Resolución con número de expediente RRD 725 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 14-07-2021

Sentido del falloREVOCA
EmisorINSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS)
Fecha14 Julio 2021
Número de expedienteRRD 725
Año2021
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Oscar Mauricio Guerra Ford
RRD 725/21
Instituto Mexicano del Seguro
Social
El sujeto obligado declaró la inexistencia total de los
datos pedidos.
La parte recurrente se inconformó en contra de la
declaración de inexistencia aludida, ello en aplicación de
la suplencia en la deficiencia de la queja.
No aplica
Toda vez que se acreditó que el sujeto obligado no
efectuó una búsqueda con un criterio amplio y
exhaustiva en todas sus unidades y sistemas
electrónicos y manuales, se determinó REVOCAR la
respuesta, para que se realice una nueva.
Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud:
Instituto Mexicano del Seguro Social
Folio de la solicitud: 0064100822621
Expediente: RRD 725/21
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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Ciudad de México, a catorce de julio de dos mil veintiuno.
VISTO: El estado que guarda el expediente identificado con el número RRD 725/21,
relativo al recurso de revisión señalado al rubro e interpuesto en contra del Instituto
Mexicano del Seguro Social, se formula resolución en atención a los siguientes:
R E S U L T A N D O S
I.- El dieciocho de marzo de dos mil veintiuno, a través de la Plataforma Nacional de
Transparencia (folio 0064100822621), el peticionario solicitó al sujeto obligado, vía
acceso a información, eligiendo como modalidad preferente de entrega “entrega por
Internet en la PNT”, lo siguiente:
Descripción clara de la solicitud de información: Sin que se me canalice a realizar algún
tramite físico o electrónico y en el ejercicio de mis derechos ARCO, solicito se realice una
búsqueda exhaustiva manual y electrónica en todas las unidades administrativas
correspondientes con el propósito de que se me proporcione mi historial laboral que
contenga fechas de altas y bajas, movimientos salariales, registros patronales así como mi
constancia con la totalidad de mis semanas cotizadas ante el instituto mexicano del seguro
social con la empresa SEARS ROEBUCK DE MEX SA DE CV ubicada en las ciudades de
León e Irapuato Guanajuato y las semanas que labore entre Enero y Diciembre del año
1981.
Cabe mencionar que siendo esa empresa mi primer empleo, laboré en ella desde
Septiembre de 1977 hasta Octubre de 1983 de manera continua en varios lugares de la
republica sin interrupciones.
Otros Datos: […]
NSS: [3377…]
CURP: […]
UNIDAD MEDICA FAMILIAR - UMF033 Chihuahua, Chih.
Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud:
Instituto Mexicano del Seguro Social
Folio de la solicitud: 0064100822621
Expediente: RRD 725/21
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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A la Plataforma en comento, la persona solicitante adjuntó la digitalización de lo siguiente:
Credencial para votar vigente en su anverso y reverso, expedida por el Instituto
Nacional Electoral a favor de la persona requirente.
Página 6 de 8 de un documento emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social que
contienen los movimientos salariales, y registros de alta y baja respecto del patrón
señalado en la solicitud de trato.
II.- El dieciocho de marzo de dos mil veintiuno, a través de la Plataforma Nacional de
Transparencia, el sujeto obligado le notificó a la parte inconforme el cambio de tipo de su
solicitud, ya que tomando en cuenta su naturaleza, se trataban de datos personales y no
así de acceso a información pública.
III.- El veintidós de abril de dos mil veintiuno, a través de la Plataforma Nacional de
Transparencia, mediante oficio sin número, del día anterior al de su recepción, emitido por
la Unidad de Transparencia, dirigido a la persona solicitante, el sujeto obligado notificó la
disponibilidad de la información en los siguientes términos:
Me refiero a la solicitud de datos personales con número de folio 0064100822621,
presentada ante este Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a través del sistema
INFOMEX Gobierno Federal, mediante la cual requiere diversa documentación.
Al respecto, con fundamento en lo establecido en los artículos 52 y 85 fracción II de la Ley
General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados
(LGPDPPSO), esta Unidad de Transparencia solicitó a la unidad administrativa
correspondiente, se llevara a cabo la búsqueda exhaustiva de la información solicitada.

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