Respuesta a los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-247-SE-2021, Prácticas comerciales-Requisitos de la información comercial y la publicidad de bienes inmuebles destinados a casa habitación y elementos mínimos que deben contener los contratos relacionados, publicado el 11 de junio de 2021.

Fecha de publicación02 Marzo 2022
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
RESPUESTA a los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-247-SE-2021, Prácticas comerciales-Requisitos de la información comercial y la publicidad de bienes inmuebles destinados a casa habitación y elementos mínimos que deben
RESPUESTA a los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-247-SE-2021, Prácticas comerciales-Requisitos de la información comercial y la publicidad de bienes inmuebles destinados a casa habitación y elementos mínimos que deben contener los contratos relacionados, publicado el 11 de junio de 2021. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.
RESPUESTA A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS AL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-247-SE-2021, "PRÁCTICAS COMERCIALES-REQUISITOS DE LA INFORMACIÓN COMERCIAL Y LA PUBLICIDAD DE BIENES INMUEBLES DESTINADOS A CASA HABITACIÓN Y ELEMENTOS MÍNIMOS QUE DEBEN CONTENER LOS CONTRATOS RELACIONADOS, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 11 DE JUNIO DE 2021.
ALFONSO GUATI ROJO SANCHEZ, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE), con fundamento en el artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3 fracción XI, 39 fracciones V y XII, 40 fracciones III, VII y XII, 41, 47 fracciones III y IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33 de su Reglamento; Tercero y Cuarto Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Infraestructura de la Calidad y se abroga la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 36 fracciones I, II, IX y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publica la Respuesta a los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-247-SE-2021, "Prácticas comerciales-Requisitos de la información comercial y la publicidad de bienes inmuebles destinados a casa habitación y elementos mínimos que deben contener los contratos relacionados", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2021.
PROY-NOM-247-SE-2021
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN
JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA
RESPUESTA DEL CCONNSE
Sin correlativo
3.NN aprobación
acto por el cual la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía autoriza a las personas acreditadas para evaluar la conformidad respecto del presente Proyecto de NOM.
Se propone reubicar
Reubicar dado que esta definición corresponde a este capítulo y está ubicada en el numeral 12.3
De conformidad con el artículo 47, fracciones II y III y 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), y 33 del Reglamento de la LFMN, el CCONNSE y su Grupo de Trabajo instalado analizaron el comentario a este capítulo y decidieron no aceptarlo, ya que para el PEC se tiene una estructura definida.
Sin correlativo
3.NN dictamen de cumplimiento
es el documento emitido por la Unidad de Inspección mediante el cual se demuestra el cumplimiento con el presente Proyecto de NOM.
Se propone reubicar
Reubicar dado que esta definición corresponde a este capítulo y está ubicada en el numeral 12.3
Se recorre la numeración
De conformidad con el artículo 47, fracciones II y III y 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), y 33 del Reglamento de la LFMN, el CCONNSE y su Grupo de Trabajo instalado analizaron el comentario a este capítulo y decidieron no aceptarlo, ya que para el PEC se tiene una estructura definida
Sin correlativo
3.NN Inspección
es la constatación o comprobación visual mediante examen de documentos que se realiza para evaluar la conformidad con lo dispuesto en el presente Proyecto de NOM y el presente PEC.
Se propone reubicar
Reubicar dado que esta definición corresponde a este capítulo y está ubicada en el numeral 12.3
De conformidad con el artículo 47, fracciones II y III y 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), y 33 del Reglamento de la LFMN, el CCONNSE y su Grupo de Trabajo instalado analizaron el comentario a este capítulo y decidieron no aceptarlo, ya que para el PEC se tiene una estructura definida
Sin correlativo
3.NN Ley
la Legislación aplicable y vigente en materia de infraestructura de la calidad.
