y 232, quienes se negaron a firmar de recibido, levant·ndose en la misma fecha, las actas circunstanciadas correspondientes; sin que se haya manifestado inconformidad al respecto.
††Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos tÈcnicos e informativos se comprobÛ que existe una superficie real por expropiar de 72-52-63 Has., de las que 3-39-14 Has., son de agostadero de uso com˙n y 69-13-49 Has., de riego de uso individual, resultando afectados los ejidatarios y posesionarios siguientes:
† | NOMBRE | PARCELAS Nos. | SUPERFICIE HAS. |
1.- | EULOGIO ALMANZA | 220, 230 y 322 | 4-49-27 |
2.- | TEODORA ORTEGA | 221 y 351 | 3-01-05 |
3.- | CARLOS DOMÕNGUEZ RÕOS | 222 y 323 | 3-13-84 |
4.- | FRANCISCA ALONSO | 226 y 229 | 2-81-20 |
5.- | JULIO GUTI…RREZ ALMANZA †(POSESIONARIO) | 231 | 1-59-29 |
6.- | J. ENCARNACI”N RIVAS | 232 | 1-06-66 |
7.- | PORFIRIO S¡NCHEZ RÕOS | 233 | 1-59-00 |
8.- | PEDRO HERN¡NDEZ HERN¡NDEZ | 234 | 1-64-68 |
9.- | HERIBERTO |
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