Resolución con número de expediente RRA 11776 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 01-12-2021

Sentido del falloMODIFICA
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES (Antes IFAI)
Fecha01 Diciembre 2021
Número de expedienteRRA 11776
Año2021
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Comprobación de los gastos concernientes a comisiones oficiales.
Una persona solicitó todas las comprobaciones de gastos de
los viajes que han realizado la Comisionada Norma Julieta del
Río Venegas y el Comisionado Adrián Alcalá Méndez, desde
que asumieron su encargo.
El sujeto obligado proporcionó versión pública de la
comprobación de los gastos concernientes a las comisiones
oficiales realizadas del 18 de noviembre de 2020 (fecha de
nombramiento) al 11 de agosto 2021 (fecha de registro de su
solicitud de información), lo cual fue confirmado por su Comité
de Transparencia en la en la Novena Sesión Ordinaria de 2021,
del dos de septiembre de dos mil veintiuno.
En aplicación de la suplencia de la queja, a parte recurrente
se inconformó con las versiones públicas de las documentales
que fueron proporcionadas.
Modificar la respuesta del sujeto obligado, a efecto de
proporcionar de nueva cuenta a la parte recurrente versión
pública de las documentales de comprobación de los gastos
concernientes a las comisiones oficiales de la Comisionada
Norma Julieta del Río Venegas y el Comisionado Adrián Alcalá
Méndez, en la que únicamente deberá testar los nombres de las
personas que aparecen en su calidad de vendedor y el número
de cuenta bancaria de una persona física, en términos del
artículo 113, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información Pública y, deberá incluir de manera
fundada y motivada la respectiva resolución del Comité de
Transparencia, siguiendo el procedimiento del artículo 140 de la
Ley en la materia.
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de Datos
Personales
RRA 11776/21
Oscar Mauricio Guerra Ford
Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud:
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de Datos Personales
Folio de la solicitud: 0673800150221
Expediente: RRA 11776/21
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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Ciudad de México, a uno de diciembre de dos mil veintiuno.
VISTO: El estado que guarda el expediente identificado con el número RRA 11776/21,
relativo al recurso de revisión señalado al rubro, el cual se interpuso en contra de la
respuesta emitida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de Datos Personales se formula resolución en atención a
los siguientes:
R E S U L T A N D O S
I. El once de agosto de dos mil veintiuno, a través de la Plataforma Nacional de
Transparencia y mediante la solicitud de información con folio 0673800150221, la parte
interesada requirió, en formato electrónico gratuito, lo siguiente:
Descripción de la solicitud de información: De las ponencias de adrián alcalá y Julieta
solicito todas las comprobaciones de gastos de los viajes que han realizados desde que
son comisionados que tanto presumen en redes sociales. (Sic)
II. El ocho de septiembre de dos mil veintiuno, a través de la Plataforma Nacional de
Transparencia, el sujeto obligado proporcionó el oficio número
INAI/DGAJ/UT/0673800150221/21, de misma fecha, emitido por el Titular de su Unidad
de Transparencia, en los términos siguientes:
En respuesta a su solicitud de información, se hace de su conocimiento lo siguiente:
[Transcripción íntegra de la solicitud de información de mérito]
Área (s) a la (s) que se turnó:
Lic. Rafael Estrada Cabral, Director General De Administración.
Respuesta:
Por lo que hace al requerimiento de su solicitud de acceso, se adjunta la respuesta brindada
por la unidad administrativa indicada.
Modalidad de entrega:
En atención a la modalidad de entrega requerida, esto es “Entrega por Internet en la
PNT”, es pertinente señalar que, de conformidad con lo previsto en los artículos 133 de la
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 136 de la Ley Federal
de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en el criterio 8/17 emitido
Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud:
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de Datos Personales
Folio de la solicitud: 0673800150221
Expediente: RRA 11776/21
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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por el Pleno de este Instituto, cuando la información no pueda entregarse o enviarse en la
modalidad elegida por el particular, se deberán ofrecer otra u otras modalidades de
entrega.
En cumplimiento de lo anterior, la respuesta y sus anexos relacionados con la solicitud de
mérito, otorgada por la unidad administrativa competente, podrá ser consultada en el
siguiente vínculo electrónico:
https://ifai-
my.sharepoint.com/:f:/g/personal/unidad_transparencia_inai_org_mx/EvH46BGcDq
hOk4p3xQnBPP8B7Wvh6EhaUgxOmlJEESybBw?e=MfypAx
No se omite mencionar que la misma contiene información clasificada como confidencial
en los términos que se muestran con el acta y la resolución correspondiente.
En caso de inconformidad:
Cuenta con un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de
notificación de la presente respuesta, para presentar recurso de revisión ante el Instituto
Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales
(INAI o Instituto), a través de la Plataforma Nacional de Transparencia,
http://www.plataformadetransparencia.org.mx/, en la sección denominada “Quejas de
Respuestas”, o bien, en forma escrita o mediante escrito libre, en el domicilio del Instituto.
Dudas o aclaraciones:

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