Se propone reubicar
Reubicar dado que esta definición corresponde a este capítulo y está ubicada en el numeral 12.3
De conformidad con el artículo 47, fracciones II y III y 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), y 33 del Reglamento de la LFMN, el CCONNSE y su Grupo de Trabajo instalado analizaron el comentario a este capítulo y decidieron no aceptarlo, ya que para el PEC se tiene una estructura definida
Sin correlativo
3.NN PEC
Procedimiento para la evaluación de la conformidad.
Se propone reubicar
Reubicar dado que esta definición corresponde a este capítulo y está ubicada en el numeral 12.3
De conformidad con el artículo 47, fracciones II y III y 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), y 33 del Reglamento de la LFMN, el CCONNSE y su Grupo de Trabajo instalado analizaron el comentario a este capítulo y decidieron no aceptarlo, ya que para el PEC se tiene una estructura definida
Sin correlativo
3.NN Secretaría
Secretaría de Economía
Se propone reubicar
Reubicar dado que esta definición corresponde a este capítulo y está ubicada en el numeral 12.3
De conformidad con el artículo 47, fracciones II y III y 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), y 33 del Reglamento de la LFMN, el CCONNSE y su Grupo de Trabajo instalado analizaron el comentario a este capítulo y decidieron no aceptarlo, ya que para el PEC se tiene una estructura definida
Sin correlativo
Se propone agregar:
3.NN titular
la persona física a quien corresponden los datos personales.
Se propone adicionar ya que se hace referencia a esta figura prevista en la LFPDPPP en el numeral 4.3 sin definirlo, esto para dar sentido a la mención que se realiza
De conformidad con el artículo 47, fracciones II y III y 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), el CCONNSE y su Grupo de Trabajo instalado analizaron el comentario a este capítulo y decidieron aceptarlo en los términos planteados.
3.47 titular
la persona física a quien corresponden los datos personales.
Sin correlativo
3.NN Unidad de Inspección (UI)
la persona moral acreditada y aprobada conforme a lo establecido en la Legislación de la Materia y su Reglamento, que tenga por objeto realizar funciones para emitir dictámenes de cumplimiento con lo previsto en el presente PEC.
Se propone reubicar
Reubicar dado que esta definición corresponde a este capítulo y está ubicada en el numeral 12.3
De conformidad con el artículo 47, fracciones II y III y 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), y 33 del Reglamento de la LFMN, el CCONNSE y su Grupo de Trabajo instalado analizaron el comentario a este capítulo y decidieron no aceptarlo, ya que para el PEC se tiene una estructura definida
3.4 aviso de privacidad
documento físico, electrónico o en cualquier otro formato generado por el responsable que es puesto a disposición del titular, previo al tratamiento de sus datos personales, de conformidad con los artículos 3 y 15 de la LFPDPPP..
Se propone agregar en redacción:
documento físico, electrónico o en cualquier otro formato generado por el responsable que es puesto a disposición del titular, previo al tratamiento de sus datos personales, de conformidad con los artículos 3 y 15 de la LFPDPPP y su regulación secundaria., el Reglamento de la LFPDPPP y los Lineamientos del Aviso de Privacidad.
Tanto el Reglamento de la LFPDPPP así como los Lineamientos del Aviso de Privacidad prevén reglas más específicas para la elaboración, elementos de forma y fondo del AP
De conformidad con el artículo 47, fracciones II y III y 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), el CCONNSE y su Grupo de Trabajo instalado analizaron el comentario a este capítulo y decidieron aceptarlo con modificación en la redacción para quedar de la siguiente manera:
3.4 aviso de privacidad
documento físico, electrónico o en cualquier otro formato generado por el responsable que es puesto a disposición del titular, previo al tratamiento de sus datos personales, de conformidad con los artículos 3 y 15 de la LFPDPPP, el RLFPDPPP y los Lineamientos del Aviso de Privacidad.
[Fuente: numeral 15.13 Bibliografía]
documento físico, electrónico o en cualquier otro formato generado por el responsable que es puesto a...

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