Resolución con número de expediente RRA 1262 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 15-03-2023

Sentido del falloMODIFICA
Fecha15 Marzo 2023
Año2023
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Número de expedienteRRA 1262
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona con la única
finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
RRA 1262/23
Fiscalía General de la República
Información relacionada con el caso Colosio.
Determinó modificar la respuesta del sujeto obligado, a
efecto de que entregue versión íntegra de las
documentales que ya se han hecho públicas, así como de
la versión pública de los documentos en los que proceda
la misma.
Josefina Román Vergara
Una persona solicitó diversa información relacionada con
el asesinato de Luis Donaldo Colosio Murrieta.
En respuesta el sujeto obligado la clasificó como
información reservada, de conformidad con lo establecido
en la fracción VII y XII del artículo 110 de la Ley Federal
de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
La persona solicitante se inconformó con la clasificación
aludida por el sujeto obligado.
Expediente: RRA 1262/23
Sujeto obligado: Fiscalía General de la
República
Folio de la solicitud: 330024622003472
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
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VISTO el estado procesal del expediente del recurso de revisión citado al rubro,
interpuesto ante este Instituto, se procede a dictar la presente resolución con base en
los siguientes: RESULTANDOS
1. Solicitud de información. El catorce de noviembre de dos mil veintidós, a través de
la Plataforma Nacional de Transparencia, una persona presentó la solicitud de acceso a
la información pública ante la Fiscalía General de la República, requiriendo lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega: Entrega a través del portal PNT
Descripción de la solicitud de información: Copia electrónica de las siguiente
documentación :
1. Los 5 discos compactos que integran el sistema de consulta de archivos de la
subprocuraduría especial del caso Colosio.
2. Los 4 discos con el título “Vida Longitudinal de Mario Aburto Martínez”.
3. Las imágenes de las dos videocasetes que se titulan “Hubo o no hubo un segundo
disparador”.
4. Las imágenes de las dos videocasetes que titulan: “Investigación Colosio”.
5. El texto digitalizado titulado “Investigación del Homicidio de Luis Donaldo Colosio Murrieta”.
Copia electrónica de la documentación contenida en la caja que remitió la PGR en el acta
mediante acta 04, del siete de noviembre de 2001, por considerar que debían ser preservados
por su relevancia histórica. Lo anterior, toda vez que dicho material se refiere a los hechos
relacionados con el homicidio de “Luis Donaldo Colosio Murrieta” (sic)
Otros datos para facilitar su localización: Todos los documentos se encuentran en el
Archivo General de la Nación.” (sic)
Archivo adjunto a la solicitud: documento_adjunto_solicitud_330024622003472”.
La persona solicitante adjuntó a su solicitud de información, el oficio número
UT/556/2022, de fecha cinco de septiembre de dos mil veintidós, suscrito por la Unidad
de Transparencia, adscrita al Archivo General de la Nación, y dirigido a una persona
solicitante de información pública, mediante el cual se da respuesta a una solicitud de
acceso diversa a la que nos ocupa.
Expediente: RRA 1262/23
Sujeto obligado: Fiscalía General de la
República
Folio de la solicitud: 330024622003472
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
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2. Requerimiento de información adicional. El diecisiete de noviembre de dos mil
veintidós, el sujeto obligado requirió al solicitante, que precisara su solicitud de
información en los siguientes términos:
“…
Con fundamento en lo establecido en el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos (CPEUM); 1°, 2, 61, 121, 134 y 135 de la Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información Pública (LFTAIP); así como el Acuerdo A/072/16, por el cual se crea
la Unidad de Transparencia y Apertura Gubernamental, con relación a su solicitud de acceso
a la información, la cual dirigió a la Fiscalía General de la República, consistente en:
[Se cita la solicitud de información de mérito]
Al respecto y derivado del análisis realizado a su solicitud, se desprende que requiere
información que obra en los acervos documentales del Archivo General de la Nación ,
toda vez que es la institución encargada preservar, incrementar y difundir el patrimonio
documental de la Nación. Lo anterior, de conformidad con el artículo 104 de la Ley General
de Archivos.
En tal virtud, se sugiere dirigir su requerimiento ante ese Sujeto Obligado a través del Sistema
de Solicitudes de Acceso a la Información de la Plataforma Nacional de Transparencia, en el
siguiente hipervínculo:
http://www.plataformadetransparencia.org.mx/
Finalmente, acorde a lo dispuesto en el artículo 129 de la LFTAIP y en caso de requerir
información en posesión de esta Fiscalía General de la República, resulta necesario que
señale la nomenclatura del documento (averiguación previa y/o carpeta de investigación) de
su interés, así como la unidad administrativa que pudiera tener la información, conforme a
las atribuciones y funciones previstas en los artículos 102 apartado A, de la CPEUM y 10 de
la Ley de la Fiscalía General de la República, es decir, la de investigación y persecución
de delitos federales.
…” (sic)
3. Desahogo al requerimiento. El diecisiete de noviembre de dos mil veintidós, la parte
solicitante desahogó el requerimiento de información adicional, en los términos
siguientes:

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