Resolución con número de expediente RRD 1196 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 03-11-2020

Sentido del falloMODIFICA
EmisorSECRETARÍA DE CULTURA
Fecha03 Noviembre 2020
Número de expedienteRRD 1196
Año2020
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Expediente: RRD 01196/20
Responsable: Secretaría de Cultura
Folio de la solicitud: 1114100047420
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
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VISTO el estado procesal del expediente del recurso de revisión citado al rubro,
interpuesto ante este Instituto, se procede a dictar la presente resolución con base en los
siguientes:
RESULTANDOS
1. Solicitud de datos personales. El dieciocho de septiembre
1
de dos mil veinte, a
través de la Plataforma Nacional de Transparencia, una persona presentó la solicitud de
acceso a datos personales, ante la Secretaría de Cultura, requiriendo lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega: Entrega a través del portal”
Descripción de la solicitud de información: “El suscrito, (…) (personalidad que acredito
con copia de mi credencial de elector ), autor y titular de derechos de propiedad industrial,
con fundamento en los artículos 8 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, con el debido respeto vengo a; SOLICITAR 1.- La lista detallada, y constancias
que lo acrediten, respecto de la o las marcas de las que soy propietario o copropietario, así
como de marcas conexas y derivadas con aquellas. 2.- La lista detallada, y constancias que
lo acrediten, respecto de la o las obras de las que soy autor o coautor, así como el porcentaje
1
De conformidad con el acuerdo ACT -PUB/08/09/2020.08, aprobado por el Pleno de este Instituto el ocho de
septiembre de dos mil veinte, a través del cual se modifican y adicionan los diversos ACTEXT-PUB/20/03/2020.02,
ACT -EXT -PUB/20/03/2020.04, ACT -PUB/15/04/2020.02, ACTPUB/30/04/2020.02, INCLUYENDO LOS ACUERDOS
ACT-PUB/27/05/2020.04, ACTPUB/10/06/2020.04, ACT -PUB/30/06/2020.05, ACT-PUB/14/07/2020.06,
ACTPUB/28/07/2020.04, ACT -PUB/11/08/2020.06, ACT -PUB/19/08/2020.04, ACTPUB/26/08/2020.08, y ACT -
PUB/02/09/2020.07 en el sentido de ampliar sus efectos al 17 de septiembre del año en curso inclusive. Asimismo,
señala que los plazos se reanudarán a partir del 18 de septiembre de 2020, para la totalidad de los integrantes del
Padrón de Sujetos Obligados del Ámbito Federal, así como para todos y cada uno de los trámites, procedimientos y
demás medios de impugnación competencia del Instituto, establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso
a la Información Pública, Ley Fe deral de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y demás normativa
aplicable, entre los que se incluyen tanto las solicitudes de acceso a la información, y los medios de impugnación
respectivos, así como procedimientos de imposición de sanciones y denuncias por incumplimiento a las obligaciones
de transparencia; y los procedimientos de inconformidad; así como los procedimientos relacionados con la facultad de
atracción. En el mismo sentido, la totalidad de los asuntos relacionados con el tratamiento de datos personales, tanto
en posesión de sujetos obligados como de los particulares, de conformidad con los procedimientos previstos en la Ley
Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley General de Protección de Datos
Personales en Posesión de Sujetos Obligados, así como la normatividad que de ellas deriva. Por lo que si bien,
conforme a los registros de la Plataforma Nacional de Transparencia se advierte como fecha de presentación de la
solicitud, el primero de julio, conforme al acuerdo en cita, sin embargo, se tiene como fecha de registro el 25 de junio
de 2020, ello en virtud de q ue, como se ha señalado, es la fecha que se determinó la reanudación de plazos para la
totalidad de sujetos obligados.
