De las Resoluciones

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas463-463

Page 463

ARTÍCULO 22.

Aprobación de resoluciones y dictámenes de la Comisión

Todas las resoluciones y dictámenes de la Comisión de Inconformidades y de Valuación serán aprobados cuando menos por mayoría de votos. El miembro de la Comisión que vote en contra del parecer mayorita-rio, podrá formular voto particular, en el momento de la resolución o por escrito dentro de los cinco días siguientes a lafecha en que ésta se pronunció.

ARTÍCULO 23.

Notificación de resoluciones

Se notificarán personalmente o por correo certificado con acuse de recibo a los interesados, las resoluciones y dictámenes a que se refiere el artículo anterior y por oficio a la dependencia del Instituto que corresponda.

Las notificaciones surtirán sus efectos el día siguiente al de lafecha en que se hubieren recibido o practicado.

ARTÍCULO 24.

Facultad para interponer el recurso de inconformidad o controversia en resoluciones

Las resoluciones del Instituto que versen sobre inscripciones en el mismo, derecho a créditos, cuantía de...

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