Resolución con número de expediente RRA 6903 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 30-08-2023

Sentido del falloMODIFICA
Número de expedienteRRA 6903
Fecha30 Agosto 2023
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Adrián Alcalá Méndez
RRA 6903/23
Instituto Nacional de Migración
El sujeto obligado informó que los planos de su Oficina de
Representación en Ciudad Juárez, Chihuahua, contienen
información clasificada como parcialmente reservada, por
un período de 5 años, para proteger la vida, seguridad y
vida de las personas físicas y trabajadoras de dicha
estación.
La persona impugnó la clasificación de la información.
Modificar la respuesta del sujeto obligado, pues se
concluyó que la clasificación invocada no resulta
procedente, pues la divulgación de la información no
representa un riesgo que perjudique la vida, seguridad y
salud de personas físicas, sin embargo, otorgar la
información requerida sí pudiera generar que grupos u
organizaciones delictivas o de cualquier otra índole causen
daño o hechos delictivos en las instalaciones de la estación
migratoria. Por tanto, se instruye a emitir, a través del
Comité de Transparencia, el acta mediante la cual se
clasifique la información en términos del artículo 110,
fracción VII, de la Ley de la materia.
No aplica.
Se requirieron los planos arquitectónicos de la Estación
Migratoria de Ciudad Juárez, Chihuahua.
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a
la Información y Protección de Datos
Personales
Recurso de Revisión de Acceso: RRA
6903/23
Sujeto Obligado: Instituto Nacional de
Migración
Folio de la solicitud: 330020323000667
Comisionado Ponente: Adrián Alcalá
Méndez
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Resolución que modifica la respuesta que originó el recurso de revisión citado al
rubro, que se emite con base en los siguientes:
A N T E C E D E N T E S
1. SOLICITUD. El 30 de marzo de 2023, la persona solicitante requirió al sujeto
obligado, mediante la entrega por la Plataforma Nacional de Transparencia, la
siguiente información:
Los planos arquitectónicos de la Estación Migratoria de Ciudad Juárez
2. SUSPENSIÓN DE PLAZOS PARA RESOLVER. El 30 de marzo de 2023, el Pleno de este
Instituto acordó suspender los plazos y términos exclusivamente para la emisión de
las resoluciones de los medios de impugnación a su cargo, a partir del 10 de abril
de 2023 y hasta que el Pleno esté en aptitud de sesionar válidamente en términos
del artículo 33, tercer párrafo, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública
.
3. INFORMACIÓN PARCIALMENTE RESERVADA. El 08 de mayo de 2023, el sujeto
obligado informó a la persona solicitante, a través de la Plataforma Nacional de
Transparencia, que la información es parcialmente reservada, a través de la
resolución emitida por el Comité de Transparencia, mediante la cual se confirmó la
clasificación de la forma en que está distribuida la Oficina de Representación, así
como las especificaciones de construcción de la estructura de la estación migratoria
de Ciudad Juárez, de conformidad con lo previsto en el artículo 110, fracción V, de
la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por un período
Lo anterior de conformidad con los numerales primero y segundo del Acuerdo mediante el cual se aprueban
diversas medidas de carácter temporal para garantizar los derechos de acceso a la información y protección de
datos personales, al no poder sesionar válidamente el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a
la Información y Protección de Datos Personales por la falta de quorum que prevé el artículo 33 párrafo tercero
de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, derivado de la falta de conclusión de los
procesos constitucionales para el nombramiento de tres personas que deberán ocupar tres vacantes de
Comisionados o Comisionadas del Instituto. Aprobado por el Pleno el 30 de marzo de 2023 y disponible para
su consulta en: https://home.inai.org.mx/wp -content/documentos/AcuerdosDelPleno/ACT-PUB-30-03-
2023.07.pdf.
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a
la Información y Protección de Datos
Personales
Recurso de Revisión de Acceso: RRA
6903/23
Sujeto Obligado: Instituto Nacional de
Migración
Folio de la solicitud: 330020323000667
Comisionado Ponente: Adrián Alcalá
Méndez
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de 5 años.
4. RESPUESTA. El 08 de mayo de 2023, el sujeto obligado respondió la solicitud,
mediante la Plataforma Nacional de Transparencia, a través del oficio número
INM/DGA/1160/2023, emitido por la Dirección General de Administración, en los
términos siguientes:
Me refiero a la solicitud con número de folio 33002032000667 turnada a la Dirección
General de Administración (DGA). por conducto del Sistema de Atención de Solicitudes
de Información, en la que solicita lo siguiente:
[Se transcribe solicitud]
Al respecto, una vez realizada la consulta a la Dirección de Recursos Materiales y
Servicios Generales (DRMySG), adscrita a esta Dirección General, de acuerdo con sus
funciones establecidas en el numeral 1.13.7.2.2 del "Manual de Organización Especifico
de la Coordinación de Administración" (actualmente DCA), ésta se pronuncia respecto
a la solicitud de mérito mediante el oficio número INM/DGA/CAR/DRMYSC/2760/2023,
mismo que se adjunta al presente para pronta referencia.
Ahora bien atento al contenido de la DRMySC, fueron localizados los planos de la
Oficina de Representación de este Instituto Nacional de Migración en Ciudad Juárez,
Chihuahua, por lo que se ofrece su acceso en copia simple o certificada en archivo PDF,
en VERSIÓN PÚBLICA por considerar que contienen información clasificada
parcialmente como Reservada, por un periodo de 5 años de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 110, fracción V de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la Información Pública; así como el vigésimo tercero, de los "ACUERDO del Consejo
Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales, por el que se aprueban los Lineamientos generales en
materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la
elaboración de versiones públicas:
Dicha clasificación se sustenta en lo siguiente:
La negativa a su acceso deriva que en los planos se describe la forma en que está
distribuida la Oficina de Representación, así como, las especificaciones de construcción
de la estructura de la estación migratoria.
Es importante precisar que de conformidad con la legislación de la materia, la

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