Resolución mediante la cual se revoca la autorización otorgada a Unión de Crédito de Industriales de Nuevo León, S.A. de C.V., para operar como unión de crédito

Fecha de disposición24 Octubre 2005
Fecha de publicación24 Octubre 2005
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Resolución mediante la cual se revoca la autorización otorgada a Unión de Crédito de Industriales de Nuevo León, S.A. de C.V., para operar como unión de crédito.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Vicepresidencia de Supervisión de Instituciones Financieras 3.- Vicepresidencia Jurídica.- Oficio 210-212-2/252580/2005.- Exp. CNBV .212.421.12 (619) “11/2004”.

Asunto: Se revoca su autorización para operar como unión de crédito.

Unión de Crédito de Industriales de Nuevo León, S.A. de C.V. Amado Nervo No. 112 Col. Centro 64000, Monterrey, N.L.

Esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en los artículos 51-A, 56 y 78, tercer párrafo y fracción V de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito; 4 fracciones I y XXXVII, 12 fracciones XIV y XV, 16 fracciones I, VI y XVI y penúltimo párrafo y 19 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y 1, 3, 4, 9, 11 primer párrafo y fracciones I, inciso c) y II inciso f) y 12 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y conforme al Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la propia Comisión en su sesión celebrada el día 26 de mayo de 2005, con objeto de dar cumplimiento eficaz a dichos ordenamientos legales, dicta la presente resolución de revocación de la autorización que para operar como unión de crédito, le fue otorgada a la Unión de Crédito de Industriales de Nuevo León, S.A. de C.V., al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

  1. - Mediante Oficio número 601-II-63053 del 25 de noviembre de 1992, la entonces Comisión Nacional Bancaria, hoy Comisión Nacional Bancaria y de Valores, otorgó autorización para operar como unión de crédito a la sociedad que se denominaría Unión de Crédito de Industriales de Nuevo León, S.A. de C.V., en términos del artículo 39 fracción II de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

  2. - En ejercicio de las facultades que le confieren a esta Comisión los artículos 56 y 57 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y en cumplimiento al Oficio número 601-II-199911 de fecha 24 de noviembre de 2003, personal designado por este órgano desconcentrado acudió, el día 2 de diciembre de 2003, a las oficinas de esa Unión de Crédito de Industriales de Nuevo León, S.A. de C.V., ubicadas en la calle de Amado Nervo número 112, colonia Centro, código postal 64000, Monterrey, N.L. Lo anterior, a fin de notificar a esa Unión de Crédito de Industriales de Nuevo León, S.A. de C.V. el inicio de visita de investigación, ordenada en el citado Oficio número 601-II-199911.

  3. - Con motivo de lo anterior y en virtud de que sus oficinas se encontraron cerradas y no se encontró representante de esa Unión de Crédito de Industriales de Nuevo León, S.A. de C.V., siendo las 10 horas con 40 minutos, personal de esta Comisión procedió a dejar citatorio, mismo que se fijó en la puerta de dichas oficinas, a efecto de que dicho representante, o persona facultada para oír y recibir notificaciones esperara al personal de este organismo ese mismo día.

  4. - Siendo las 13:25 horas del día 2 de diciembre de 2003, se levantó Acta Circunstanciada en la que quedó asentado que “… el domicilio donde se ubican las oficinas de la Unión de Crédito de Industriales de Nuevo León, S.A. de C.V., están cerradas” y que “… se observa que no se encuentra personal alguno y se mantiene cerrado…” por lo que se procedió a investigar con los vecinos de la calle Amado Nervo 120, en el que quien dijo ser Rosa Elia Carrillo, confirmó que en el domicilio de la Unión de Crédito no se encontraba nadie, identificándose y firmando el acta para dejar constancia.

  5. - Mediante escrito de fecha 2 de enero de 2004, recibido en esta Comisión el 12 de febrero del mismo año, esa Unión de Crédito de Industriales de Nuevo León, S.A. de C.V., manifestó lo siguiente:

    En los últimos días de diciembre de 2003, tuvimos conocimiento del Acta Circunstanciada suscrita por su inspector Sr. C.P. Sergio Manuel Esquivel Martínez, derivada de la visita de investigación que le fue ordenada por esa Superioridad, con la colaboración del Lic. Gabriel Dondé Mayer, para verificar si la Unión de Crédito de Industriales de Nuevo León, S.A. de C.V., está operando.

    Como podrá observarse en la misma Acta Circunstanciada, el Inspector hace constar que inició la diligencia a las 13:25 horas del 2 de diciembre de 2003 y la concluyó a las 13:30 del mismo día.

    De la manera más atenta y con el respeto que se merece esa Autoridad, nos permitimos informar que esta Organización está operando normalmente de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 13:00 horas, razón por la cual su Inspector no pudo desarrollar la diligencia de referencia.

    ...

  6. - Esta Comisión, con Oficio número 601-II-34693 de fecha 21 de mayo de 2004, comunicó a esa Unión de Crédito de Industriales de Nuevo León, S.A. de C.V., que personal de esta Comisión acudió el 2 de diciembre de 2003, al domicilio citado en el numeral 2 del apartado de Antecedentes de esta resolución, último domicilio registrado en esta Comisión, respecto del cual esa Sociedad no ha dado aviso de cambio de ubicación de sus oficinas, de conformidad con el artículo 65 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, con el objeto de practicar una visita de investigación en cumplimiento al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR