Resolución con número de expediente RRA 8098 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales

Número de expedienteRRA 8098
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Josefina Román Vergara
RRA 8098/23
Secretaría de Economía
Información relacionada con informes técnicos y de ejecución sobre las obras y trabajos de exploración de una concesión
minera
Determinó modificar la respuesta del sujeto obligado, a
efecto entregue a la persona recurrente la versión pública
de las documentales requeridas, y a través del Comité de
Transparencia emita la resolución debidamente fundada y
motivada que confirme la misma.
Una persona en relación con la concesión minera número
218682, Lote "La Prieta", ubicación Talpa de Allende,
Jalisco, cuyo titular actual Minera Cedros S.A. de C.V., se
solicitó los informes técnicos y de ejecución sobre las
obras y trabajos de exploración que se hayan presentado
desde hace 10 años a la Dirección General de Minas.
En respuesta el sujeto obligado señaló que la información
solicitada tiene el carácter de confidencial de conformidad
con el artículo 113 fracciones I, II, y III de la Ley Federal
de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
La persona solicitante se inconformó por la
clasificación de la información.
Expediente: RRA 8098/23
Sujeto obligado: Secretaría de Economía
Folio de la solicitud: 330025923000812
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
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VISTO el estado procesal del expediente del recurso de revisión citado al rubro,
interpuesto ante este Instituto, se procede a dictar la presente resolución con base en los
siguientes: RESULTANDOS
1. Acuerdo de Suspensión de Plazos. El treinta de marzo de dos mil veintitrés, el Pleno
de este Instituto emitió el Acuerdo ACT-PUB/30/03/2023.07 que entró en vigor al
momento de su aprobación, por medio del cual se estableció que se suspenden los
plazos y términos a partir del diez de abril de dos mil veintitrés, para la emisión de las
resoluciones de los medios de impugnación cuya aprobación sea de la exclusiva
competencia del Pleno, hasta que esté en aptitud de volver a sesionar válidamente,
respecto de lo cual, se destaca que no se interrumpen los plazos y términos para
sustanciar y poner en estado de resolución los medios de impugnación.
2. Solicitud de información. El cuatro de mayo de dos mil veintitrés, a través de la
Plataforma Nacional de Transparencia, una persona presentó la solicitud de acceso a la
información pública ante la Secretaría de Economía, requiriendo lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega: Entrega a través del portal PNT
Descripción de la solicitud de información: 1.- SE PROPORCIONE INFORMES
TECNICOS SOBRE LAS OBRAS Y TRABAJOS DE EXPLORACION, REALIZADOS DESDE
HACE 10 AÑOS A LA FECHA ACTUAL QUE HUBIERE INFORMADO A LA DIRECCION
GENERAL DE MINAS EL TITULAR DEL TITULO DE CONCESION MINERA NUMERO
218682.
2.- SE PROPORCIONE INFORMES DE LA EJECUCION DE OBRAS Y TRABAJOS DE
EXPLORACION Y/O EXPLOTACION, REALIZADOS DESDE HACE 10 AÑOS A LA FECHA
ACTUAL QUE HUBIERE INFORMADO A LA DIRECCION GENERAL DE MINAS EL
TITULAR DEL TITULO DE CONCESION MINERA NUMERO 218682. (sic)
Otros datos para facilitar su localización. “TITULO DE CONCESION MINERA NUMERO
218682, LOTE "LA PRIETA", UBICACION TALPA DE ALLENDE, JALISCO, TITULAR
ACTUAL MINERA CEDROS SA DE CV.” (sic)
3. Prórroga para responder la solicitud. El dos de junio de dos mil veintitrés, el sujeto
obligado notificó a la parte solicitante una prórroga para responder a la solicitud de
información, en los términos siguientes:
Expediente: RRA 8098/23
Sujeto obligado: Secretaría de Economía
Folio de la solicitud: 330025923000812
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
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Las razones que motivan la prórroga son: En atención a su Solicitud de Acceso a la
Información con número de folio 330025923000812 recibida en el marco de la Ley General
de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), y la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP), y con fundamento en los artículos
135 de la LFTAIP y 132 de la LGTAIP, nos permitimos hacer de su conocimiento que se
solicitó una prórroga para la atención de la solicitud de información, toda vez que el área
competente se encuentra realizando una búsqueda exhaustiva y razonable de la información
solicitada” (sic)
Archivo: Prorroga 330025923000812.pdf (sic)
4. Respuesta a la solicitud. El diecinueve de junio de dos mil veintitrés, el sujeto
obligado, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, notificó la respuesta a la
solicitud de mérito, en los términos siguientes:
Descripción de la Respuesta: Se adjunta respuesta, mediante la cual se da atención a la
presente solicitud de acceso a la información, en donde se describe el motivo del daño de
divulgar la información; misma que será sometida a consideración del Comité de
Transparencia de la Secretaría de Economía; Usted podrá consultar el acta de la Sesión del
Comité de Transparencia que corresponda una vez que se encuentre publicada en la
siguiente liga: https://www.economia.gob.mx/files/transparencia/gobmx/actascomite.html
Archivo adjunto de la respuesta: documento_adjunto_respuesta_330025923000812
El archivo adjunto contiene el oficio número UCAE.DIM.600.084.2023, del veinticuatro
de mayo de dos mil veintitrés, suscrito por la Directora de Área en la Dirección de
Informes Mineros de la Unidad de Coordinación de Actividades Extractivas, y dirigido al
Titular de la Unidad de Apoyo Jurídico y de la Unidad de Transparencia Secretaría de
Economía, en el cual se manifestó lo siguiente:
“…
Se hace referencia a la solicitud de información número 330025923000812, mediante la cual
se requiere lo siguiente:
[Se cita la solicitud de información en mérito]
De la búsqueda exhaustiva y razonable en los archivos que obran en esta Dirección General

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