Resolución con número de expediente RRA 2403 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 04-07-2018

Sentido del falloMODIFICA
EmisorSECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES (SCT)
Fecha04 Julio 2018
Número de expedienteRRA 2403
Año2018
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
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a Patricia Kurczyn Villalobos
Comisionada ponente
Recurso de revisi
ón
E
xp
ediente: RRA 2403/18
Sujeto obligado: Secre
ta
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ia
Comunicaciones y Transportes.
Folio: 0000900040
41
8
d,
Ciu
dad
de México, a
cua
t
ro
de julio de dos mil dieciocho.
Visto el
es
tado que guarda
el
e
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edie
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e del recurso de revisión RRA 2403/18.
interpuesto en
co
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ra de la Secreta
ría
de
Comunicaciones y
Tr
an
sportes se emite
la
presente resolución tomando en
co
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si
de
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ción 1
05
siguient
es
:
RESUL
TAN
DaS
PRIMERO. Solici
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de
acceso
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información.
El
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de información: "
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lne
. antes Cessna Aircrafl
Company.
como
fabricante
de
la aeronave Cessna
T206/-!,
matricula
XA
.
MBC
. número
de
serie
rkJ
fabricación T20608428, IICCKkntada
el9
de
julio
de
2015
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el
e.pediente
y ropia
de
toda la docume,,/¡n;;oo que integre
ala
Kpedienta abietlo con
motivo
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que
como febricante
se
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reservada (sic)'.
F
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qu
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ir
la I
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ormaeión: "Entrega por internet
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Respuesta a
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ud de acceso a
la
información.
El
veinte de ma
rzo
de dos mil dieciocho, la Secretar
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de Comunicaciones y Trans
po
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es
respondió
la
solicitud de
in
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ión, a trav
és
de la
Pl
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aforma Nacion
al
de Tra nsparencia. en l
os
términos siguient
es
:
"La Dirección
General
de AeronáutICa
Civ
~.
clazificó la infOfmació" solicitada como reservada
por
un
período
de
cin<;v
allos,
loda
"ez
que
por disposición internacional, confr>mltl al
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~
O
13
al
CAGI.
numeral
S. 12.
se
estabiece que el Estado
que
lleve a
cabo
la
investigación
<Úl
un
accidente o IflCIdenla
no
dará
a
conocer
/o,;
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para
finez qll6
"O
se .. " la "'"estigación
de
IICCidemes o incidentes,
..
/minos
que
la auloridad
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pordicho
Estado
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de
~onformkiad
con
la legISlación nacional y
con
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5.
12_
5,
que
la
divulgación O
uSO
de
dichos rogistroz IJS
más
importante QUfI las posibl&s
con~acueneias
adversas, a
nivel
nacional e inlemacional,
que
pocMa
len9r
lal decisión
pare
esa NlvezllgaciOO O fulures invos/igllCiones,
Azi
,
allrata/s
e
de
información
OperoCKXJal
cons,slenle
en
l
os
da/os da la in"asl.gación
eJel
acddenla
aé/60
.
su
divulgación pOdría vuineror la proIección
da
la
infom)a~ión
sobra
lieguridad Operacióna/,
kJ
que podría
impedir
la disponibilidad futura de esa información y
efaclar
en
forma
adversa
dicha seguridad_
,
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Maria Patricia
Ku
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Villalobos
Comisio nad a
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Re
curso
de rev
is
i
ón
Expediente: RRA
2403118
Sujeto
obligado
: Secretaria
Comunicaciones y Transportes.
Foli
o:
00009000404
18
Asimismo. la
Inlormadón
solicitada
conl",ne
dalos p8rsonales
que
forma
parte
del
e~p(K/ientQ
001
accidenta aéfll<l, t&/es como nombre
s,
adad, nacionalidad. cuya divvlgación requiere
001
consentimiento
de
sus
n/ulares
(sic)
d,
La Secretaría de Com unicaciones y Transportes. anexó a su respuesta copia simple de
los siguientes documentos:
A.
