Resolución con número de expediente RRD 1879 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales

Número de expedienteRRD 1879
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Josefina Román Vergara
RRD 1879/22
Instituto Mexicano del Seguro Social
Información relacionada con la nota médica de una persona identificada.
Determinó sobreseer el presente recurso.
Una persona solicitó copia certificada de una médica, de
tercer nivel del Centro Médico Nacional Siglo XXI, del
lunes 25 de julio de 2022. Solicitó que se le eximiese del
pago por reproducción de la información debido a su
situación socioeconómica, ello con base en el cuarto
párrafo del artículo 50 de la Ley General de Protección
de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
En respuesta, el responsable, manifestó la disponibilidad
de su información.
La persona solicitante se inconformó por la
obstaculización de acceso a sus datos personales.
Expediente: RRD 1879/22
Responsable: Instituto Mexicano del Seguro
Social
Folio de la solicitud: 330018022022427
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
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VISTO el estado procesal del expediente del recurso de revisión citado al rubro,
interpuesto ante este Instituto, se procede a dictar la presente resolución con base en los
siguientes: RESULTANDOS
1. Solicitud de datos personales. El cuatro de agosto de dos mil veintidós, a través de
la Plataforma Nacional de Transparencia, una persona presentó la solicitud de acceso a
datos personales, ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, requiriendo lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega: Copia certificada
Descripción de la solicitud de información: “Sin que se me remita a ningún trámite físico
ni electrónico, me permito ejercer mi derecho de acceso a datos personales con base en los
procedimientos de la LGPDPPSO, y que se realice la búsqueda de mi información de manera
manual y electrónica.
En apego a la LGPDPPSO en el ejercicio de derechos ARCO solicito el acceso en copia
CERTIFICADA de una médica, de tercer nivel del Centro Médico Nacional Siglo XXI, de lunes
25 de julio de 2022. De la especialidad de angiología y cirugía vascular, en la interconsulta
me manifestaron estudiar y ponderar una buena opción para aliviar el dolor y malestar en la
parte pélvica y media de cuerpo, la cual se me ha presentado desde hace más de seis años,
asimismo, sopesar la opción de la cirugía de tobillo izquierdo, que se me ofreció en el pasado.
Mi nombre es […]
SOLICITO SE REALICE LA BÚSQUEDA DE MI INFORMACIÓN DE MANERA MANUAL
ELECTRÓNICA Y EXHAUSTIVA en todas las bases de datos de todas las Unidades
Administrativas, en el Hospital de especialidades del Centro Médico Nacional Siglo XXI.
Solicito que la información se me proporcione lo más cercano a mi domicilio cercano a mi […].
Derivado a mi situación socioeconómico, y con base en el cuarto párrafo del articulo 50 de la
LGPDPPSO, solicito se me exima del pago por reproducción de la información.
Acreditaré la identidad con la credencial para votar del INE cuando recoja mi información y
los documentos que se me requieran.
Toda vez que la solicitud se capturo de manera manual requiero se realicen las notificaciones
a mi correo […]” (sic)
2. Respuesta a la solicitud de datos personales. El diecinueve de agosto de dos mil
veintidós, el responsable, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, notificó
la respuesta a la solicitud de mérito, en los términos siguientes:
Expediente: RRD 1879/22
Responsable: Instituto Mexicano del Seguro
Social
Folio de la solicitud: 330018022022427
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
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Respuesta: “consultar adjunto.” (sic)
Archivo adjunto de la respuesta: “documento_adjunto_respuesta_330018022022427“
El archivo adjunto contiene el oficio sin número, de la misma fecha de su remisión,
emitido por la Unidad de Transparencia del Instituto Mexicano del Seguro Social, y
dirigido a la persona solicitante, en los siguientes términos:
“…
Me refiero a su solicitud presentada ante este Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS),
misma que fue ingresada al Sistema de Solicitudes de Información, Gobierno Federal,
asignándosele como consecutivo el número de folio 330018022022427, a través del cual
solicito el acceso en copia CERTIFICADA de nota médica.
Al respecto, con fundamento en lo establecido en el artículo 51 de la Ley General de
Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGDPPSO), esta
Unidad de Transparencia solicitó a la UMAE (D3 - CMNSXXI - ESPECIALIDADES), llevara a
cabo la búsqueda exhaustiva de la información solicitada.
De acuerdo con lo anterior, la UMAE (D3 - CMNSXXI - ESPECIALIDADES), de la Delegación
señalada en el párrafo que antecede, su respuesta se encontrá disponible en:
UMAE CMNSXXI
Servidor Público Habilitado: Mtra. Nelly Camacho Guzmán, Avenida Cuauhtémoc 330 Col
Doctores Alcaldía Cuauhtémoc C.P. 06720, Número telefónico: 55 5627 6900 ext. 21337,
Horario de atención: lunes a viernes de 08:00 a 14:00 horas. Correo electrónico:
nelly.camacho@imss.gob.mx
Es importante se comunique previamente antes de acudir a la oficina habilitada
mencionada y corroborar que la documentación se encuentra físicamente para su
entrega.
En atención a lo anterior le comunicamos que el acceso a la información documental
tendrá una vigencia de sesenta días, contados a partir del día siguiente de la presente
notificación, de conformidad con el artículo 98 de los Lineamientos Generales de
Protección de Datos Personales para el Sector Público. Por lo que a efecto de que le sea

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