Resolución con número de expediente RRD 75 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 01-03-2023

Sentido del falloSOBRESEE
Año2023
Fecha01 Marzo 2023
Número de expedienteRRD 75
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Josefina Román Vergara
RRD 75/23
Universidad Nacional Autónoma de
México
Información relacionada con el examen de admisión a la Universidad Nacional Autónoma de México.
Determi sobreseer al modificar su respuesta inicial de
forma tal que colmó la pretensión de la persona recurrente,
dejando sin materia el recurso de revisión que nos ocupa,
al hacer poner a disposición en la oficina elegida los
documentos requeridos y que dan cuenta de lo solicitado.
Una persona solicitó la hoja de respuestas elaborada por
la titular de los datos personales, así como el cuadernillo
de preguntas que concuerde con el examen realizado por
la menor en el proceso de selección denominado
COMIPEMS.
En respuesta el sujeto obligado se declaró incompetente
para conocer de la materia de la solicitud, orientando a
dirigir su requerimiento ante la Secretaría de Educación
Pública.
La persona solicitante se inconformó por la
incompetencia aludida por el sujeto obligado.
Expediente: RRD 75/23
Responsable: Universidad Nacional Autónoma
de México
Folio de la solicitud: 330031923000004
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
Página 1 de 38
VISTO el estado procesal del expediente del recurso de revisión citado al rubro,
interpuesto ante este Instituto, se procede a dictar la presente resolución con base en los
siguientes:
RESULTANDOS
1. Solicitud de datos personales. El nueve de enero de dos mil veintitrés, a través de
la Plataforma Nacional de Transparencia, una persona presentó la solicitud de acceso a
datos personales, ante la Universidad Nacional Autónoma de México, requiriendo lo
siguiente:
Modalidad preferente de entrega: Copia certificada
Descripción de la solicitud de información: Como tutor y representante legal de […], quien
tiene la CURP […], vengo a solicitar se expida copia de la hoja de respuesta elaborada por
mi hija y así como el cuadernillo de preguntas que concuerde con el examen realizado por mi
menor hija en el proceso de selección denominado COMIPENS y elaborado por la Comisión
Metropolitana de Instituciones Públicas de Educación Media Superior. Para la elaboración de
dicho examen y para una pronta localización, informo que le fue asignado el número de folio
[…].
[…]
[…]
[…]” (sic)
Otros datos para facilitar su localización: Para la elaboración de dicho examen y para una
pronta localización, informo que le fue asignado el número de folio […].” (sic)
La persona recurrente adjuntó a su solicitud de datos personales, los siguientes
documentos:
A. Credencial para votar, expedida por el Instituto Nacional Electoral, a favor de la
persona solicitante de datos personales.
B. Acta de nacimiento, expedida por el Gobierno de la Ciudad de México, a favor de
la persona titular de los datos personales.
Expediente: RRD 75/23
Responsable: Universidad Nacional Autónoma
de México
Folio de la solicitud: 330031923000004
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
Página 2 de 38
C. Clave Única de Registro de Población, expedida por la Secretaría de
Gobernación, a favor de la persona titular de los datos personales.
2. Respuesta a la solicitud de datos personales. El once de enero de dos mil veintitrés,
el responsable a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, le notificó a la parte
recurrente la disponibilidad de la información, en los siguientes términos:
Respuesta: Consultar archivo pdf adjunto (sic)
Archivo adjunto de la respuesta: 330031923000004_Incompetencia (sic)
El archivo adjunto contiene un oficio sin número, del diez de enero de dos mil veintitrés,
emitido por el Titular de la Unidad de Transparencia de la Universidad Nacional
Autónoma de México, y dirigido a la persona recurrente, que señala lo siguiente:
“…
En atención a su solicitud de acceso a la información con número de folio 330031923000004,
y de conformidad con lo previsto por los artículos 22, fracción V y 53, fracción I, del
Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Universidad Nacional
Autónoma de México, así como en el numeral 130 de la Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información Pública, le informo que el acceso a la información solo obliga a esta
Casa de Estudios a otorgar el acceso a documentos concretos y existentes en los archivos
de esta Institución. En virtud de lo anterior, le comento que la información requerida, no es
competencia de esta Universidad, por lo que se le sugiere dirigir su solicitud a la Secretaría
de Educación Pública (SEP) específicamente a la Subsecretaría de Educación Superior quien
es quien preside el Comité Directivo de la Comisión Metropolitana de Instituciones Públicas
de Educación Media Superior (COMIPEMS), quien se encarga de realizar anualmente el
concurso de ingreso a la Educación Media Superior, sujeto obligado que pudiera contar con
la información solicitada.
Finalmente, se informa que de no estar conforme con la respuesta podrá interponer el recurso
de revisión previsto en los artículos 142 y 143 de la Ley General de Transparencia y Acceso
a la Información Pública, 61 del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información
Pública de la UNAM, ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y
Protección de Datos Personales o ante la Unidad de Transparencia de la UNAM, dentro de
los quince días siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta o del vencimiento del
plazo para su notificación.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR