Resolución por la que se validan los Lineamientos que deberán cumplir los contribuyentes para obtener las constancias de reducción con las que se acreditarán los supuestos necesarios para el otorgamiento de los beneficios fiscales previstos en los artículos 278, 279, fracciones II, IV, VI, VII, VIII Y IX, 289 y 290 del Código Fiscal de la Ciudad de México

SECRETARÍA DE FINANZAS

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE VALIDAN LOS LINEAMIENTOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS CONTRIBUYENTES PARA OBTENER LAS CONSTANCIAS DE REDUCCIÓN CON LAS QUE SE ACREDITARÁN LOS SUPUESTOS NECESARIOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LOS BENEFICIOS FISCALES PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 278, 279, FRACCIONES II, IV, VI, VII, VIII Y IX, 289 Y 290 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

SALVADOR JUÁREZ GALICIA, Procurador Fiscal de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 31, fracción IV y 122, apartado A, base V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, numerales 4 y 5, 3°, numerales 1 y 2, 7°, apartado A, numeral 1, 17, apartado B, numerales 1, 2, 4 y 7, 21, apartados A, numerales 1, 3, 4, 5 y 8, y B, numerales 1, 4 y 5, 23, numeral 2, incisos a), b) y f), 28 y 33, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2°, 11, fracción I, 13, párrafo primero, 16, fracción II, 18, párrafos primero y segundo, y 27, fracciones III, VIII, XIX, XX y XLIX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 4°, 6°, 7°, fracción IV, 8°, 9°, fracciones I y III, 103, fracción VIII, 278, 279, fracciones II, IV, VI, VII, VIII y IX, 289, 290 y 297, párrafos octavo y décimo del Código Fiscal de la Ciudad de México; así como 2°, 7°, fracción II, inciso C), 22, fracción XIII y 29, fracción XXXIX del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, y

C O N S I D E R A N D O

Que el Capítulo XI, del Título Tercero del Libro Primero del Código Fiscal de la Ciudad de México establece reducciones a favor de los contribuyentes que por su participación en la realización de acciones que benefician a la población de la Ciudad, o por su especial situación económica, jurídica o social, requieren beneficios fiscales.

Que los artículos 278, 279, fracciones II, IV, VI, VII, VIII y IX, 289 y 290 del aludido Código disponen que las empresas que acrediten encontrarse en los supuestos en ellos establecidos, tendrán derecho a diversas reducciones respecto del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles, Impuesto Predial, Impuesto sobre Nóminas, Derechos por el registro, análisis y estudio de manifestación de construcción tipos "A", "B" y "C", por la expedición de licencias de subdivisión, relotificación o fusión de predios, por los servicios relacionados con la expedición de certificados, licencias, estudios y dictamen de estudio de impacto urbano, así como los Derechos establecidos en el Capítulo IX, de la Sección Quinta del Título Tercero del Libro Primero del mismo Código, con excepción de los Derechos del Archivo General de Notarías.

Que las unidades administrativas que intervengan en la emisión de constancias y certificados para efecto de las reducciones a que se refiere el citado Código Fiscal, deberán elaborar los Lineamientos que los contribuyentes tienen que cumplir para obtener dichas constancias o certificados, de conformidad con lo previsto en el artículo 297 del multicitado Código.

Que el 23 de marzo de 2010 se publicó en la Gaceta Oficial del entonces Distrito Federal, la RESOLUCIÓN POR LA QUE SE VALIDAN LOS LINEAMIENTOS PRESENTADOS POR LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO DEL DISTRITO FEDERAL, presentados por la Secretaría de Desarrollo Económico del entonces Distrito Federal.

Que la Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad de México presentó para su validación los Lineamientos que deberán cumplir los contribuyentes para obtener las constancias de reducción con las que se acreditarán los supuestos necesarios para el otorgamiento de los beneficios fiscales previstos en los artículos 278, 279, fracciones II, IV, VI, VII, VIII y IX, 289 y 290 del Código Fiscal de la Ciudad de México, a través del oficio número SEDECO/OSE/352/2022.

Que en virtud de que los referidos Lineamientos tienen como finalidad normar la emisión de las constancias de reducción a que se refieren los artículos 278, 279, fracciones II, IV, VI, VII, VIII y IX, 289 y 290 del referido Código, y que de conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 297 del citado Código, los mismos deberán ser validados por la Procuraduría Fiscal de la Ciudad de México, he tenido a bien emitir la siguiente:

14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de septiembre de 2023

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE VALIDAN LOS LINEAMIENTOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS CONTRIBUYENTES PARA OBTENER LAS CONSTANCIAS DE REDUCCIÓN CON LAS QUE SE ACREDITARÁN LOS SUPUESTOS NECESARIOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LOS BENEFICIOS FISCALES PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 278, 279, FRACCIONES II, IV, VI, VII, VIII Y IX, 289 Y 290 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

PRIMERO.- La presente Resolución tiene por objeto validar los Lineamientos que deberán cumplir los contribuyentes para obtener las constancias de reducción con las que se acreditarán los supuestos necesarios para el otorgamiento de los beneficios fiscales previstos en los artículos 278, 279, fracciones II, IV, VI, VII, VIII y IX, 289 y 290 del Código Fiscal de la Ciudad de México.

