Resolución con número de expediente RRD 468 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 06-04-2022

Sentido del falloORDENA
Fecha06 Abril 2022
Número de expedienteRRD 468
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Blanca Lilia Ibarra Cadena
RRD 468/22
Secretaría de Salud
rectificación de certificado de vacunación.
La persona solicitante requirió la rectificación de su
certificado de vacunación, específicamente, respecto
de la marca de vacuna que le fue aplicada.
En respuesta, el sujeto obligado señaló que previo a la
entrega de la respuesta, se debía acreditar la identidad
como titular de los datos.
Inconforme con lo anterior, la persona recurrente
interpuso recurso de revisión por medio del cual, se
agravió en contra de la falta de respuesta, pues no se
notificó la misma a traves del medio de notificación
solicitado.
ORDENAR a dar respuesta a la Secretaría de Salud y se
le instruye a efecto de que, por conducto de la Dirección
General de Tecnologías, la Subsecretaría de Prevención
y Promoción de la Salud, la Dirección General de
Información en Salud y la Dirección General de
Promoción de la Salud, realice la rectificación del
certificado de vacunación de la recurrente, considerando
las documentales aportadas por la particular en el
expediente en que se estudia, así como la información
que obre en sus sistemas.
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
SUJETO OBLIGADO: Secretaría de Salud
1
Ciudad de México, a seis de abril de dos mil veintidós
Resolución que ORDENA dar respuesta a la solicitud de rectificación de datos personales,
en atención a las siguientes consideraciones:
ANTECEDENTES
I. Presentación de la solicitud. El nueve de diciembre de dos mil veintiuno, se presentó
una solicitud de rectificación a datos personales, mediante la Plataforma Nacional de
Transparencia, ante el sujeto obligado, cuyo contenido es el siguiente:
Descripción clara de la solicitud:
Quiero rectificar el certificado de vacunación COVID en el que aparece la vacuna CANSINO,
sin embargo, me apliqué posteriormente la de Astra Zeneca, por motivos de viaje, hice la
solicitud en la pagina oficial pero nunca me contestaron. Tengo el comprobante de las dos
vacunas de astra zeneca. (sic)
Otros datos para facilitar su localización: La vacuna me fue aplicada en la Alcaldia de
Tlalpan, en las dos fechas indicadas en los comprobantes.
Modalidad de entrega: No especificado.
Medio para recibir notificaciones: Correo electrónico
La parte solicitante adjuntó la digitalización de dos comprobante de vacunación contra el
virus SARS-COV2, el primero del veinticuatro de julio de dos mil veintiuno y el segundo
del doce de noviembre de dos mil veintiuno, ambos con la vacuna astrazeneca.
II. Contestación a la solicitud. El catorce de enero de dos mil veintidós, a través de la
Plataforma Nacional de Transparencia, el sujeto obligado dio respuesta a la solicitud de
acceso a datos personales, mediante un oficio sin número, emitido por su Unidad de
Transparencia, cuyo contenido se reproduce en su parte conducente:
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
SUJETO OBLIGADO: Secretaría de Salud
2
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, apartado A de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, 48, de la Ley General de Protección de Datos Personales en
Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPS0), en interpretación armónica del artículo 73, 77,
78, 79, 80, 81 y 82, de los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales para el
Sector Público, se informa que previo a la entrega de la respuesta a la solicitud de datos
personales, deberá acreditar la identidad como titular y, en su caso, la identidad y
personalidad con la que actúe su representante legal, por lo que para tal efecto, deberá
presentarse ante las oficinas de esta Unidad de Transparencia ubicada en avenida Marina
Nacional No. 60 planta baja, Colonia Tacuba, Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México,
agendando una cita al correo unidad unidadenlace@salud.gob.mx.
Se precisa que el día de su cita, usted deberá presentar identificación oficial, cuyo fin es
acreditar que quien recibe la respuesta a la solicitud de datos personales que nos ocupa es el
titular de los mismos, en el caso de presentarse su representante legal deberá acreditar su
identidad y personalidad con los siguientes documentos:
Copia simple de la identificación oficial del titular,
Identificación oficial del representante, e
Instrumentos público; carta poder simple firmada ante dos testigos anexando copia simple
de las identificaciones oficiales de quienes intervengan en la suscripción de la misma.
Ahora bien, en aquellos casos en los que el titular de los datos personales s ea un menor de
edad, además de acreditar su identidad, se deberán presentar los siguientes documentos,
considerando el supuesto en el que se encuentre:
Cuando los padres ejerzan la patria potestad, deberán realizar la respectiva acreditación a
través de los siguientes documentos:
Acta de nacimiento del menor de edad, y
Documento de identificación oficial del padre o de la madre que pretenda ejercer el derecho.
En caso de que la patria potestad sea ejercida por persona distinta a los padres, se deberá
acreditar la identidad y representación de la persona mediante los siguientes documentos:
Acta de nacimiento del menor de edad;
11. Documento legal que acredite la posesión de la patria potestad, y
111. Documento de identificación oficial de quien ejerce la patria potestad.
En el supuesto de que el ejercicio de los derechos ARCO fue realizado por un tutor, además de
acreditar la identidad del menor, el tutor deberá acreditar su identidad y representación
mediante los siguientes documentos:

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