Resolución con número de expediente RRA 9228 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 21-09-2022

Sentido del falloREVOCA
Número de expedienteRRA 9228
Fecha21 Septiembre 2022
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE
DATOS PERSONALES
RESUMEN PARA LA CIUDADANÍA
La parte solicitante requirió la hoja de servicios de un
militar retirado.
El sujeto obligado clasificó como confidencial el
pronunciamiento que se realice respecto de la hoja de
servicios de la persona solicitada, en términos del en
términos del artículo 113, fracción I de la Ley Federal
de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
La parte recurrente se inconformó por la
clasificación aludida.
Revocar la respuesta del sujeto obligado.
Hoja de servicios.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona con la única
finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Esta resolución puede ser impugnada, por la persona solicitante, ante el Poder Judicial de la Federación.
MOTIVO DE LA INCONFORMIDAD EL INAI RESOLVIÓ
INFORMACIÓN RELACIONADA
Josefina Román Vergara
COMISIONADA
RRA 9228/22
EXPEDIENTE
Secretaría de la Defensa Nacional
INSTITUCIÓN QUE
RECIBIÓ LA SOLICITUD
INFORMACIÓN SOLICITADA RESPUESTA RECIBIDA
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Expediente: RRA 9228/22
Sujeto obligado: Secretaría de la Defensa
Nacional
Folio de la solicitud: 330026422001596
Comisionada Ponente: Josefina Román
Vergara
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VISTO el estado procesal del expediente del recurso de revisión citado al rubro,
interpuesto ante este Instituto, se procede a dictar la presente resolución con base en los
siguientes:
RESULTANDOS
1. Solicitud de información. El dieciséis de mayo de dos mil veintidós, a través de la
Plataforma Nacional de Transparencia, una persona presentó la solicitud de acceso a la
información pública ante la Secretaría de la Defensa Nacional, requiriendo lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega: Entrega a través del Portal.
Descripción de la solicitud de información: Adjunto solicitud formato Word. (sic)
La parte recurrente adjuntó un escrito libre, en los términos siguientes:
Solicito copia de la Hoja de Servicios del general retirado Felipe de Jesús Espitia Hernández,
quien fue comandante de la V zona militar ubicada en Chihuahua, coordinador de asesores,
entre otros puestos.
sin que esta contenga datos personales que pongan en riesgo su integridad o la de sus
consanguíneos.” (Sic)
2. Respuesta a la solicitud. El seis de junio de dos mil veintidós, el sujeto obligado, a
través de la Plataforma Nacional de Transparencia, notificó la respuesta a la solicitud de
mérito, en los términos siguientes:
Descripción de la Respuesta: Cualquier pronunciamiento que se realice de la persona
citada en la solicitud de acceso, es de carácter confidencial, toda vez que implica una
afectación a la esfera privada y que el único facultado para autorizar su difusión es el titular
del derecho. (Sic)
El sujeto obligado adjuntó los documentos siguientes:
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Expediente: RRA 9228/22
Sujeto obligado: Secretaría de la Defensa
Nacional
Folio de la solicitud: 330026422001596
Comisionada Ponente: Josefina Román
Vergara
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a) Hoja de respuesta, emitida por el Titular de la Unidad de Transparencia, en los
términos siguientes:
“…
SE HACE DE SU CONOCIMIENTO QUE ESTA SECRETARÍA, SE ENCUENTRA
JURÍDICAMENTE IMPOSIBILITADA PARA EMITIR PRONUNCIAMIENTO RESPECTO A
SU CUESTIONAMIENTO; EN TAL SENTIDO, SE CLASIFICA COMO CONFIDENCIAL LA
INFORMACIÓN QUE PUEDA EMITIR DE UNA PERSONA PLENAMENTE IDENTIFICADA
O IDENTIFICABLE, ANEXÁNDOLE LA RESOLUCIÓN DE INFORMACIÓN
CONFIDENCIAL EMITIDA POR EL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE ESTA
SECRETARÍA.
…” (Sic)
b) Resolución número CT/RIC/001596/147-2022, de fecha primero de junio de dos
mil veintidós, emitida por los integrantes del Comité de Transparencia, en los
términos siguientes:
“… RESULTANDOS
I. - Con el fin de cumplir con el principio de máxima publicidad y atender en sus extremos la
solicitud de acceso a la información, la Unidad de Transparencia de esta Secretaría, la
remitió a la Dirección General de Archivo e Historia con fundamento en los artículos 1/o.,
3/o., 5/o., 6/o., 7/0. fracción VII, letra “Q” 59 y 60, del Reglamento Interior de la Secretaría
de la Defensa Nacional.
II- El área administrativa informó a este Comité de Transparencia, que clasificó como
confidencial cualquier pronunciamiento referente a proporcionar la hoja de servicios de la
persona citada en la solicitud de acceso, toda vez que, únicamente el titular de los datos
personales que obran en el referido documento, es el facultado para autorizar su difusión.
III.- Este Órgano Colegiado revisó las constancias del expediente en el que se actúa, con el
objeto de contar con los medios de convicción necesarios para el pronunciamiento de la
presente resolución, con base a los siguientes.

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