Resolución con número de expediente RRA 10570 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales

Número de expedienteRRA 10570
EmisorSINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE PERINATOLOGÍA
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Blanca Lilia Ibarra Cadena
Comisionada Ponente
RECURSO DE REVISIÓN
SUJETO OBLIGADO: Sindicato Único de
Trabajadores del Instituto Nacional de
Perinatología
FOLIO: 6024200003920
EXPEDIENTE: RRA 10570/20
1
Comisionada: Blanca
Ibarra
Expediente: RRA 10570/20
Folio: 6024200003920
Materia: Acceso
Sentido: REV
Sujeto obligado: Sindicato Único de
Trabajadores del Instituto Nacional de
Perinatología
Solicitud: Solicito copias en archivo PDF de los documentos que acrediten la solicitud de gestión,
contratación, escalafón, o promoción que hayan sido firmados por la C. María Alicia Martínez Aguilar en su
carácter de Secretaría General del SUTINPer a favor del trabajador el C. León Ríos Juan José
Respuesta: En respuesta, el sujeto obligado refirió que la información era confidencial.
Recurso: Inconforme con lo anterior, el particular se agravio ante la clasificación invocada por el sujeto
obligado.
Análisis: Consecuentemente, se estima improcedente la respuesta emitida por el sujeto obligado, toda vez
que mediante su respuesta inicial debió seguir con el procedimiento de Ley y declarar a través de su Comité
de Transparencia la clasificación de la información de conformidad a lo previsto en el artículo 113, fracción I
de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Sin que sea óbice lo anterior, en el artículo 49 Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado,
Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 constitucional se advierte que cada dependencia con apoyo
de su respectivo sindicato expidieran su Reglamento de Escalafón.
En razón de lo anterior se advierte que la información del interés del particular sí es susceptible de entregarse
por parte del Sindicato Nacional de Trabajadores del Instituto Nacional de Perinatología, ya que este participa
en los proceso de escalafón, por lo que se advierte que la información solicitada versa sobre actos de autoridad
en relación a la ocupación de plazas dentro del Instituto Nacional de Perinatología.
Sentido: REVOCA
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Blanca Lilia Ibarra Cadena
Comisionada Ponente
RECURSO DE REVISIÓN
SUJETO OBLIGADO: Sindicato Único de
Trabajadores del Instituto Nacional de
Perinatología
FOLIO: 6024200003920
EXPEDIENTE: RRA 10570/20
2
Ciudad de México, a dieciséis de diciembre de dos mil veinte.
Resolución que REVOCA la respuesta otorgada por el sujeto obligado, en atención a
los siguientes:
ANTECEDENTES:
I. Presentación de la solicitud de información. El dieciocho de septiembre de dos
mil veinte, la parte recurrente presentó una solicitud de acceso a la información,
mediante la Plataforma Nacional de Transparencia, al sujeto obligado citado al rubro,
requiriendo lo siguiente:
Descripción clara de la solicitud de información: Solicito copias en archivo PDF de
los documentos que acrediten la solicitud de gestión, contratación, escalafón, o promoción
que hayan sido firmados por la C. María Alicia Martínez Aguilar en su carácter de
Secretaría General del SUTINPer a favor del trabajador el C. León Ríos Juan José.
Forma en la que desea recibir la información: Entrega por Internet en la PNT. (sic)
II. Contestación de la solicitud de información. El dieciocho de septiembre de dos
mil veinte, el sujeto obligado respondió la solicitud de acceso a la información, a través
de la Plataforma Nacional de Transparencia, en los términos siguientes:
“…
Descripción de la respuesta: El Titular ejerce derechos ARCO manifestando temor de
sufrir actos discriminatorios.…”
III. Presentación del recurso de revisión. El nueve de octubre de dos mil veinte, se
recibió en este Instituto, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, el
recurso de revisión, en contra de la respuesta emitida por sujeto obligado, en los
términos siguientes:
Por este medio interpongo el presente recurso de revisión ya que el Sujeto Obligado me
niega el acceso a la informacion, ya que la misma es de caracter público por lo que de
acuerdo al articulo 6 de la CPEUM y LFTAIP, principio de máxima publicidad, reitero mi
peticion solicitando me informe el SUTINPER , haciendo una búsqueda exahustiva de la
información que requiero, especificando sistemas de busqueda, motivando y

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR