Respuesta a los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-027-ENER/SCFI-2016, Rendimiento térmico, ahorro de gas y requisitos de seguridad de los calentadores de agua solares y de los calentadores de agua solares con respaldo de un calentador de agua que utiliza como combustible gas L.P. o gas natural. Especificaciones, métodos de prueba y etiquetado. Publicado el 22 de agosto de 2016, que cancela y sustituye a la Respuesta a comentarios publicada el 16 de enero de 2018. (Continúa en la Tercera Sección).

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Energía

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.- Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía. RESPUESTA A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS AL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-027-ENER/SCFI-2016, RENDIMIENTO TÉRMICO, AHORRO DE GAS Y REQUISITOS DE SEGURIDAD DE LOS CALENTADORES DE AGUA SOLARES Y DE LOS CALENTADORES DE AGUA SOLARES CON RESPALDO DE UN CALENTADOR DE AGUA QUE UTILIZA COMO COMBUSTIBLE GAS L.P. O GAS NATURAL. ESPECIFICACIONES, MÉTODOS DE PRUEBA Y ETIQUETADO. PUBLICADO EL 22 DE AGOSTO DE 2016, QUE CANCELA Y SUSTITUYE A LA RESPUESTA A COMENTARIOS PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 16 DE ENERO DE 2018.

ODÓN DEMÓFILO DE BUEN RODRÍGUEZ, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) y Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía y ALBERTO ULISES ESTEBAN MARINA, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía, con fundamento en los artículos: 33 fracción X y 34, fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 17, 18 fracciones V y XIX y 36 fracción IX de la Ley de Transición Energética; 38 fracciones II y IV, 40 fracciones I, X, XII y XVIII, 47 fracciones II y III y 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 22 fracciones I, IV, IX, X, y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 2, apartado F, fracción II, 8 fracciones XIV, XV y XXX, 39 y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, y el artículo único del Acuerdo por el que se delegan en el Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, las facultades que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 21 de julio de 2014, se publican las respuestas a los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-027-ENER/SCFI-2016, Rendimiento térmico, ahorro de gas y requisitos de seguridad de los calentadores de agua solares y de los calentadores de agua solares con respaldo de un calentador de agua que utiliza como combustible gas L.P. o gas natural. Especificaciones, métodos de prueba y etiquetado, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 2016.

CONSIDERANDO

Que el 29 de junio de 2016, el Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE), en su Quincuagésima Sesión Ordinaria, aprobó el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-027-ENER/SCFI-2016;

Que el 29 de junio de 2016, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE), en su Segunda Sesión Extraordinaria, aprobó el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-027-ENER/SCFI-2016;

Que el 22 de agosto de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-027-ENER/SCFI-2016, con el propósito de someterlo a consulta pública, de conformidad con el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 párrafo primero de su Reglamento, para que los interesados presentaran sus comentarios al proyecto ante el CCNNPURRE o ante el CCONNSE;

Que el 16 de enero de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la respuesta a los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-027-ENER/SCFI-2016. Sin embargo, algunos comentarios no fueron transcritos en su totalidad por considerarse reiterativos; y

En atención al derecho que tienen los interesados para presentar comentarios al PROY-NOM-027-ENER/SCFI-2016, y que éstos sean difundidos en su totalidad, se publica nuevamente la respuesta a comentarios.

