Resolución con número de expediente RRA 1238 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 17-03-2021

Sentido del falloSOBRESEE
EmisorPROCURADURÍA AGRARIA
Fecha17 Marzo 2021
Número de expedienteRRA 1238
Año2021
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Dependencia o Entidad: Procuraduría Agraria
Folio de la solicitud: 1510500025420
Expediente: RRA 1238/21
Ponente: Rosendoevgueni Monterrey Chepov
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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Visto el expediente relativo al recurso de revisión interpuesto ante este Instituto, se
procede a dictar la presente resolución con base en los siguientes:
ANTECEDENTES
1. Con fecha veintiuno de diciembre de dos mil veinte, el particular presentó una
solicitud de acceso a la información, mediante la Plataforma Nacional de
Transparencia, a la que correspondió el folio número 1510500025420, ante la
Unidad de Transparencia de la Procuraduría Agraria, requiriendo lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega de información:
“Entrega por Internet en la PNT”
Descripción clara de la solicitud de información:
Por esta vía solicito lo siguiente
1.Copia del Convenio para el Programa Regional de Ordenamiento Territorial en la zona
del Sureste, suscrito el 20 de diciembre de 2020 en la ciudad de Tulum, Quintana Roo.
(Nota Si el nombre provisto no es exacto, considerar el que sea referido en
comunicaciones oficiales del gobierno federal y de las secretarias federales
involucradas y/o de los gobiernos estatales que lo firmaron).
2. Artículos y fracciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento
Territorial y Desarrollo Urbano aplicables para el Programa Regional de Ordenamiento
Territorial del Sureste.
3.Índice o listado de asuntos que serán abordados en el Programa Regional de
Ordenamiento Territorial del Sureste.
4.Listado de municipios de Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán que
serán considerados en el marco del Programa Regional de Ordenamiento Territorial del
Sureste.
5.Mecanismos y procedimientos que se están previendo para cumplir con el principio V.
Participación democrática y transparencia, previsto en el artículo 4 de la Ley General
de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, que les
obliga a proteger el derecho de todas las personas a participar en la formulación,
seguimiento y evaluación de las políticas, planes y programas que determinan el
desarrollo de las ciudades y el territorio. Para lograrlo se garantizará la transparencia y
el acceso a la información pública de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley
y demás legislación aplicable en la materia.
6.Identificación y, en caso de haberla, caracterización de las personas, grupos, pueblos
o comunidades, de los cinco estados, que podrán ejercer su derecho a la participación
informada en la elaboración del Programa Regional de Ordenamiento Territorial del
Dependencia o Entidad: Procuraduría Agraria
Folio de la solicitud: 1510500025420
Expediente: RRA 1238/21
Ponente: Rosendoevgueni Monterrey Chepov
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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Sureste; así como universo de mecanismos y procedimientos previstos para ello por
quienes suscribieron el Convenio.
7.Documentación y/o información pública, bajo su resguardo y en el ámbito de su
competencia, relacionada con el ordenamiento territorial en la región de los cinco
estados así como con los temas agrarios, ambientales, rurales y urbanos que se
consideren en el mismo.
8.Marco jurídico del orden federal, general, estatal y municipal aplicable a este ejercicio
de planeación territorial.
9.Programas estatales de ordenamiento territorial y desarrollo urbano para cada uno de
los cinco estados Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán.
10.Planes o Programas Municipales de Desarrollo Urbano para cada uno de los
municipios que serán considerados en el Programa Regional de Ordenamiento
Territorial del Sureste.
11.Listado de otras dependencias, entidades u organismos del gobierno federal, de los
gobiernos estatales y de los gobiernos municipales de los cinco estados que estarán
involucrados en la creación del Programa Regional de Ordenamiento Territorial del
Sureste.
12.Relación de evidencias del desorden y corrupción existentes en la región en lo
relacionado con el uso de suelo.
13.Rol de ONU Hábitat en el Programa Regional de Ordenamiento Territorial del
Sureste y copia de cualquier contrato, convenio, acuerdo, contratación, instrumento o
equivalente que establezca el alcance, términos, condiciones y contraprestaciones por
su colaboración relacionada con el Programa Regional de Ordenamiento Territorial del
Sureste, en particular, y con el denominado Proyecto de Desarrollo Tren Maya.
14. Relación entre el Programa Regional de Ordenamiento Territorial del Sureste y
ordenamientos ecológicos existentes en la región conformada por los cinco estados.
Si la información contenida en alguno de los numerales no corresponde a su ámbito de
competencia favor de indicarlo de manera explícita mencionando a qué institución
corresponde.(sic)
Otros datos para facilitar su localización:
https//lopezobrador.org.mx/2020/12/20/version-estenografica-programa-de-
ordenamiento-territorial-del-sureste-en-tulum-quintana-roo/(sic)
2. Con fecha trece de enero de dos mil veintiuno, la Unidad de Transparencia de la
Procuraduría Agraria, por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia notificó
la copia simple del oficio número DGJRA/DAAPP/0568/2020, de fecha veintidós de

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