Resolutivos de la Sentencia pronunciada en el juicio agrario número 569/93, relativo a la dotación de tierras, promovido por un grupo de campesinos del poblado El Avalito, Municipio de Tomatlán, Jal

EmisorTribunal Superior Agrario

RESOLUTIVOS de la Sentencia pronunciada en el juicio agrario número 569/93, relativo a la dotación de tierras, promovido por un grupo de campesinos del poblado El Avalito, Municipio de Tomatlán, Jal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos.

Visto para resolver el juicio agrario número 569/93, que corresponde al expediente administrativo 3974, relativo a la solicitud de dotación de tierras, promovida por un grupo de campesinos del poblado denominado "El Avalito", ubicado en el Municipio de Tomatlán, Estado de Jalisco, y para dar cumplimiento a la ejecutoria número D.A. 4314/95, dictada por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, el veinticuatro de abril de mil novecientos noventa y seis, y

RESUELVE:

PRIMERO.- Resulta inafectable para la presente acción agraria, la superficie de 137-41-64.24 (ciento treinta y siete hectáreas, cuarenta y una áreas, sesenta y cuatro centiáreas, veinticuatro miliáreas), del predio "Tepalcates", al haber acreditado María del Refugio Peña Rodríguez y Gustavo Guevara Calvo, su posesión en términos del artículo 252 de la Ley Federal de Reforma Agraria.

Resulta procedente la afectación de una superficie de 89-00-00 (ochenta y nueve hectáreas) de agostadero cerril, propiedad para efectos agrarios de Fermín Peña, a favor del núcleo de población denominado "El Avalito", Municipio de Tomatlán, Estado de Jalisco; mismas que se localizan en colindancia a la fracción del predio "Tepalcates", ubicado en el mismo municipio y estado, propiedad de Gustavo Peña Rodríguez; afectables en términos del artículo 251, interpretado a contrario sensu de la Ley Federal de Reforma Agraria; para satisfacer las necesidades agrarias de los cincuenta y cuatro campesinos capacitados del núcleo gestor.

SEGUNDO.- Por lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR