Resolverán jueces capturas y bloqueos

AutorAbel Barajas

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) aclaró a los jueces y magistrados que deben resolver las solicitudes de órdenes de aprehensión o demandas contra el congelamiento de cuentas bancarias, estén o no catalogados como "urgentes" durante la contingencia sanitaria.

Ante las dudas que manifestaron varios impartidores de justicia sobre los casos que debían atender en el periodo de contingencia, Ileana Moreno Ramírez, secretaria ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos del CJF, emitió la circular SECNO/5/2020 para hacer las aclaraciones.

Algunas de ellas precisan que durante la contingencia los juzgadores no sólo deben atender los asuntos que están señalados como urgentes en el acuerdo AG 4/2020, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 20 de marzo.

Ese primer acuerdo contemplaba como urgentes los amparos contra la privación de la libertad, incomunicación, deportación, extradición, tortura, desaparición forzada, la falta de atención médica, la declaración de inexistencia de huelga y demás actos prohibidos por el artículo 22 constitucional.

Ahora el CJF señala que no sólo deben atenderse...

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