Resolución con número de expediente RRA 13257 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 01-11-2022

Sentido del falloMODIFICA
Fecha01 Noviembre 2022
Año2022
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Número de expedienteRRA 13257
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Blanca Lilia Ibarra Cadena
RRA 13257/22
Instituto Politécnico Nacional
La persona solicitante requirió mediante entrega a
través de la Plataforma Nacional de Transparencia,
de todas las dependencias politécnicas del sujeto
obligado que le informaran sobre Teresa Benavides
Durán, lo siguiente: Las horas que tiene asignadas,
con su categoría y fechas de asignación, los
procesos en los cuales participó, si obtuvo o no
asignación de horas y fecha de cada proceso y el
documento probatorio de su participación haya
tenido asignación de horas o no.
En respuesta, el sujeto obligado informó que
después de realizar una búsqueda localizó la
información sobre Teresa Benavides Durán,
respecto de las horas que tiene asignadas, con su
categoría y fechas de asignación, los procesos en los
cuales participó y la documentación probatoria de su
participación haya tenido asignación de horas o no;
por lo que la puso a disposición previa cita ante la
Unidad de Transparencia, proporcionando los datos
de contacto y asimismo señaló que la información
podría ser entrega en copia simple siendo gratuitas
las primeras veinte fojas, o bien, en disco compacto
o memoria USB, previo pago de los costos.
Inconforme, la parte recurrente interpuso recurso de
revisión, a través del cual se agravió por el cambio
de modalidad.
MODIFICAR, la respuesta del sujeto obligado.
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
1
Ciudad de México, a uno de noviembre de dos mil veintidós.
Resolución que MODIFICA la respuesta del sujeto obligado, en atención a lo
siguiente: ANTECEDENTES:
I. Solicitud de información. El uno de agosto de veintidós, se presentó una solicitud
de acceso a la información al sujeto obligado, en los siguientes términos:
“Descripción de la solicitud de información: Solicitud dirigida a todas las dependencias
politécnicas. Indicar de la C. Teresa Benavides Durán las horas que tiene asignadas, con
su categoría y fechas de asignación. Indicar en qué procesos participó haya tenido
asignación de horas o no, indicar le fecha de cada proceso. Proporcionar en versión
pública los documentos probatorios de su participación haya tenido asignación de horas
o no.
Otros datos para su localización: Solicitud dirigida a todas las dependencias
politécnicas.
Medio de Entrega: A través del sistema de solicitudes de acceso a la información de la
PNT” (sic)
II. Respuesta. El veintinueve de agosto de dos mil veintidós, el sujeto obligado, a
través de la Plataforma Nacional de Transparencia, mediante el oficio sin número, de
misma fecha de envió y emitido por la Unidad de Transparencia en los términos
siguientes:
“…
En atención a su solicitud de acceso a la información, en la cual pidió:
(Se transcribe solicitud)
Con relación a lo requerido en el único punto de su petición, se hace de su conocimiento
que se realizó la búsqueda con carácter exhaustivo y con un criterio amplio y razonable
en los archivos físicos y electrónicos de la Secretaría de Administración, así como la
Unidad Profesional Interdisciplinaria de Ingeniería y Ciencias Sociales y Administrativos
del Instituto Politécnico Nacional, y se localizó la información vinculada con la información
requerida en su solicitud de acceso a la información.
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
2
Por lo anterior, se pone a disposición la información ante la Unidad de Transparencia, con
el fin de que agende una cita y para realizar la entrega de la información la cual atiende la
solicitud de mérito.
Medios de comunicación Unidad de Transparencia
-Correo electrónico: acceinfo@ipn.mx.
-Teléfono 55-57-29-60-00 ext. 51915/50088/51904.
Modalidad de entrega.
La modalidad de entrega puede ser a través de copia simple (las primeras 20 fojas son
gratis, rebasando esta cantidad, el costo por foja es de $1.00), Disco Compacto (con un
costo de $10.00) o memoria USB.
Fundamento.
Lo anterior, conforme a los artículos 135 y 144, de la LFTAIP2.
Procedimiento de impugnación
La respuesta otorgada podrá ser impugnada en términos del artículo 142 de la Ley
General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 147 de la LFTAIP, mediante
recurso de revisión ante el Organismo garante que corresponda o ante la Unidad de
Transparencia de este Órgano Administrativo Desconcentrado.
…” (sic)
III. Recurso de revisión. El cinco de septiembre de dos mil veintidós, se recibió en
este Instituto, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, el recurso de
revisión interpuesto en contra de la respuesta emitida por el sujeto obligado, en los
términos siguientes:
“Actos que se recurre y puntos petitorios: Para que mi derecho de acceso a la
información pública sea ejercido plenamente, se solicita la entrega de la información a
través de un enlace de Microsoft OneDrive, W eTransfer o alguna aplicación similar al
alcance del IPN.
Medio de Notificación: Correo electrónico” (sic)

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