SEGUNDO.2013 Los Lineamientos referidos en el numeral PRIMERO, quedan validados en términos del Apartado "A" del presente instrumento.

TERCERO.- Los Lineamientos a que se refiere el numeral PRIMERO, podrán ser modificados cuando a juicio de la Procuraduría Fiscal de la Ciudad de México se considere necesario.

CUARTO.- La interpretación del presente instrumento para efectos fiscales corresponderá a la Procuraduría Fiscal de la Ciudad de México.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para su debida observancia y aplicación.

SEGUNDO.- La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación.

TERCERO.- Se deja sin efectos la RESOLUCIÓN POR LA QUE SE VALIDAN LOS LINEAMIENTOS PRESENTADOS POR LA

SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO DEL DISTRITO FEDERAL, publicada el 23 de marzo de 2010 en la Gaceta Oficial del entonces Distrito Federal.

Ciudad de México, a 06 de septiembre de 2023.

EL PROCURADOR FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

(Firma)

SALVADOR JUÁREZ GALICIA

APARTADO "A"

LINEAMIENTOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS CONTRIBUYENTES PARA OBTENER LAS CONSTANCIAS DE REDUCCIÓN CON LAS QUE SE ACREDITARÁN LOS SUPUESTOS NECESARIOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LOS BENEFICIOS FISCALES PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 278, 279, FRACCIONES II, IV, VI, VII, VIII Y IX, 289 Y 290 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Í N D I C E

I. OBJETIVO

II. MARCO JURÍDICO

III. LINEAMIENTOS GENERALES

IV. REQUISITOS GENERALES

V. LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS

A) APLICABLES AL ARTÍCULO 278 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ANEXO 1 REQUISITOS ESPECÍFICOS
ANEXO 2 FORMATO DE SOLICITUD DE CONSTANCIA DE REDUCCIÓN FISCAL (TSEDECO-SDES_RF1)

B) APLICABLES AL ARTÍCULO 279, FRACCIÓN II DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ANEXO 1 REQUISITOS ESPECÍFICOS
ANEXO 2 FORMATO DE SOLICITUD DE CONSTANCIA DE REDUCCIÓN FISCAL (TSEDECO-SDES_RF2)

C) APLICABLES AL ARTÍCULO 279, FRACCIÓN IV DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ANEXO 1 REQUISITOS ESPECÍFICOS
ANEXO 2 FORMATO DE SOLICITUD DE CONSTANCIA DE REDUCCIÓN FISCAL (TSEDECO-SDES_RF3)

D) APLICABLES AL ARTÍCULO 279, FRACCIÓN VI DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ANEXO 1 REQUISITOS ESPECÍFICOS
ANEXO 2 FORMATO DE SOLICITUD DE CONSTANCIA DE REDUCCIÓN FISCAL (TSEDECO-SDES_RF4)

E) APLICABLES AL ARTÍCULO 279, FRACCIÓN VII DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ANEXO 1 REQUISITOS ESPECÍFICOS
ANEXO 2 FORMATO DE SOLICITUD DE CONSTANCIA DE REDUCCIÓN FISCAL (TSEDECO-SDES_RF5)

F) APLICABLES AL ARTÍCULO 279, FRACCIÓN VIII DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ANEXO 1 REQUISITOS ESPECÍFICOS
ANEXO 2 FORMATO DE SOLICITUD DE CONSTANCIA DE REDUCCIÓN FISCAL (TSEDECO-SDES_RF6)

G) APLICABLES AL ARTÍCULO 279, FRACCIÓN IX DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ANEXO 1 REQUISITOS ESPECÍFICOS
ANEXO 2 FORMATO DE SOLICITUD DE CONSTANCIA DE REDUCCIÓN FISCAL (TSEDECO-SDES_RF7)

H) APLICABLES AL ARTÍCULO 289 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ANEXO 1 REQUISITOS ESPECÍFICOS
ANEXO 2 FORMATO DE SOLICITUD DE CONSTANCIA DE REDUCCIÓN FISCAL (TSEDECO-SDES_RF8)

I) APLICABLES AL ARTÍCULO 290 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ANEXO 1 REQUISITOS ESPECÍFICOS
ANEXO 2 FORMATO DE SOLICITUD DE CONSTANCIA DE REDUCCIÓN FISCAL (TSEDECO-SDES_RF9)

16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de septiembre de 2023

I. OBJETIVO

Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer los requisitos e indicar el procedimiento al que deberán sujetarse los contribuyentes que deseen aplicar en su favor los beneficios fiscales previstos en los artículos 278, 279, fracciones II, IV, VI, VII, VIII y IX, 289 y 290 del Código Fiscal de la Ciudad de México, para obtener las constancias con las que se acrediten los supuestos...

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