Oficio número 4, 1.0.4
.-
130 de quince de
ma
rzo de dos mil dieciocho. signado por
la Direclora de Desarrollo Eslralégi
co
y Responsable pa
ra
la
atención de
solicitudes de acceso a
la
Informaci
6n
en
la
Dirección Gene
ral
de Aeronáuti
ca
Civil. y dirigido
al
Director General de Innovaci6n Sectorial y Titular de la
Un
i
dad
de Transparencia. ambos del sujeto obligado. en los términos s
ig
uientes:
Al
roSpeClo, en atenció(J a la solicitud
00
mórito Y
00
8CU6rdo
con
&/
prornmC;"miemo d6 la
Dira;xoo
de
An~lisjs
d6 Accidtffitas e tncidentes d6
Aviadón,
9dscma a ésta
OG
AC y
competentes
para
C(III(}(;(!r
de
la
solicitud
de
acceSQ a la informac;oo
an
ralerane;".
me
permito hacer da su conocimienro /o siguiente'
Para
Jos
eleero$
de
lo dispuesro
en
Jos
artículos
129
d6 la Ley
Genenll
d6
Tnlnspanlncia y
Acceso
ala
Inlormación PUblica (LG TAIP): 133
de
la Lay
F&denIJ
de Tnlnsparaoc,a y Acceoo
a
la
Inlormecoo
Püblica
(lfTAIP)
y d6 ecuerdo con
Jos
archivos
QI16
obr9n an esta
unidad
oomlflostrativa.
nlfe
ranl e 8 -(
.,
)
de
18 aeronave c..S$fJa T206H, malricula
XA.M
BC
.
número
d6 serie d6 fabricación T20608428. arx::ident!lda
el
9 d6 julio
de
2()15,
oo&;H~
l
ener
80C<'!SQ
al tixpediantti y cop#J
de
/Oda
document&ción
QI16
;"Ieg",
el exp(K/ie
nt
e abierto con motivo
d6
esle
accidenle. (. .
.)
hago
00
su
conocim/etlto
QUI/
esla
OGAC
se va imposibilit
ada
a
proporcionar
lo requarido,
a"
vitlud
de
Qua
dich<J
expedilmto tiene
el
carácter
de
reservado,
d6 conlormidad
con
/os siguiemas
preceptos
:
1
10,
fracc:KxJ
XIII, I
t3
fracción
1,
de
la
Lay
FfKJafal
de
, en
",ladón
con
el
articulo
37
del
ConvenIO
y con /os numerales 5.1. 5.12,
5.
12 t. 5.12.2 Y
laroexo 13 a l CACI,
asl
como
al
numeral
TrigéSimo
NoVllno de los
Lineamie"ros
Ganaralas en materia
la IIIformeeióll.
asl
como
pa",
la el
abotecióll
de
"5.12 Et Estado que
"ave
a
cabo
la invaslll}aciQn d6 un /lIXidenll/ o incidente
no
daré a
conocer los
rogist=
sigUientes
pa",
fines
que
no
sean
la ;"veslig&cióII
da
eeciclenles °
iOCldanles, a
menos
Que la
aulandad
competen
tI/
desig
nada
pordi<;ho Estado
d6ta"",na
.
de
conformidad COfl
I~
lagisladón
nac
;ol>al y con s
ujecoo
al Apéndica 2 Y a
5
,
12~
.
que
la
dNulgacióll °
uSO
de dichos
r8gos
tros eS más Impo<t¡mte
qua
las pOsibles consecuencias
P
o.;¡ono
2
<lO
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Maria
Pa
tricia Kurcz yn Vil lalobos
Comisionada ponente
Recur
so
de revisión
Expediente: RRA
2403118
Su
jeto
obligado:
Secretaria
Comu
ni
caciones y T
ra
nspo
rt
es
.
