Respeta derecho del tanto al vender una propiedad

AutorBárbara Cardona

Si tienes en renta una propiedad pero la quieres vender, es posible que la primera oferta ya tenga nombre.

El derecho del tanto permite que los arrendatarios, es decir, los inquilinos, sean la primera opción a la hora de poner en venta el inmueble que ocupan.

Para que el inquilino tenga esa prerrogativa es necesario que cumpla con ciertos requisitos.

"Que tenga más de 5 años de arrendamiento, que esté al corriente en el pago de sus rentas y/o que haya hecho mejoras importantes en el inmueble", señala el abogado Jorge Chávez.

Este derecho tiene un periodo de 15 días, después de ese tiempo el inquilino lo pierde.

Si el propietario no cumple con este requisito y lo vende sin "darle mano" al arrendatario, la transacción se puede invalidar.

Es necesario realizar una notificación para que quede establecido que el arrendatario ya sabe sobre la venta y que ya se le hizo la oferta.

"Se notifica a la persona vía notario o vía judicial para que quede prueba", comenta Chávez.

El costo por realizar este tipo de notificación depende de cada Notaría Pública, pero oscila entre los 3 mil...

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