Resolución con número de expediente RRD 78 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 13-04-2021

Sentido del falloMODIFICA
EmisorINSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS)
Fecha13 Abril 2021
Número de expedienteRRD 78
Año2021
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Instituto Mexicano del Seguro Social
Folio de la solicitud: 0064103370220
Número de expediente: RRD 78/21
Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuña
Llamas
1
Visto el expediente relativo al recurso de revisión interpuesto ante este Instituto, se
procede a dictar la presente resolución con base en los siguientes:
ANTECEDENTES
I. El 22 de diciembre de 2020, el hoy recurrente presentó una solicitud de acceso a
la información, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, mediante la
cual requirió al Instituto Mexicano del Seguro Social, lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega de información:
Entrega por Internet en la PNT
Descripción clara de la solicitud de información:
Favor de remitirse al documento anexo en el cual se encuentra mi solicitud de datos
personales. (sic)
En ese sentido, el hoy recurrente adjuntó un escrito libre sin mayor referencia, en los
términos siguientes:
“[…]
Por medio de la presente me permito ejercer mi derecho de acceso a mis datos
personales con base en los procedimientos establecidos en la LGPDPPSO, y que se
realice la búsqueda de mi información de manera manual, electrónica y exhaustiva, por
lo que pido que no me orienten a ningún trámite.
Solicito copia certificada del documento que contenga la siguiente información:
1. Nombre de los patrones con los que laboré
2. Fecha de alta
3. Fecha de baja
4. Salario de cotización, movimientos salariales
5. Semanas cotizadas por cada patrón
6. Registro patronal
7. Domicilio laboral.
Mis datos para facilitar la información.
NOMBRE: [***]
CURP: [****]
RFC: [***]
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Instituto Mexicano del Seguro Social
Folio de la solicitud: 0064103370220
Número de expediente: RRD 78/21
Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuña
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2
N.S.S: [***]
U.M.F:62
La información anterior la requiero de los siguientes periodos del año 1975 a 1977 y 1984
a 1986.
Solicito que la información se haga específicamente en la Ciudad de México y Estado de
México.
Me permito informar que acreditaré mi identidad con credencial para votar del INE
cuando recoja mi información.
Me permito anexar el listado de las empresas para las que recuerdo laboré:
EMPRESA REGISTRO PATRONAL ENTIDAD
FEDERATIVA DIRECCIÓN PERIODO
LABORAL
PRODUCTIVIDAD GRUPO ZAPATA C361101010 MÉXICO
CARR. TEOLOYUCAN HUEHUETOCA, 1975-1977
BARRIO BARRANCA PRIETA, HUEHUETOCA EDO MEX
FORJAS DE MÉXICO MÉXICO
BARRIO XALPA, HUEHUETOCA, EDO MÉX. C.P 54683 1977-1979
TRINITY INDUSTRIES DE MEXICO MÉXICO
BARRIO XALPA, HUEHUETOCA, EDO MÉX. C.P 54683 1979-1979
CALZADO DURAMIL DE MEXICO, S.A DE C.V MÉXICO
CALLE BENIGNO PEREZ, #0, Int. 0, PARQUE INDUSTRIAL 1980-1982
EX HACIENDA XALPA, HUEHUETOCA EDO MÉXICO, CP: 54683
QUIMICA DELTA, S,A DE C,V MÉXICO
CARR. TEOLOYUCAN-HUEHUETOCA No.259, BARRIO STA MARIA 1982-1984
CALIACAC, TEOLOYUCAN EDO DE MÉXICO C.P 54770
PUENTE EL PILAR (JAVIER GUTIERREZ) MÉXICO
CARRETERA TEOLOYUCAN-CUAUTITLAN C.P 54713 1984-1986
CORESEPRI CDMX
MARAVATIO #125, AZCAPOTZALCO, CDMX. C.P 02080 1986-1990.
[…]” (sic)
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Instituto Mexicano del Seguro Social
Folio de la solicitud: 0064103370220
Número de expediente: RRD 78/21
Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuña
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3
II. El 23 de diciembre de 2020, el Instituto Mexicano del Seguro Social, a través de
la Plataforma Nacional de Transparencia, notificó un cambio de tipo de solicitud, en
los siguientes términos:
“[…]
LA INFORMACION QUE USTED SOLICITA SE REFIERE A DATOS PERSONALES Y
NO A INFORMACION PUBLICA POR LO QUE SE ATENDERA EN LA MODALIDAD
CORRECTA. ATTE. UT
[…]” (sic)
III. El 11 de enero de 2021, el Instituto Mexicano del Seguro Social, a través de la
Plataforma Nacional de Transparencia, dio respuesta a la solicitud de acceso a datos
personales, en los términos siguientes:
“[…]
Me refiero a la solicitud de datos personales con número de folio 0064103370220,
presentada ante este Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a través del sistema
INFOMEX Gobierno Federal, mediante la cual requiere:
“Favor de remitirse al documento anexo en el cual se encuentra mi solicitud de datos
personales..” (sic)
De acuerdo con lo anterior y en atención a las observaciones realizadas por el Instituto
Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales
(INAI) respecto de la notificación realizada por esta Unidad de Transparencia del Instituto
Mexicano del Seguro Social a las solicitudes de datos personales se hace de su
conocimiento que la respuesta recaída a su petición se encontrará disponible en el
Centro de Contacto Ciudadano, por lo que de conformidad con el Acuerdo para la
implementación de medidas para el personal del IMSS, a partir del 23 de marzo para
enfrentar la situación sanitaria derivada del COVID-19, emitido por el Instituto Mexicano
del Seguro Social y el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social y el oficio
No. 0952171000/0286/2020, generado en alcance a Acuerdo antes señalado, a través
de los cuales señalan que derivado de la contingencia pandémica de COVID-19
declarada por la Organización Mundial de la Salud y de que la Secretaría de Salud ha
implementado la Jornada Nacional de Sana Distancia a partir del 23 de marzo de 2020,
como medida preventiva y de responsable actuar de los ciudadanos mexicanos, se
llevaron a cabo una serie de acciones con la finalidad de salvaguardar la salud y
seguridad de los trabajadores del IMSS, una de ellas, consiste en desempeñar sus
funciones desde los domicilios particulares. Aunado a lo anterior, deberá considerarse la
suspensión de plazos establecida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a
la Información y Protección de Datos Personales (INAI), mediante el “Acuerdo mediante
el cual se aprueban diversas medidas para garantizar los derechos de protección de

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