Folio: 0000900040
41
8
adversas
, a nIVel naclornll a
mtem
a
ClOtlaJ
,
Qua
podda
I<lOOr
tal
dec,sK>n
paTa
esa
investigacIÓn o fu t
UTaS
mvest'9IfCJO/1eS
'
As,m
l
Smo,
se
considera
que
la mformación soIicilada no puede propOfClQnarse
ai
prom<>venle,
loda
vez
que
contiene infOtmaCión OpeTacKNlal coos,slenta
an
los
dalw
de
la
investigación
de
esle
accidente
IifITW
,
En
vil1ud
de
/o
an
terior, de
darse
a
conocer
dicha infOffllaClÓn, se eslarla vulnfTraMo la
protección
de
la
in
formación sobre seguridad
op6fl1c.<>na
l,
la
Cual
eS
esencial
pa
nJ
ganJnl
iz"r
su
rontmua
d'sponibilidad, ya
qlJEl
el
uSO
de
información soble seguridad Operacional panJ
fmes
que
no
se
ralacianan ron ta m
Ism
a,
puede
impedir
la
dispomb
~
idad
fulura
de
esa
información y
afectar
on forma adversa dicha
seguridad
ES/e
hecho
se
m<,:(liI(ICió
durante
e/
350
periodo
de
seso::>rnJs
de
la
Asamblea de la
Org
anizaCión de Aviación
Civilln
te
maciona
l
(OACI),
cuando
esta
tomó
nota
de
Que
eS
pOsible Q
ua
las leyes y regl
am
entos
n8Ciol'1ales
existenle5
de
muchos
Estados
no
aborr:Jfln
en
forma adecuada
la
ma
l""nJ de
proteger
la
informa
ción
sobre
segurid
ad
Operadonal
de
un
uso
inapropiado.
POI Olla
pane
, le
coml/nto
qua
la mformación solicit
ada
, tembién cootl'>nO datos personales
que
forma
parle
del
expediento
d"¡
accidenta
ae",o
de
la aeronave
coo
malricula
de
nacional
mfl
Kicana )(A-
MBC
, ocurrido e/ 09 rJejulio
de
2015
,
por
/o
que
de
en
tregarse
lo
solicitado
se
estaria
",ve/ll1ido nombros, em.d, nllCKNlalidad, etc .. da/os
de
personas
fisicas quo requieren
coosentimlOnto
pa
ra
Su
revelación
Elam
.nm
dt
1,
of,,'biI
dt
opilo: A efecto
de
cumplir
con lo eslipulado
an
el a
nlculo
104
da
la
Ley
GenfTrel de Transparencia y
ACC8S0
a la InfOfflloción PUblica,
~
a fin de
da
l
demostrar
que
la
difusión
de
la
,nforma<;ión lJenfTrar/a
un
perjuicio, se man;r¡esta:
Que coosiderando
que
las
aeron
alltlS
'111/1
so<'
op6radas
en
Móú;o
ninguna
es
de
tecnologla
ni
fabricación
nacional
, y
qua
la
namoll/ividad
in
temoclOnal
Que
M
~
..
ico
ha
convenido 9Cf!ptar
(In la
maleria
de
inves/¡gación
de
accidenl
es
aér90S a través
d"¡
AnfTXO
/3
del
Con~enio
sobre Av'aClÓn
Clv~
InlemocKNIal (OACI),
qU8
le
obligll
a resguardar
la
informllCión
que
se
derive
de
las InvestigaciOtles
de
un accidenle
aéreo
;
qua
dICha investigllCión puede afecl
ar
la
cooperación do los PIIlses
qua
construyan y disellan
lanlo
el
pl
aneador
.
los
motO<I/S
, y
demás
componentes
de las aeronaves. /o
qlJEl
limitará
,.¡
conocimiento d6 las Cllusas qua
gel19raron al desastre 00'00, Impidiendo
tomar
lICdones
procaulorills en e/ c
a""
de
los
futuros accidentes
que
se llegaran a
"",sentar
, observándose
que
toda esta información en
Su
conjunto
se
considern informaCIÓn operacion
31
,
por
lo
qua
es procedente
la
reserv8
de
18
,nformación
pues
podria
eXIstir
una
IIfectoción "
los
inlereses de
la
protección
de
la
I"fomo8ció" sobre seguridad Ppefa<;!onal, COOJO ha
quadado
asentado
en
18
motiv8ci6n
referida
en"¡
presenle
escrllo
,
d,

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