Resolución con número de expediente RRD 1764 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 08-12-2021

Sentido del falloMODIFICA
EmisorINSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS)
Número de expedienteRRD 1764
Fecha08 Diciembre 2021
Año2021
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE
DATOS PERSONALES
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
RESUMEN PARA LA CIUDADANÍA
La persona solicitó el expediente clínico de su hija
menor de edad fallecida. El responsable señaló la inexistencia de los datos
solicitados.
La persona recurrente manifestó su inconformidad
con la inexistencia. Derivado del estudio realizado, el responsable no realizó a
cabalidad el procedimiento de búsqueda exhaustivo previsto en
la ley general de la materia, toda vez que no se advierte que haya
efectuado la búsqueda en la totalidad de las unidades
administrativas competentes, así como en todos los sistemas con
los que cuenta el responsable, por lo que no resulta procedente
la inexistencia informada, por lo que se determinó, MODIFICAR
la respuesta.
Expediente clínico.
MOTIVO DE LA INCONFORMIDAD EL INAI RESOLVIÓ
INFORMACIÓN RELACIONADA
Josefina Román Vergara
COMISIONADO
RRD 1764/21
EXPEDIENTE
Instituto Mexicano del Seguro Social
INSTITUCIÓN QUE
RECIBIÓ LA SOLICITUD
INFORMACIÓN SOLICITADA RESPUESTA RECIBIDA
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Página 1 de 41
VISTO el estado procesal del expediente del recurso de revisión citado al rubro,
interpuesto ante este Instituto, se procede a dictar la presente resolución con base en los
siguientes:
RESULTANDOS
1. Solicitud de datos personales. El diecinueve de agosto de dos mil veintiuno, a través
de la Plataforma Nacional de Transparencia, una persona presentó la solicitud de acceso
a datos personales, ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, requiriendo lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega: Entrega a través de portal
Descripción de la solicitud de información: Estoy solicitando al IMSS delegación Bajá
California,los estudios ezimaticos lisosomal,así como el estudio molecular El( enfermedad por
deposito lisosomal)hecho a la paciente (…), con número de afiliación (…),llevados acabó por
la doctora Mónica Maldonado M con matrícula 8320535 en el mes de diciembre del 2014 , así
como el resultado de la opinión y valoración médica de la doctora dolores Hernández del
hospital de Mexicali del área de genética del HGR31 respecto al padecimiento de dicha
paciente ,el documento lo estoy solicitando certificado” (sic)
2. Respuesta a la solicitud de datos personales. El diez de septiembre de dos mil
veintiuno, el responsable a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, le notificó
a la parte recurrente la disponibilidad de la información, en los siguientes términos:
Respuesta: Ver adjunto (sic)
Archivo adjunto de la respuesta: documento_adjunto_respuesta_0064102363821 (sic)
El archivo adjunto contiene el oficio sin número, de fecha nueve de septiembre de dos
mil veintiuno, emitido por la Unidad de Transparencia del este Instituto Mexicano del
Seguro Social, y dirigido al solicitante, que señala lo siguiente:
“…
Me refiero a la solicitud de datos personales con número de folio 0064102363821, presentada
ante este Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a través del sistema INFOMEX
Gobierno Federal, mediante la cual requiere diversa documentación.
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Página 2 de 41
Al respecto, con fundamento en lo establecido en los artículos 52 y 85 fracción II de la Ley
General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO),
esta Unidad de Transparencia solicitó a la unidad administrativa correspondiente, se llevara
a cabo la búsqueda exhaustiva de la información solicitada.
Por lo que se hace de su conocimiento que la respuesta recaída a su petición se encontrará
disponible en la Oficina habilitada del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada
Regional Baja California (favor de comunicarse previamente para su entrega), sita en:
Organo de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Baja California
Funcionario Habilitado: Lic. Oyuki Elizabeht Higuera Nuñez
Domicilio: Calz. Cuauhtemoc No. 300. Col. Aviación. C.P. 21230. Mexicali Baja California
Horario: De Lunes a Viernes de 08:00 hrs a 15:00 hrs.
Conmutador: Directo. 686 5 64 77 55 Conm. 5647700 ext. 31160
A efecto de que le sea proporcionado el documento señalado en el párrafo que antecede y
de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la LGPDPPSO deberá presentar los
siguientes documentos:
•Si es titular de la información: Presentar identificación oficial y copia de la presente
notificación.
•Si es representante legal: Presentar carta poder simple firmada ante dos testigos,
acompañada de la copia de la identificación oficial de todos los que en ella actúan y copia de
la presente notificación.
•Si se trata de menores de edad: Presentar Acta de Nacimiento, CURP, credenciales
expedidas por instituciones educativas o instituciones de seguridad social, pasaporte o
cualquier otro documento oficial utilizado para tal fin; además de acreditar la representación
de los padres o persona que ejerza la patria potestad, por lo que deberá anexar identificación
oficial, y en su caso el documento que acredite la posesión de la patria potestad; en caso de
que el menor haya fallecido, deberá presentar el acta de defunción.
•Si se trata de personas en estado de interdicción o incapacidad: Presentar Acta de
nacimiento, CURP, Pasaporte o cualquier otro documento o identificación expedida para tal
fin; además deberá presentar el instrumento legal de designación del tutor y su identificación
oficial. En caso de que éste haya fallecido, deberá presentar además de los documentos
señalados el Acta de defunción.

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