Respuestas a los comentarios recibidos al Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-008-SSA3-2010, Para el tratamiento integral del sobrepeso y obesidad, para quedar como Norma Oficial Mexicana NOM-008-SSA3-2016, Para el tratamiento integral del sobrepeso y la obesidad, publicado el 25 de enero de 2017.

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EmisorSecretaría de Salud

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. JOSÉ MELJEM MOCTEZUMA, Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 47, fracciones II y III, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 3o., fracciones I, II y XVI, 13, apartado A, fracciones I y II, 27, fracciones III y IX, 45, 47, 48, 111, fracción II, 112, fracción III, 114 y 115, fracciones I, II y VI, de la Ley General de Salud; 33, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., 5o., 8o., 9o., 10, fracción I, 19, 20 21, 26, 28, 38 y 94, del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica; 8, fracción V y 9, fracción IV Bis, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, he tenido a bien ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación, las respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-008-SSA3-2010, Para el tratamiento integral del sobrepeso y obesidad, para quedar como Norma Oficial Mexicana NOM-008-SSA3-2016, Para el tratamiento integral del sobrepeso y la obesidad, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 2017.

Como resultado del análisis que realizó el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, de los comentarios recibidos de los promoventes, se consideró dar respuesta a los mismos en los términos siguientes:

PROMOVENTE
RESPUESTA
1. Dr. Juan Francisco Arellano Ramos
Colegio Mexicano de Cirugía para la Obesidad y Enfermedades Metabólicas, A.C.
PREFACIO En la elaboración del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana participaron:
(...)
Colegio Mexicano de Cirugía para la Obesidad
y Enfermedades Metabólicas, A.C.
Justificación: La inclusión de Colegio Mexicano de Cirugía para la Obesidad y Enfermedades Metabólicas A.C. dará mayor validez al documento, ya que este tiene la representación académica y profesional de la Sociedad Médica en México que incluye al grupo de Cirujanos y equipos multidisciplinarios encargados del manejo quirúrgico de la obesidad en México.
No se acepta el comentario, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 28, fracción III, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y el punto 6.1.3, de la Norma Mexicana NMX-Z-013-SCFI-2015, Guía para la estructuración y redacción de Normas, en razón de que el Colegio Mexicano de Cirugía para la Obesidad y Enfermedades Metabólicas, A.C., no participó en la revisión del Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-008-SSA3-2010, Para el tratamiento integral del sobrepeso y obesidad para quedar como Norma Oficial Mexicana NOM-008-SSA3-2016, Para el tratamiento integral del sobrepeso y la obesidad.
Su participación se da con motivo del envío de comentarios durante el lapso de 60 días en consulta pública, posteriores a la publicación del Proyecto en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 47, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Por lo que no es posible incluirlo en el listado de instituciones participantes en la elaboración de dicha Norma.

2. Dr. Raymundo Rosas Munguía
Y se eliminaron (no sin gran sorpresa e incredulidad) las siguientes 16! (1) :
Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán, Secretaría de Salud y Servicios de Salud Pública del Estado de Baja California, Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, Servicios de Salud en Coahuila, Secretaría de Salud de los Servicios de Salud de Durango, Secretaría de Salud de Guanajuato, Secretaría de Salud del Instituto de Salud del Estado de México, Secretaría de Salud en el Estado de Oaxaca, Secretaría de Salud en Querétaro. Servicios de Salud de Veracruz, ASOCIACION MEXICANA DE CIRUGIA GENERAL, A.C., ASOCIACION MEXICANA DE CIRUGIA ENDOSCOPICA, A.C., ASOCIACION MEXICANA DE GASTROENTEROLOGIA, A.C., ASOCIACION MEXICANA DE MIEMBROS DE FACULTADES Y ESCUELAS DE NUTRICION, A.C., COLEGIO DE POSTGRADUADOS EN CIRUGIA GENERAL, A.C., y el HOSPITAL DE LA BENEFICENCIA ESPAÑOLA, I.A.P., ¡lo que se presta a suspicacias!
Por otro lado, no veo en este directorio a particulares considerados como líderes de opinión o referentes en el tema y/o a instituciones igualmente destacadas como la Academia Mexicana para el Estudio de la Obesidad (AMEO), A. C., así como desde la primer versión de esta norma(3), no han figurado la Facultad de Medicina de la UNAM ni el Instituto Politécnico Nacional (¿será que no existe en estas dos el conocimiento suficiente y adecuado sobre la materia, lo que no les permite aportar ideas y sugerencias al presente proyecto?), la Sociedad Mexicana de Nutrición y Endocrinología, A. C. y la Sociedad Mexicana de Cirugía de la Obesidad, A. C. (esta dos últimas participantes solo en la primera versión de 1998 de esta norma), el Colegio de Medicina Interna de México ni la Cámara Nacional de la Industria Farmacéutica (CANIFARMA) como si lo hicieron activamente en la elaboración de otras normas como las de Diabetes (4), Hipertensión Arterial (5) y Dislipidemias (6), ¡situación que deja mucho que desear, e igualmente se presta a suspicacias!
1. NORMA Oficial Mexicana NOM-008-SSA3-2010, Para el tratamiento integral del sobrepeso y la obesidad. DOF: 04/08/2010.
3. Norma oficial mexicana NOM-174-SSA1-1998, para el manejo integral de la obesidad (Publicada el 12 de abril de 2000 en el Diario Oficial de la Federación).
4. Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus.
5. Norma Oficial Mexicana NOM-030-SSA2-2009, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y control de la hipertensión arterial sistémica.
6. Norma Oficial Mexicana NOM-037-SSA2-2012, Para la prevención, tratamiento y control de las dislipidemias.
No se acepta el comentario, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 28, fracción III, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y el punto 6.1.3, de la Norma Mexicana NMX-Z-013-SCFI-2015, Guía para la estructuración y redacción de Normas, toda vez que para la revisión del Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-008-SSA3-2010, Para el tratamiento integral del sobrepeso y obesidad para quedar como Norma Oficial Mexicana NOM-008-SSA3-2016, Para el tratamiento integral del sobrepeso y la obesidad, se realizó la convocatoria de participación a 40 dependencias, instituciones de salud y de educación superior, colegios y asociaciones de los sectores público, social y privado; entre los convocados estaban incluidas diversas instituciones que afirma "se eliminaron".
Por lo que, el Prefacio de la Norma está integrado únicamente por las instituciones que asistieron a las siete sesiones de trabajo para la revisión del Proyecto de Norma Oficial Mexicana que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 2017.

3. Dr. Juan Francisco Arellano Ramos
Colegio Mexicano de Cirugía para la Obesidad y Enfermedades Metabólicas, A.C.
ÍNDICE
(...)
10. Medidas contraindicadas para la atención integral del sobrepeso y la obesidad
(...)
Justificación: El uso de la palabra restrictivas confunde el término a que refiere el numeral 10.
Debiendo corresponder este a las Medidas contraindicadas para la atención integral del sobrepeso y obesidad. Como se describe más adelante en la misma NOM.
Se acepta el comentario, se modifica la redacción del punto 10 del índice, para quedar como sigue:
10. Contraindicaciones en el tratamiento integral del sobrepeso y la obesidad.

4. Dr. Vicente Cárdenas Tovar
Academia Mexicana para el Estudio de la Obesidad, A.C.
1. Considerar los datos (muy actualizados) que aporta la ENSANUNT de Medio Camino 2016 que señala una prevalencia combinada de Sobrepeso y Obesidad en 2016 para la población adulta 72.5%
2. ATENDER LA DECLARACIÓN DE EMERGENCIA EPIDEMIOLOGICA, DE LA SECRETARÍA DE SALUD, PARA FORTALECER Y APUNTALAR LAS ACCIOES DE LA ESTRATEGÍA PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL SOBREPESO, LA OBESIDAD Y LA DIABETES. Sobre todo en el primer nivel de atención.
5. Dr. Raymundo Rosas Munguía
En los comentarios de la introducción se realizaron cambios en la redacción, acordes con el momento histórico actual y con base en los resultados de la encuesta ENSANUT 2012 que, aunque ya atrasada, es la información más actualizada con la que contamos (7).
En el este proyecto en lo general, varios conceptos y puntos fueron ampliados y/o reubicados, algunos de ellos de manera más conveniente pero que no es caso de la mayoría, lo que a momentos genera confusión y/o repetitividad.
Llama la atención que en el párrafo cuarto de la anterior norma se lee textual (1): "Por ello, esta Norma Oficial Mexicana, de conformidad con la legislación sanitaria aplicable y la libertad prescriptiva en la práctica médica, procura la atención del usuario de acuerdo con las circunstancias en que cada caso se presente" y, que ¡en el párrafo sexto del proyecto (2) se haya eliminado este concepto y no entiendo la razón!; ¿será que se pretende coartar esa libertad prescriptiva?
Hasta este momento la redacción me parece aceptable, a excepción de lo...

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