Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 10-84-59.16 hectáreas de riego de uso común, de terrenos del ejido San Diego Chalma, Municipio de Tehuacán, Pue. (Reg.- 1242

EmisorSecretaría de la Reforma Agraria

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 10-84-59.16 hectáreas de riego de uso común, de terrenos del ejido San Diego Chalma, Municipio de Tehuacán, Pue. (Reg.- 1242)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción II, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número 1372 de fecha 14 de septiembre de 1998, el Ayuntamiento Municipal de Tehuacán solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 10-26-83.07 Has., de terrenos del ejido denominado SAN DIEGO CHALMA , Municipio de Tehuacán del Estado de Puebla, para destinarlos a constituirlos como reserva territorial y, en su oportunidad, satisfacer las necesidades de vivienda y desarrollo urbano, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción II y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 10-84-59.16 Has., de riego, consideradas de uso común en términos del considerando primero del presente Decreto.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 10 de enero de 1920, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de marzo de 1920 y ejecutada el 20 de marzo de 1921, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido SAN DIEGO CHALMA , Municipio de Tehuacán, Estado de Puebla, una superficie de 212-00-00 Has., para beneficiar a 44 capacitados en materia agraria; por Resolución Presidencial de fecha 30 de noviembre de 1938, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de julio de 1939 y ejecutada el 28 de diciembre de 1938, se concedió por concepto de ampliación de ejido al núcleo ejidal SAN DIEGO CHALMA...

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