Limitación de la Responsabilidad Civil

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas682-686

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ARTÍCULO 304

Objeto del proceso de limitación de responsabilidad civil

El proceso de limitación de responsabilidad tiene por objeto que se declare la existencia del derecho a ella y que se determine la suma total que, en caso de ser condenado, deba pagar el propietario,

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naviero o sujeto legitimado, de conformidad con los tratados internacionales que en este Capítulo se señalan, a un conjunto de acreedores, así comoqueseestablezcalamaneraenquedichasumadebeserdistribuida entre éstos.

ARTÍCULO 305

Disposiciones aplicables a las acciones para la limitación de responsabilidad civil

Cualquier acción para intentar la limitación de responsabilidad quedará sujeta al Convenio sobre Limitación de la Responsabilidad Civil Nacida de Reclamaciones en Derecho Marítimo y en su caso, por el Convenio Internacional sobre Responsabilidad por Daños Causados por la Contaminación de las Aguas del Mar por Hidrocarburos o en los tratados internacionales de la materia.

ARTÍCULO 306

Competencia del juez de distrito para conocer la acción de limitación de responsabilidad

Conocerá de la acción de limitación de responsabilidad el juez de distrito competente en el puerto en que se produjo el acontecimiento o, si se produjo fuera de puerto, en el primer puerto en que después del evento haga escala. En caso de que la embarcación no arribe al puerto de destino por virtud de los acontecimientos que dieron lugar a la limitación de responsabilidad, conocerá el juez de distrito con jurisdicción en el puerto de origen del último viaje o del puerto de destino a elección del actor.

ARTÍCULO 307

Plazo para presentar la solicitud de declaración de limitación de responsabilidad

La solicitud de declaración de limitación de responsabilidad deberáserpresentadadentrodelañosiguientecontadoapartirdeque el propietario, naviero o sujeto legitimado tengan conocimiento de la primera reclamación instaurada en su contra con motivo de alguna reclamación sujeta a limitación. Asimismo,elpropietario,navieroosujeto legitimado podrá solicitar la declaración de limitación dentro del año siguiente al acontecimiento que dio origen a la misma.

ARTÍCULO 308

Contenido de la solicitud de declaración de limitación de responsabilidad

La solicitud de declaración de limitación de responsabilidad deberá contener:

a) Nombre, denominación o razón social del actor, así como el nombredelaembarcaciónrespectiva;

b) Una narración sucinta de las circunstancias descriptivas del viaje durante el cual se hubieran producido los hechos o causas generadoras de la probable responsabilidad de que se trate, con mención de la fecha y lugar de terminación de aquél;

c) El monto a que se pretende limitar la responsabilidad del actor y la...

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