Acuerdo por el que se determinan las Reglas de Operación e indicadores de resultados para la asignación del subsidio canalizado a través del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario para el ejercicio fiscal 2004

Fecha de disposición19 Julio 2004
Fecha de publicación19 Julio 2004
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se determinan las Reglas de Operación e indicadores de resultados para la asignación del subsidio canalizado a través del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario para el ejercicio fiscal 2004.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

FERNANDO DE JESUS CANALES CLARIOND, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 52, 53, 54 y 55 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004; 3, 4 y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, es objetivo del Gobierno Federal asegurar el desarrollo incluyente del país y acrecentar la igualdad de oportunidades, para lo cual ha decidido implementar las siguientes estrategias: apoyar a los microempresarios y a los trabajadores por su cuenta, para que logren insertarse en el sistema productivo nacional, mediante el crédito, la asesoría y la capacitación; ampliar las oportunidades para la creación de proyectos productivos que beneficien directamente a los grupos tradicionalmente excluidos del desarrollo económico, y establecer un sistema sólido de instituciones que potencie la capacidad productiva de la población emprendedora de bajos ingresos, fortalezca la cultura del ahorro y permita a esos grupos su incorporación a la vida productiva del país;

Que para llevar a cabo las estrategias mencionadas, el Gobierno de la República ha instrumentado diversos programas de apoyo a las iniciativas productivas de la población de escasos recursos, entre los cuales se encuentra el Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (PRONAFIM);

Que derivado de la ejecución del PRONAFIM durante el año 2003, se detectaron aspectos nuevos a incluir y modificaciones a las reglas de operación, que contribuirán a hacer más flexibles, eficientes, efectivos y oportunos los apoyos económicos otorgados en beneficio de la población marginada, y

Que con objeto de asegurar una aplicación eficiente, eficaz, equitativa y transparente de los recursos públicos, el artículo 55 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004 establece que los programas a que se refiere el anexo 15 del propio ordenamiento, se sujetarán a las reglas de operación, mismas que deberán ser emitidas por las dependencias de la Administración Pública Federal, previa autorización de las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, y que el anexo 15 del citado ordenamiento incluye al PRONAFIM entre los programas de la Secretaría de Economía que deben sujetarse a las reglas de operación, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINAN LAS REGLAS DE OPERACION E INDICADORES DE RESULTADOS PARA LA ASIGNACION DEL SUBSIDIO CANALIZADO A TRAVES DEL PROGRAMA NACIONAL DE FINANCIAMIENTO AL MICROEMPRESARIO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2004

  1. Presentación

    El PRONAFIM, por medio del FINAFIM, otorga créditos en condiciones preferenciales a Instituciones de Microfinanciamiento e Intermediarios que los destinan hacia la población de bajos recursos que cuentan con iniciativas de proyectos productivos o micronegocios en marcha, susceptibles de ser financiados, así como apoyos crediticios a las propias Instituciones de Microfinanciamiento para la adquisición de software, equipo, mobiliario y equipo de cómputo necesario para el mejoramiento de su operación. Asimismo, el PRONAFIM otorga apoyos no recuperables y parcialmente recuperables para el establecimiento de sucursales e incubación de microfinancieras y para capacitación, asistencia técnica, participación en foros, mesas de trabajo y eventos organizados por el PRONAFIM y/o por organizaciones del sector nacionales e internacionales, a las Instituciones de Microfinanciamiento e Intermediarios, así como para la capacitación de los microemprendedores que atienden. Existe plena conciencia que un control y seguimiento adecuado del PRONAFIM coadyuvará al logro de los objetivos para los que fue implantado y su permanencia en el futuro.

    Esta nueva estrategia de desarrollo productivo parte de reconocer las desventajas en que coloca la desigualdad y la exclusión a amplios sectores de la población, por lo que el PRONAFIM responde a las estrategias específicas que, en materia de desarrollo e inclusión social, quedaron establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, fomentando la creación y consolidación de Instituciones de Microfinanciamiento que apoyen aquellos sectores de la población sin acceso a los servicios financieros convencionales que cuenten con iniciativas productivas viables.

    Visión

    La visión del PRONAFIM es la de contribuir a la conformación de un sistema sólido y autosustentable de instituciones de microfinanciamiento que apoyen al mayor número posible de emprendedores que actualmente no tienen acceso a los servicios financieros, de capacitación y de asistencia técnica, generando nuevas oportunidades de desarrollo en zonas de pobreza.

    Misión

    La misión del PRONAFIM es la de impulsar y fomentar un sistema de Instituciones de Microfinanciamiento, que apoyen las iniciativas productivas de los individuos y grupos sociales con espíritu emprendedor y en situación de pobreza, mediante la distribución y ejecución del crédito con objeto de que los individuos y grupos generen mayores niveles de bienestar para sí mismos y sus familias.

  2. Antecedentes

    En febrero 19 de 2001 fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación del Programa de Banca Social y Microcréditos. En mayo 17 de 2001 fue celebrado el contrato constitutivo del FINAFIM donde participan la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en su carácter de Fideicomitente Unico de la Administración Pública Federal Centralizada, y como Fiduciaria Nacional Financiera, S.N.C. En mayo 18 de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se modifica la denominación del Programa de Banca Social y Microcréditos al de Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario y en junio 13 de 2001 se publicó en el mismo medio informativo el Decreto por el que se reformó el entonces Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, adicionando a dicho ordenamiento el artículo 16 Bis, en el que establecieron las atribuciones de la Coordinación; dichas atribuciones se establecen en el artículo 13 del hoy vigente Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publicado en Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2002. En marzo 14 de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se determinan las Reglas de Operación del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario para el ejercicio fiscal 2002.

    En julio 4 de 2003 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se determinan las Reglas de Operación e Indicadores de Resultados para la asignación del subsidio canalizado a través del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario para el Ejercicio Fiscal 2003.

    PRONAFIM logró en el año 2001 que se autorizaran 13 Instituciones de Microfinanciamiento, de las cuales 12 dispusieron de sus líneas de crédito y beneficiaron a 19,009 personas. En este periodo las acciones de capacitación y asistencia técnica sumaron un total de 28 acciones, por medio de las cuales se capacitaron a 536 personas. En el año 2002 se autorizó la incorporación de 36 nuevas microfinancieras de las cuales 6 no dispusieron de sus líneas de crédito. Al 31 de diciembre del año 2002 se logró beneficiar a 91,238 personas. En este mismo año se logró la ejecución de 23 acciones de asistencia técnica y la realización de 121 cursos de capacitación.

    En el año 2003 se autorizó la incorporación de 23 nuevas microfinancieras, 30 sucursales, 2 incubaciones y 24 ampliaciones de líneas. Al 31 de diciembre del año 2003 se logró beneficiar a 170,000 personas. En este mismo año se logró la ejecución de 20 acciones de asistencia técnica y la realización de 180 cursos de capacitación.

    Se llevaron a cabo el Segundo Encuentro Nacional de Microfinancieras y el Primer Taller Nacional de Consejo Administrativo.

  3. Objetivos

    3.1. Objetivos generales

    1. Contribuir al establecimiento y consolidación del Sector Microfinanciero para que las personas o grupos de personas de bajos ingresos, que tengan iniciativa productiva, puedan mejorar sus condiciones de vida, mediante el inicio y operación de pequeños proyectos productivos y de negocio a partir de los cuales mejoren sus condiciones de vida, y

    2. Crear oportunidades de autoempleo y de generación de ingresos entre la población de bajos ingresos del país que tengan iniciativas productivas.

    3.2. Objetivos específicos

  4. Promover la creación, consolidación y expansión de Instituciones de Microfinanciamiento e Intermediarios mediante el otorgamiento de apoyos financieros y/o crediticios en condiciones preferenciales y apoyos no recuperables, a fin de que estos organismos amplíen las oportunidades de acceso al crédito y al ahorro para los microempresarios en forma individual y grupos solidarios que no tienen acceso a los servicios tradicionales de la banca comercial;

  5. Promover el desarrollo, la eficiencia y la competitividad de las Instituciones de Microfinanciamiento e Intermediarios mediante servicios institucionales no financieros, como capacitación, asistencia técnica y promoción de vínculos con sectores complementarios;

  6. Promover el desarrollo de microempresas mediante apoyos financieros, de capacitación, asistencia técnica y promoción;

  7. Promover acciones de divulgación y promoción así como la organización de eventos y encuentros de carácter nacional y/o internacional a solicitud del Comité Técnico previa propuesta a éste de la Coordinación del PRONAFIM y/o de las Areas que lo integran;

  8. Promover acciones que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR