Respuesta a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-034-SSA2-2000, Para la prevención y control de defectos al nacimiento, publicado el 31 de octubre de 2001

Fecha de disposición18 Septiembre 2003
Fecha de publicación18 Septiembre 2003
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

RESPUESTA a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-034-SSA2-2000, Para la prevención y control de defectos al nacimiento, publicado el 31 de octubre de 2001.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

RESPUESTA A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS RESPECTO DEL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-034-SSA2-2000, PARA LA PREVENCION Y CONTROL DE DEFECTOS AL NACIMIENTO.

MARIA DE LOURDES QUINTANILLA RODRIGUEZ, Directora General de Salud Reproductiva, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3o. fracción XVI, 13 Apartado A) fracción I y 133 fracción I, 158, 159 y 160 de la Ley General de Salud; 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 13 fracciones XIII y XV, y 20 fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, ordena la publicación de la respuesta a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-034-SSA2-2000, Para la prevención y control de los defectos al nacimiento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 2001.

Como resultado del análisis que realizó el Subcomité de Salud Reproductiva de los comentarios recibidos por los diferentes promoventes se ha considerado dar respuesta a los mismos en los siguientes términos:

PROMOVENTE RESPUESTA
GRUPO DE ESTUDIOS DEL NACIMIENTO, A.C. Se propone eliminar las definiciones de los puntos 3.3 y 3.4 relativos a anencefalia con holoacranea y con merocranea, puesto que no se mencionan otra vez. Se acepta
Se propone que termine la definición de Anomalía ...del desarrollo corporal, orgánico, celular y/o molecular, para aclarar la definición, pues la presencia de la palabra molecular incluye ya a las variantes ultraestructurales y electroforéticas. Se acepta parcialmente, quedando como: 3.5 Anomalía, a cualquier desviación del desarrollo, que cambie el tipo normal de forma, estructura y/o función, y que es interpretado como anormal o patológica, incluye cambios mayores o menores del desarrollo corporal, orgánico, celular, y/o variaciones ultraestructurales y moleculares.
Se propone dejar la definición de Craneosinostosis como al cierre prematuro de una o varias suturas craneales, eliminando lo demás porque es como se detecta el defecto, no como definición. Se acepta.
Se propone eliminar la definición de defecto, puesto que en el siguiente inciso se define defecto al nacimiento y es innecesario repetir, por otra parte no es correcto que un defecto sea más grave que una anomalía. Se acepta.
Se propone modificar la definición de defecto al nacimiento como: Toda anormalidad del desarrollo anatómico-funcional, del crecimiento, maduración o metabólico, presente al momento de nacer, en forma notoria o latente, que interfiera con el proceso de adaptación a la vida extrauterina, causando la muerte del sujeto u ocasionando alteraciones incapacidades biológicas, psicológicas y/o sociales que condicionan su calidad de vida; por considerarla más clara. Se acepta parcialmente, quedando como: 3.14 Defecto al nacimiento, a cualquier anormalidad del desarrollo anatomofuncional, del crecimiento/maduración y metabólico, presente al nacimiento, notoria o latente, que interfiera la correcta adaptación del individuo al medio extrauterino en los aspectos biológicos, psíquicos y sociales, que sean capaces o no de ocasionar la muerte o la discapacidad para crecer y desarrollarse en las mejores condiciones, en alguna etapa del ciclo vital.
Se propone modificar la definición de defecto craneofacial, dejando hasta hiperplasias y aplasias, pues señalan que hay defectos craneofaciales que se derivan de arcos braquiales Se acepta.
Se propone el cambio en la redacción de la definición de espina bífida a: …u ocultos con la presencia de marcadores como pelo, hiperpigmentación o fosetas. La justificación deriva del hecho que está confusa y no hay otros marcadores que los que se mencionan. Se acepta parcialmente, quedando como: 3.23 Espina bífida, al defecto de la columna vertebral, en cualquier nivel, por falta de fusión de la apófisis espinosa; puede ser expuesto u oculto con o sin relación a estigmas cutáneos, como marcadores, pelo, hiperpigmentación o fosetas.
Se propone el cambio en la redacción de la definición de hipospadias a: …cambiar la palabra dorsal por ventral, así como suprimir…o incluso en el periné, hipospadias pseudovaginal; la justificación es que todas las hipospadias son en la parte ventral del pene. Se acepta.
Se propone eliminar en la definición holoprosencefalia: …manifestada por fusión de tálamos. Se acepta parcialmente, quedando como: 3.29 Holoprosencefalia, al defecto en la segmentación del prosencéfalo con ventrículo cerebral único, completo o parcial, que se asocia a deficiencias de línea media facial.
Se propone el cambio en la redacción de la definición de luxación congénita de cadera por el de displasia congénita de la cadera; La justificación deriva que a las anormalidades de las anormalidades de la articulación de la cadera que van desde la inestabilidad simple con laxitud capsular, hasta la luxación completa de la cabeza femoral. Se acepta parcialmente, quedando como: 3.31 Luxación congénita de cadera, displásica o no, a la deformidad de la articulación de la cadera en cuya variedad más típica el acetábulo se desplaza y luxa con facilidad, displásica o no.
Se propone el cambio de la definición de malformación a: al defecto estructural mayor o menor de un órgano o región del cuerpo resultado de un proceso de desarrollo intrínseco anormal, ya que consideran una definición más puntual. Se acepta.
Se propone el cambio en la definición de paladar hendido a: …al defecto palatino en línea media que comunica fosas nasales y cavidad oral. Puede ser aislado (protruido) o asociado a labio hendido (anterior). Se debe a la falta de fusión de los procesos palatinos, ya que embriológicamente es lo correcto. Se acepta parcialmente, quedando como: 3.39 Paladar hendido posterior, al defecto palatino en línea media que comunica fosas nasales y cavidad oral.
Se propone que el numeral 5.1 la atención del recién nacido se complemente …y 28 días, de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-1995, ya que les parece importante recordarlo en esta parte. No se acepta, porque en el capítulo de referencias ya se señalan las normas oficiales con las que se relaciona esta norma.
Se propone que en numeral 5.1.1.1 Reanimación neonatal se cambie a: Cuidados inmediatos del recién nacido y reanimación neonatal; La justificación consideran que es importante contar con los cuidados
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR