Resolución con número de expediente RRA 8886 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 06-09-2023

Sentido del falloMODIFICA
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Fecha06 Septiembre 2023
Número de expedienteRRA 8886
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Josefina Román Vergara
RRA 8886/23
SUTERM
Se solicitó a) Padrón vigente de afiliados a la Sección 92, 240 y
238, con derecho a voz y voto.
b) Nombre de las personas qu e rigen la Coordinación Centro
Oriente de ese Sindicato de presentación sindical en la Sección
Puebla, así como sus nombramientos y procesos democráticos
directos sindicales.
c) Las funciones de tres personas identificadas dentro de la
representación sindical en la Sección Puebla, su nombramiento y
selección directa sindical.
d) Los procesos democráticos internos de selección d irecta
sindical del 2019 a 2023, esto a través de la Comisión Electoral.
e) El cargo que desempeña una persona identificada ante el
sindicato, su sueldo y el horario de trabajo, así como quién le designó
en el cargo, precisando fecha y hora ante la representación sindical.
Sobre a) puso a disposición la información; sobre b), c) y d),
indicó que no es posible proporcionar la información requerida
respecto de los miembros de esa organización, pues se
relaciona con la administración y organización interna de ese
sindicato.
Por cuanto hace al requerimiento e), indicó la incompetencia
para conocer de lo requerido y orientó a presentar la solicitud
a la Comisión Federal de Electricidad.
Se agravió por la clasificación de la información requerida en
los incisos b), c) y d) de la solicitud, así como la falta de
fundamentación y motivación. Además, manifestó su agravio
por la incompetencia aludida por el sujeto obligado para
conocer sobre lo requerido en el inciso e).
Sección sindical Puebla
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Expediente: RRA 8886/23
Sujeto obligado: Sindicato Único de
Trabajadores Electricistas de la República
Mexicana
Folio de la solicitud: 330047723000032
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
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VISTO el estado procesal del expediente del recurso de revisión citado al rubro,
interpuesto ante este Instituto, se procede a dictar la presente resolución con base en los
siguientes:
RESULTANDOS
1. Acuerdo de Suspensión de Plazos. El treinta de marzo de dos mil veintitrés, el Pleno
de este Instituto emitió el Acuerdo ACT-PUB/30/03/2023.07
1
que entró en vigor al
momento de su aprobación, por medio del cual se estableció que se suspenden los
plazos y términos a partir del diez de abril de dos mil veintitrés, para la emisión de las
resoluciones de los medios de impugnación cuya aprobación sea de la exclusiva
competencia del Pleno, hasta que esté en aptitud de volver a sesionar válidamente,
respecto de lo cual, se destaca que no se interrumpen los plazos y términos para
sustanciar y poner en estado de resolución los medios de impugnación.
2. Solicitud de datos personales. El dos de junio de dos mil veintitrés, a través de la
Plataforma Nacional de Transparencia, una persona presentó la solicitud de acceso a la
información, ante el Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República
Mexicana, requiriendo lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega: Copia Certificada
Descripción de la solicitud de información: PRIMERO; pido se me informe con material
físico (documentos certificados), conforme al estatuto que rige a la SUTERM, el padrón
vigente de afiliados a la SECCIÓN PUEBLA #92 #240 y #238, Con derecho a vos y voto.
SEGUNDO; pido se me informe con material físico (documentos certificados), conforme al
estatuto que rige a la SUTERM, quién y quiénes son los que rigen la Coordinación centro
oriente SUTERM de presentación SINDICAL en la SECCIÓN PUEBLA, exhibiendo los
nombramientos y procesos democráticos directos sindicales.
TERCERO; pido se me informe con material físico (documentos certificados), conforme al
estatuto que rige a la SUTERM, cuál es la función de los miembros de nombre […]Y […],[…]
dentro de la representación SINDICAL EN LA SECCIÓN PUEBLA, exhibiendo sus
nombramientos y selección directa sindical.
CUARTO; pido se me informe con material físico (documentos certificados), conforme al
1
Disponible para su consulta en: https://home.inai.org.mx/wp-content/documentos/AcuerdosDelPleno/ACT-PUB-30-
03-2023.07.pdf
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Expediente: RRA 8886/23
Sujeto obligado: Sindicato Único de
Trabajadores Electricistas de la República
Mexicana
Folio de la solicitud: 330047723000032
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
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estatuto que rige a la SUTERM, a Través de la COMISIÓN ELECTORAL del presente
sindicato, de un periodo del 2019, al 2023, los procesos democráticos internos de selección
directa SINDICAL.
QUINTO: PIDO SE ME INFORME, QUE CARGO DESEMPEÑA EL C.
[…], ANTE EL SINDICATO. SE INFORME SUELDO QUE PERCIBE
Y HORARIOS DE TRABAJO.
SE ME INFORME QUIÉN DESIGNO SU CARGO, CON FECHA Y HORA
ANTE LA REPRESENTACIÓN SINDICAL. (sic)
3. Respuesta a la solicitud. El diecinueve de junio de dos mil veintitrés, el sujeto
obligado a través de la Plataforma Nacional de Transparencia le notificó a la parte
recurrente la respuesta, en los siguientes términos:
Respuesta: Nos permitimos adjuntar el archivo ZIP que contiene la Respuesta Integral a la
solicitud con folio 330047723000032, el cual contiene los documentos nombrados:
UT-88-2023-SUTERM. Respuesta a la solicitud
Anexo 1. Respuesta de la Secretaria de Organización
Anexo 2. Respuesta de la Coordinación Regional Centro Oriente. (sic)
Archivo adjunto de repuesta: documento_adjunto_respuesta_330047723000032.pdf
El archivo adjunto contiene los documentos siguientes:
a) Oficio número UT-88-2023-SUTERM del diecinueve de junio de dos mil
veintitrés, emitido por la Unidad de Transparencia del sujeto obligado y dirigido
a la persona solicitante, en los siguientes términos:
“…
En atención a la solicitud de información recibida en las instalaciones del Sindicato Único de
Trabajadores Electricistas de la República Mexicana (SUTERM) la cual fue registrada en la
Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) e identificada con el número de folio
330047723000032, en la que nos requiere:
[Se cita la solicitud de información de mérito]
Nos permitimos comunicarle que, hemos analizado la información que nos solicita,
identificando que podría encontrarse en más de un área, por lo que en apego a los artículos
(https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGTAIP_200521.pdf) y artículo 133 de la Ley

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