PROMOVENTE
RESPUESTA

Ing. Leonardo de la Hidalga Bresso
Representante Solar energías Alternativas SA de CV.
Enviado vía correo electrónico por Leonardo de la Hidalga B. (hidalgaleo@gmail.com) el 21/09/2016
Como participación de consulta pública del Proyecto de NOM-027-ENER/SCFI-2016 para calentadores solares indico que durante varios años trabaje en la industria automotriz en el desarrollo de productos y muestras iniciales de producción y durante los últimos 10 años en sistemas de calentamiento solar de agua, transferencia de calor e ingeniería y en eficiencia energética para el cuidado del medio ambiente y emito mis observaciones que considero deben estar contenidas en las evaluaciones de NOM para los calentadores solares con fines de tener un producto altamente eficiente y durable apropiados para la mayoría de la población con fines de un beneficio en su economía y el cuidado del medio ambiente de manera permanente.
"Articulo. 3, Fracción XI. Norma Oficial Mexicana: la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, conforme a las finalidades establecidas en el artículo 40, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación."
La revista del consumidor en su edición del 21 de enero de 2010 indica que "las NOM son las regulaciones técnicas que contienen la información, requisitos, especificaciones, procedimientos y metodología que permiten a las distintas dependencias gubernamentales establecer parámetros evaluables para evitar riesgos a la población, a los animales y al medio ambiente. Y entre otros, su objetivo es que los productos funcionen con materiales, procesos, sistemas y métodos que eviten al usuario ponerlo en riesgo"
"La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) expide las NOM del Sector Ambiental con el fin de establecer las características y especificaciones, criterios y procedimientos, que permitan proteger y promover el mejoramiento del medio ambiente y los ecosistemas, así como la preservación de los recursos naturales. "
Por lo tanto al elaborar una NOM se debe tomar con imparcialidad y responsabilidad y lo más completa posible considerando todas las características que componen lo que se está regulando y no hacer de un dictamen incompleto que ha fallado a usarlo de manera prácticamente igual y presentarlo como Norma Oficial Mexicana.
Con fundamento en los artículos 47 fracciones II y III y 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y el 33 de su Reglamento, se analizó el comentario y se consideró que no procede.
El comentario no propone ninguna mejora al proyecto de NOM.
El proyecto de norma "PROY-NOM-027-ENER/SCFI-2016, Rendimiento térmico, ahorro de gas y requisitos de seguridad de los calentadores de agua solares y de los calentadores de agua solares con respaldo de un calentador de agua que utiliza como combustible gas L.P. o gas natural. Especificaciones, métodos de prueba y etiquetado".
Se elaboró en apego estricto a la Ley Federal de Metrología y Normalización (LFMN)
Durante su desarrollo se tomaron en consideración las normas internacionales ISO, las nacionales de otros países. Se integró un grupo de trabajo (GT) con los sectores interesados y afectados en la elaboración de la norma; Fabricantes, importadores, académicos, institutos de investigación, cámaras y asociaciones, Laboratorios de Prueba (LP) y Organismos de Certificación (OC) interesados, etc.

Los 4 puntos más importantes a considerar para una regulación oficial son que el calentador solar va a trabajar a la intemperie y se tienen que evaluar todos sus componentes, que va a trabajar con las diferentes calidades de agua en todo el país (suaves y duras), que sea de mínimo mantenimiento y que mayormente va a trabajar con presión de tinaco.
ANTESEDENTES
GENERALIDADES
PRUEBAS CONFORME A PROYECTO
PROPUESTAS
PRUEBAS A MATERIALES DE COMPOSICIÓN DEL SISTEMA.
TIPO DE OPERACIÓN "CERRADO".
PRESION HIDOSTATICA DE OPERACIÓN MINIMA PARA USO CON TINACO.
CARACTERISTICAS DE CALENTADORES DE COLECTORES PLANOS.
CARACTERISTICAS DE CALENTADORES DE TUBOS DE VACIO.
RESISTENCIA AL IMPACTO SOLO INFORMATIVO.
CARACTERIZACION POR MATERIAL COBRE EN ABSORVEDOR.
EFICIENCIA Y PRODUCCION DE ENERGIA. PROMEDIO ANUAL.
ELIMINAR PRUEBA DE PRESION POSITIVA.
MANUAL DE INSTALACIÓN Y OPERACIÓN. ACCESORIOS EXTERNOS.
RESUMEN
A) ANTECEDENTES
El tema de calentamiento solar de agua en México toma gran importancia a principios de la década pasada donde se dan los primeros pasos importantes para el desarrollo del tema. Se inician acciones como elaboración de Normas y programas para intensificar su uso y aplicación como son primeramente la NMX-001 del 2005 que comienza a regular los colectores solares para seguidamente en el 2007 lanzar un programa denominado PROCALSOL simultáneamente al programa "Hipotecas Verdes" del Infonavit para lo cual en el 2011 se elabora un Dictamen Técnico de Energía Solar Térmica en Vivienda DTESTV que pretende regular las características mínimas que deben cumplir los calentadores solares para su uso en este programa de vivienda, dictamen que se asemeja a la NMX-004 emitida en el año 2010, pero los resultados que se están teniendo al utilizar calentadores solares con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR