Resolución con número de expediente RRA 2352 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 22-03-2023

Sentido del falloREVOCA
Año2023
Fecha22 Marzo 2023
Número de expedienteRRA 2352
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Norma Julieta del Río Venegas RRA 2352/23 Procuraduría Agraria
Requirió copia digitalizada de la entrega- recepción de
la solicitud y los documentos adjuntos enviados el 04 de
enero de 2023, de la documental de fecha 14 de
diciembre de 2022.
El sujeto obligado a través de la Procuraduría A graria en
Yucatán la cual señaló que remite los acuses respectivos
y que obran en los archivos informáticos de dicha
Representación en Yucatán
La pers ona requ irente se inconformó por la entreg a de
información que no corresponde con lo solicitad o.
Revoca e instruye a efecto de que entregue copia
digitalizada de la entrega - recepción en pdf de la
documental entregada el 04 de ener o de 2023, respecto
de la documental de fecha14 de diciem bre de 2022 y sus
anexos, al Procurador Agrario, el Subprocurador
General, el Director General Jurídico y de
Representación Agraria y, el titular de la Unidad de
Transparencia de la Procuraduría Agraria
Instituto Nacional de Transparencia,
Acceso a la Información y Protección
de Datos Personales
Sujeto Obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Procuraduría Agraria
Folio de la solicitud: 330024123000008
Número de expediente: RRA 2352/23
Comisionado Ponente: Norma Julieta del Río
Venegas
1
Visto el expediente relativo al recurso de revisión interpuesto ante este Instituto, se
procede a dictar la presente resolución con base en los siguientes:
ANTECEDENTES
I. El 03 de noviembre de 2022, se presentó una solicitud de acceso a información
pública, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, mediante la cual se
requirió a la Procuraduría Agraria, lo siguiente:
Medio para recibir notificaciones:
Correo electrónico
Modalidad preferente de entrega de información:
Otro medio incluido los electrónicos
Otro medio de entrega:
Correo electrónico, misma cuenta e-mail que viene asentada en esta solicitud
registrada en la PNT.
Descripción clara de la solicitud de información:
SOLICITUD DE ACCESO A INFORMACIÓN
Sujeto Obligado 1: Procuraduría Agraria (PA)
Sujeto Obligado 2: Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán
Ejerciendo mi derecho de acceso a información, lo cual me permite conocer
documentos generados, obtenidos, adquiridos, transformados o, en general cualquier
otro que se encuentren en posesión de los sujetos obligados que, en este caso en
particular vienen siendo el Organismo denominado Procuraduría Agraria (PA) y la
Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán (CODEHY),
SOLICITÁNDOLES A CADA UNO DE ÉSTOS, COPIA DIGITAL EN VERSIÓN O
FORMATO PDF DE DOCUMENTAL DE FECHA 14 DE DICIEMBRE DE 2022 CON
ACUSE DE RECIBIDO POR PARTE LAS CADA UNA DE LA ÁREAS
CORRESPONDIENTES luego de que fuere consumado de manera exitosa la entrega-
recepción por la vía desde mi cuenta de correo electrónico personal hacia la cuenta de
correo electrónico institucional de servidores públicos de la Procuraduría Agrario y de
la CODEHY de conformidad a las manifestaciones vertidas en escrito que acompaña
al correo electrónico antes aludido, mismos que encontrarán dispuestos en archivo
electrónico único en formato pdf que pueden identificar con el nombre de SOLICITUD
OK PA Y CODHEY.- DOCUMENT ENVIADA 04ENE2023
Asimismo, en aras de lograr el acceso a información pública mediante procedimientos
sencillos y expeditos, es imperante dejar constancia de:
Medio para recibir NOTIFICACIONES (1A): Correo electrónico;

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