Resolución con número de expediente RRA 2203 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 25-10-2016

Sentido del falloREVOCA
EmisorPEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN
Fecha25 Octubre 2016
Número de expedienteRRA 2203
Año2016
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
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Dependencia o Entidad: Pemex Exploración
y Producción
Folio de la
solicitud:
1857500141316
Expediente: RRA 2203
/1
6
Ponente: Rosendoe
vg
ueni Monterrey Chepov
Visto el expediente relativo
al
recurso de revisión interpuesto ante este
In
stituto, se
pro
ce
de a dictar la presente reso
lu
ción
co
n base en los sig
ui
entes:
ANTECEDENTES
1. Con fecha seis de septiembre de dos mi l dieciséis, la particular presentó
un
a
soli
ci
t
ud
de acceso a info
rma
ción, mediante
la
Plataforma Nacional de
Transparencia, a la que le correspondió el folio número 1857500141316, ante la
Unidad de Transparencia de Pemex Exploración y Producción. req uiriendo lo
siguiente:
Modalidad
pr
efere
nt
e
de
entrega de i
nform
ació
n:
"Entrega
po
r Internet en
te
PNT" (sjc)
Descripción
clara do la
so
li
ci
tud
de
información
:
'Copia en versión electrónica de
los
montos de viáticos ejercid
os
por
el
delegado de esa
dependencia en
el
estado de
Ta
ba
sco durante el periodo del año 2013
al
año 20
16
,
desglosado
por
año, rubros de gastos usados, lugar
al
que
se
asistió, dlas de estancia
en
e/ lugar visttado y motivo de
la
visita"
(ste)
2. Con fecha siete de septiembre de dos mil diecii
s.
la
Un
id
ad
de Transparencia
de Pemex E
xp
loración y Producción no
ti
fi
có a la particula
r,
mediante la Plataforma
Nacional de
Tr
ansparencia, la respuesta a su solicit
ud
de acceso a información, en
los térm
in
os sig
ui
entes :
"En alcance a la solicttud
re
ctbida con
No.
de Folio 185750
01
41316
. dirigida a la Unidad
de
en
lace de PEM
EX
EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, el día
06
/
09
12016, nos
pemliltmos hacer de su conocimiento que:
La
información solicitada no es competencia de esta dependencia o en
ti
dad.
Con base en lo previsto en la Ley General de Transparencia y A
cceso
a la Información
blica, y de
acuer
do a la información que
soli
cita, le sugerimos que acuda con la
Unidad
de
!E
nl
ace de
Pe
me
x Exploración y Producción no
es
una
de
pendencia que cuente con Delegado en
el
!Estado
de Tabasco, razón
por/a
cual no es competente para atender su solicitud. Por
anterior le sugerimos presente
su
solicitud en las diversas dependencias del Ejecutivo
Federal que cue
nt
an
con Deleg
ad
o
en
la entidad mencionada.
Fecha de
Apli
cació
n
de
la Re
sp
uesta:
0710912016
18:35:
06'(siC)
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Dependencia o Entidad: Pemex Exploración
y Producción
Folio de la
solicitud:
1857500141 316
Expediente: RRA 2203/
16
Ponente: Rosendoevgueni Monterrey Chepov
3. Con fecha doce de septiembre de dos mil dieciséis, se recibió en este Instituto
el
recurso de
revis1ón
interpuesto por la particular, en contra de la respuesta emitida
por
Pe
mex Explorac
n y Producción. en los rminos siguientes:
Acto
que
se
recurre
y
punto
s
petitorios
:
·recurso
der
rewsion. ya que
el
sujeto obligado
me
ni
ega
la
infotmacton solic
tt
ede" (sic/
4. Con fecha doce de septiembre de dos mil dieciis,
la
Comisionada Presidenta
de este Instituto asignó el número de e
xp
ediente RRA 2203/16 al recurso de revisión
y, con base en el sistema aprobado por el
Pl
eno, lo turnó al Comisionado Ponente
Rosendoevguenl Mo
nterrey
Chepov
, para los efectos de los articules 150,
fracción 1 de la Ley General de
Tr
ansparencia y Acceso a la Información Publica. y
156, fracción 1 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la
Información
Pública.
5. Con fecha catorce de septiembre de dos mil dieciséis, la Secretaria de Acuerdos
y Ponencia de Acceso a
la
Infor
ma
ción de conformidad con los acuerdos Segundo
y Tercero, fracc1ones V, VIl y X dei "Acuerdo mediante el cual se confieren funciones
a los Secretarios de Acuerdos y Ponencia para coadyuvar con los
Com1s
ionados
Ponentes en la sustanc
ia
ción de los medios de impugnación competencia del
Instit
ut
o
",
aprobado el tres de agos
to
de dos mil dieciséis y publicado en el Diario
Ofic
ia
l de la Federación el veintic
in
co de agosto del mismo
ar'\o,
acordó admitir a
trámite el recurso de revisión interpuesto por la recurrente, con fundamento en el
articulo 156, fracción 1 de
la
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública.
Asimismo, puso a disposicn de las partes el expediente del recurso de revisión
que nos ocupa, con la finalidad de que manifestaran lo que a su derecho convi
ni
era
y formularan alegatos. dentro del plazo de siete as hábiles: lo anterior de acuerd9
a lo establecido en el articulo 156. fracciones
11
y
IV
, de la Ley Federal ife
Transparencia y Acceso a
la
Información Pública.
6. Con fecha quince de septiembre de dos mil
di
eci
is
, a t
ra
vés de
corr-
/
electrónico, con fundamento en el articulo 156 de la Ley Federal de Transparenda
y Acceso a
la
Información Pública. se notificó a
la
recurrente
la
admisión del recurso
de revisión interpuesto, otorgándole un plazo no mayor a siete as hábiles contados
a partir del dia siguien
te
hábil en el que se le notificara, para que
hi
ciera valer su
derecho a formular alegatos ante este Institu
to.
2
/

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