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Expediente: RRD 01196/20
Responsable: Secretaría de Cultura
Folio de la solicitud: 1114100047420
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
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de coautoría sobre música y/o letra del que soy titular en cada caso. 3.- El historial registral
y/o de registros de las marcas y obras referidas en los numerales 1 y 2 anteriores. 4.- Si el
suscrito o algún tercero ha intentado inscribir documento u acto jurídico alguno, o modificar,
respecto de dichas marcas y obras. En cuyo caso solicito se me informe la fecha de solicitud,
su contenido, y los datos del solicitante, así como copia certificada digital de los mismos. 5.-
Cuál es el procedimiento idóneo para exigir el pago de las regalías que amparan dichas
marcas y obras, así como la información necesaria para estimar el valor de tales regalías
entre septiembre de 2018 y el 24 de junio de 2020. 6.- Si existe algún contrato y/o acto jurídico
relacionado con la edición y/o explotación de las marcas y las obras de mi titularidad, y cómo
puedo exigir que las personas que las están explotando me entreguen las regalías que en
virtud de mis derechos correspondan con o sin intereses; 7.-Si a mi favor se encuentra
constituido el depósito el pago de las regalías antes mencionadas. 8.- Si puedo exigir regalías
cuando mi marca y mis obras se explotan en territorio nacional o extranjero por los
copropietarios de la marca, pero sin mi consentimiento escrito; 9.- Un registro detallado del
historial de explotación de mis obras y/o marcas, que exprese quién la explotó, cuándo, en
qué vía, cuántas regalías causó, si las dejó en depósito ante alguna entidad y cómo puedo
hacer para exigir su pago;, tipo de derecho ARCO: Acceso datos personales , presento
solicitud: Titular, representante: ,tipo de persona: Titular (sic)
Otros datos para facilitar su localización: “LaGarfield, marca mixta” (sic)
Asimismo, a su solicitud de acceso a datos personales, el ciudadano adjuntó una copia
de su credencial de elector emitida por el Instituto Nacional Electoral, así como un título
de marca emitido por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
2. Respuesta a la solicitud de datos personales. El dieciocho de septiembre
2
de dos
mil veinte, el responsable a través de la Plataforma Nacional de Transparencia le notificó
a la parte recurrente la disponibilidad de la información, en los siguientes términos:
Respuesta: En atención a su amable solicitud de información enviada a esta Unidad de
Transparencia, en documento adjunto encontrará la respuesta correspondiente. Asimismo,
ponemos a sus órdenes los teléfonos de la Unidad de Transparencia, 4155 0319 y 4155 0200
Ext. 9550, para cualquier duda o aclaración. (sic)
Archivo adjunto de la respuesta: “respuesta.pdf” (sic)
2
Ibidem se tiene registro del día 26 de agosto
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Expediente: RRD 01196/20
Responsable: Secretaría de Cultura
Folio de la solicitud: 1114100047420
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
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El archivo adjunto contiene los siguientes documentos:
a) Oficio con nomenclatura UAH/1394/2020, de fecha veintiséis de agosto de dos mil
veinte, emitido por la Directora del Área de la Unidad de Transparencia, y dirigido al
solicitante, que señala lo siguiente:
“…
UNIDAD ADMINISTRATIVA QUE ATIENDE.
Instituto Nacional del Derecho de Autor, Dirección Jurídica mediante oficio DIQ/195/2020.
RESPUESTA.
Adjunto encontrará la respuesta proporcionada por la unidad administrativa responsable.
Con la presente respuesta a la solicitud de acceso a la información con número de folio
1114100047420, la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Cultura da cumplimiento a
lo establecido en los artículos 6, 133 y 135 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, Asimismo, ponemos a sus órdenes los teléfonos de la Unidad de
Transparencia de esta Institución 4155 0319 y 4155 0200 Ext. 9550 y/o el correo electrónico
unidadenlace@cultura.gob.mx , para cualquier duda o aclaración
…” (sic)
b) Oficio con nomenclatura DJQ/195/2020, de fecha diez de agosto de dos mil veinte,
emitido por el Director Jurídico del Instituto Nacional de Derecho de Autor, y dirigido
a la Titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Cultura donde
manifiesta lo siguiente:
“…
Sobre el particular, adjunto al presente me permito remitir el Oficio DRPDA/C-010/2020,
suscrito por el Dr. Jesús Parets Gómez, Director del Registro Público del Derecho de Autor
con el cual se da respuesta a la solicitud que nos ocupa.
Una vez señalado lo anterior, se procederá a dar respuesta a cada uno de sus planteamientos:

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