Resolución con número de expediente RRD 1102 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales

Año2022
Número de expedienteRRD 1102
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Norma Julieta del
Río Venegas
RRD 1102/22
Secretaría de Salud
Una persona solicitó la rectificación de su certificado de
vacunación. La SSA notificó la puesta a disposición la información
solicitada previa identificación como titular de los datos,
en sus oficinas ubicadas en la CDMX.
La persona manifestó como agravio que reside en otra
entidad federativa y se le imposibilita trasladarse a la
CDMX, por lo que en aplicación de suplencia de la queja
en su favor se tiene que combate la puesta a
disposición de la información en una modalidad distinta
a la solicitada.
Revocar la respuesta e instruirle a efecto de que
notifique a la persona recurrente la constancia de
acredite la corrección solicitada y señale los datos
personales corregidos así como la fecha a partir de la
cual fueron rectificados, así también la constancia del
certificado de vacunación COVID-19 que acredite la
corrección solicitada debidamente actualizada y
completa, deberá proporcionarse en las modalidades
posibles, como lo son copia simple y certificada, para lo
cual deberá entregar las primeras 20 hojas de manera
gratuita, de conformidad con el Criterio 02/18 emitido
por el Pleno de este Instituto, con la opción de entrega
a través de correo certificado previo pago de derechos
correspondiente, o bien, a través de medios
electrónicos, previa acreditación de la titularidad de los
mismos, siguiendo el procedimiento establecido en la
ley de la materia.
Instituto Nacional de Transparencia,
Acceso a la Información y Protección
de Datos Personales
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Secretaría de Salud
Folio de la solicitud: 330026922007806
Número de expediente: RRD 1102/22
Comisionada Ponente: Norma Julieta del Río
Venegas
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Visto el expediente relativo al recurso de revisión interpuesto ante este Instituto, se
procede a dictar la presente resolución con base en los siguientes:
ANTECEDENTES
I. El 20 de abril de 2022, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, se
presentó una solicitud de datos personales, mediante la cual se solicitó a la
Secretaría de Salud lo siguiente:
Medio para recibir notificaciones:
Correo electrónico
Descripción de la solicitud:
Necesito que por favor se corrija la marca de la vacuna que aparece en mi certificado
así como los datos consecuentes. Aparece que me pusieron Cancino cuando la vacuna
que me pusieron es la ASTRA ZENECA. Adjunto imagen con los comprobantes.
Datos complementarios:
Se me colocó en el estado de Puebla
Archivo adjunto:
documento_adjunto_solicitud_330026922007806
Asimismo, la persona solicitante adjuntó los documentos siguientes:
Comprobantes de vacunación de aplicación de la primera y segunda dosis, en
favor de la persona solicitante, respecto de la variante AstraZeneca.
Copia de la credencial de elector vigente hasta el año 2022, emitida por el
entonces Instituto Federal Electoral, actualmente Instituto Nacional Electoral.
II. El 12 de mayo de 2022, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, la
Secretaría de Salud notificó la disponibilidad de la respuesta, en los términos
siguientes:
En atención a la solicitud de datos personales con folio 330026922007806, de la cual
conoció esta Secretaria de Salud, se informa lo siguiente:
Con fundamento en lo dispuesto por el articulo 6, apartado A de la Constitución política
de los Estados Unidos Mexicanos, 48, de la Ley General de protección de Datos
Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPS0), en interpretación
armónica del articulo 73, 77, 78, 79, 80, 81 y 82, de los Lineamientos Generales de
protección de Datos Personales para el Sector Publico, se informa que previo a la
Instituto Nacional de Transparencia,
Acceso a la Información y Protección
de Datos Personales
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Secretaría de Salud
Folio de la solicitud: 330026922007806
Número de expediente: RRD 1102/22
Comisionada Ponente: Norma Julieta del Río
Venegas
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entrega de la respuesta a la solicitud de datos personales, deberá acreditar la identidad
como titular y, en su caso, la identidad y personalidad con la que actúe su representante
legal, por lo que para tal efecto, deberá presentarse ante las oficinas de esta Unidad
de Transparencia ubicada en avenida Marina Nacional No. 60 planta baja, Colonia
Tacuba, Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, agendando una cita al correo
unidad unidadenlace@salud.gob.mx.
Se precisa que el día de su cita, usted deberá presentar identificación oficial, cuyo fin
es acreditar que quien recibe la respuesta a la solicitud de datos personales que nos
ocupa es el titular de los mismos, en el caso de presentarse su representante legal
deberá acreditar su identidad y personalidad con los siguientes documentos:
o Copia simple de la identificación oficial del titular,
o Identificación oficial del representante, e
o Instrumentos publico; carta poder simple firmada ante dos testigos anexando copia
simple de las identificaciones oficiales de quienes intervengan en la suscripción de
la misma.
Ahora bien, en aquellos casos en los que el titular de los datos personales sea un menor
de edad, además de acreditar su identidad, se deberán presentar los siguientes
documentos, considerando el supuesto en el que se encuentre:
Cuando los padres ejerzan la patria potestad, deberán realizar la respectiva
acreditación a través de los siguientes documentos:
Acta de nacimiento del menor de edad, y
Documento de identificación oficial del padre o de la madre que pretenda ejercer el
derecho.
En caso de que la patria potestad sea ejercida por persona distinta a los padres, se
deberá acreditar la identidad y representación de la persona mediante los siguientes
documentos:
Acta de nacimiento del menor de edad;
11. Documento legal que acredite la posesión de la patria potestad, y
111. Documento de identificación oficial de quien ejerce la patria potestad.
En el supuesto de que el ejercicio de los derechos ARCO fue realizado por un tutor,
además de acreditar la identidad del menor, el tutor deberá acreditar su identidad y
representación mediante los siguientes documentos:
Acta de nacimiento del menor de edad;
11. Documento legal que acredite la tutela, y
111. Documento de identificación oficial del tutor.
Por otra parte, para la acreditación de personas en estado de interdicción o incapacidad
declarada por ley o por autoridad judicial, además de acreditar la identidad de la

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