Resolución con número de expediente RRA 14662 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 09-02-2022

Sentido del falloCONFIRMA
Número de expedienteRRA 14662
Fecha09 Febrero 2022
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud:
Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Folio de la solicitud: 330030921000262
Expediente: RRA 14662/21
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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Ciudad de México, a nueve de febrero de dos mil veintidós.
VISTO: El estado que guarda el expediente identificado con el número RRA 14662/21
relativo al recurso de revisión señalado al rubro, el cual se interpuso en contra de la
respuesta emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se formula
resolución en atención a los siguientes:
R E S U L T A N D O S
I.- El dieciocho de noviembre de dos mil veintiuno, a través de la Plataforma Nacional de
Transparencia, la parte interesada requirió, en formato electrónico gratuito, lo
siguiente:
Descripción clara de la solicitud de información: ¿De cuántas horas consta la jornada
laboral en la CNDH? ¿En que horarios se da cumplimiento a dicha jornada laboral? ¿Cuál
es el horario diurno de la CNDH? En caso de que existan jornadas laborales de más de 8
horas, ¿Cuál es el procedimiento administrativo por medio del cual se pagan las horas
extras? ¿cuánto recurso económico se tiene contemplado para el pago de horas extras para
el ejercicio 2022? ¿Cuánto dinero se ha erogado respecto de horas extras pagadas durante
los años 2020 y 2021? ¿que herramientas utilizan para salvaguardar los derechos laborales
de las personas que laboran en la CNDH? En el caso de las personas deben dejar sus
domicilios por atender comisiones oficiales, cuyas jornadas superen las 8 horas continuas
¿Qué medidas implementan para proteger los derechos laborales respecto a jornadas
laborales, el pago de horas extras e incentivos que se aplican? ¿Respecto de la información
solicitada, se considera que la CNDH cumple de manera plena con el respeto y garantía de
los derechos de las personas que laboran en dicha institución? (sic)
II.- El dieciséis de diciembre de dos mil veintiuno, a través de la Plataforma Nacional de
Transparencia, mediante oficio alfanumérico CNDH/P/UT/2010/2021, de misma fecha a
Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud:
Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Folio de la solicitud: 330030921000262
Expediente: RRA 14662/21
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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la de presentación, suscrito por el Director de Transparencia, dirigido al solicitante, el
sujeto obligado notificó la respuesta siguiente:
Me refiero a su solicitud de acceso a la información, registrada en la Unidad de
Transparencia de esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos con el número folio
de la Plataforma Nacional de Transparencia de referencia, misma que a la letra dice:
(Transcripción íntegra de la solicitud de información de mérito)
Al respecto, con fundamento en los artículos 131 de la Ley General de Transparencia y
Acceso a la Información Pública (LGTAIP) y 133 de la Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información Pública (LFTAIP), Su solicitud de acceso a la información fue
turnada a la Coordinación General de Administración y Finanzas de esta Comisión
Nacional, por lo que después de haber realizado una búsqueda exhaustiva en nuestros
archivos, se informa lo siguiente:
“De cuántas horas consta la jornada laboral en la CNDH? ¿En que horarios se da
cumplimiento a dicha jornada laboral?”
El horario de trabajo del personal se encuentra establecido en numeral 4.1.14.4 de los
Lineamientos Generales para la Administración de Recursos, que a letra dice:
La jornada de trabajo será de lunes a viernes de las 9:00 a las 18:30 horas, con un horario
para tomar alimentos de 14:30 a 16:00 horas. Queda bajo la responsabilidad de los titulares
de cada área el establecimiento de jornadas laborales distintas. Están exceptuados de esta
jornada quienes realicen funciones los sábados, domingos y días festivos, en este caso se
ajustarán a la jornada que determine el titular de la Unidad Responsable.
“¿Cuál es el horario diurno de la CNDH? En caso de que existan jornadas laborales
de más de 8 horas, ¿Cuál es el procedimiento administrativo por medio del cual se
pagan las horas extras? ¿cuánto recurso económico se tiene contemplado para el
pago de horas extras para el ejercicio 2022? ¿Cuánto dinero se ha erogado respecto
de horas extras pagadas durante los años 2020 y 2021?”
Se informa que en esta Comisión Nacional no se cuenta con horario diurno ni modalidad de
horas extras.
“¿que herramientas utilizan para salvaguardar los derechos laborales de las
personas que laboran en la CNDH?”

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