Resolución con número de expediente RRA 3021 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 20-04-2021

Sentido del falloMODIFICA
EmisorSECRETARÍA DE ECONOMÍA (SE)
Fecha20 Abril 2021
Número de expedienteRRA 3021
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Secretaría de Economía (SE)
Folio de la solicitud: 0001000015121
Expediente: RRA 3021/21
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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Ciudad de México, a veinte de abril de dos mil veintiuno.
VISTO: El estado que guarda el expediente identificado con el número RRA 3021/21
relativo al recurso de revisión señalado al rubro e interpuesto en contra de la Secretaría
de Economía (SE), se formula resolución en atención a los siguientes:
R E S U L T A N D O S
I. El veintiuno de enero de dos mil veintiuno, a través de la Plataforma Nacional de
Transparencia, la parte interesada requirió que el sujeto obligado le proporcionara por el
mismo medio:
Descripción de la solicitud de información:
Derivado de la pandemia, el gobierno federal autorizó la entrega de créditos de apoyo a las
MiPYMES para enfrentar la crisis económica.
Derivado de lo anterior requiero la siguiente infromación:
- ¿Cuántos Créditos se entregaron en totalidad?
- El número de créditos entregados mensualmente
- Desglose de los créditos que fueron entregados al sector formal e informal
- El avance en la recuperación de la cartera
- ¿Cuántos créditos están retrasados en sus mensualidades?” (Sic)
II. El cinco de marzo de dos mil veintiuno, a través de la Plataforma Nacional de
Transparencia, el sujeto obligado notificó al particular lo siguiente:
Se anexa respuesta a solicitud. (Sic)
A la Plataforma en comento, el sujeto obligado adjuntó la digitalización de los siguientes
documentos para atender la solicitud de información:
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Secretaría de Economía (SE)
Folio de la solicitud: 0001000015121
Expediente: RRA 3021/21
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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La NOTA.2021.UPPE.114.053, del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno,
suscrita por El Titular de la Unidad de Prospectiva, Planeación y Evaluación,
dirigido al Titular de la Unidad de Transparencia, adscritos al sujeto obligado
recurrido, el cual es del tenor literal siguiente:
“…
Al respecto, me permito enviarle la respuesta de la Unidad de Prospectiva,
Planeación y Evaluación:
Programa
Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares (PAFMF), también
conocido como Programa de Crédito a la Palabra.
1. ¿CUÁNTOS CRÉDITOS SE ENTRECARON EN TOTALIDAD?
Al cierre preliminar de 2020, se reportaron 1,386,405 apoyos entregados.
2. EL NÚMERO DE CRÉDITOS ENTREGADOS MENSUALMENTE.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 62 de la Ley General de Transparencia y
Acceso a la Información, el listado de beneficiarios del Programa de Apoyo Financiero
a Microempresas Familiares es actualizado de manera trimestral.Asimismo, de
conformidad con el periodo de inicio de entrega de apoyos del Programa antes
referido, la información que se tiene disponible es la correspondiente al primero,
segundo y tercer trimestres de operación del Programa (abril a diciembre de 2020) y
se encuentra publicada para su consulta en la Plataforma Nacional de Transparencia,
de acuerdo al artículo 70, fracción XV, de la Ley General de Transparencia y Acceso
a la Información
Pública y al capítulo II, lineamiento octavo fracción II, de sus Lineamientos Técnicos
Generales. Para mayor referencia, se anexa el procedimiento en formato PDF para
consulta y/o descarga del Padrón de Beneficiarios del Programa, cuya liga de acceso
es:
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Secretaría de Economía (SE)
Folio de la solicitud: 0001000015121
Expediente: RRA 3021/21
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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https://consultapublicamx.inai.org.mx/vut-web/faces/view/consultaPublica.xhtml
Cabe aclarar que, de acuerdo al artículo 70, fracción XV, de la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, la información reportada sobre el
Padrón de beneficiarios del programa contendrá los siguientes datos: nombre de la
persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto,
recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad
territorial, en su caso, edad y sexo.
Lo anterior, de conformidad con el criterio legal emitido por el Instituto Nacional de
Acceso a la Información (INAl), en el Criterio 03/17, que establece que: "No existe
obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a
la información". Así como con el artículo 132 de la Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información Pública, en el que señala que: “Cuando la información
requerida por el solicitante ya esté disponible al público en medios impresos, tales
como libros, compendios, trípticos, registros públicos, en formatos electrónicos
disponibles en Internet o en cualquier otro medio, se le hará saber por el medio
requerido por el solicitante la fuente,
el lugar y la forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. En
caso de que el solicitante requiera la información en un formato electrónico especifico
o consista en bases de datos, los sujetos obligados deberán entregarla en el mismo
o en el que originalmente se encuentre, privilegiando su entrega en formatos abiertos,
salvo que exista impedimento justificado.”
3. DESCLOSE DE LOS CRÉDITOS QUE FUERON ENTRECADOS AL SECTOR
FORMAL E INFORMAL
De acuerdo con los Lineamientos para la Operación del Programa de Apoyo
Financiero a
Microempresas Familiares, la Secretaria de Bienestar (SEBIEN) y el Instituto
Mexicano del Seguro Social (IMSS), en el ámbito de sus respectivas atribuciones y
facultades, llevaran a cabo los procesos necesarios para la identificación de la
población objetivo y la selección de las Personas Beneficiarias del Programa.
Asimismo, dichas instancias entregaran a la Secretaría, por medios electrónicos, las
bases de datos con la información de las personas que cumplieron con los criterios
de elegibilidad y requisitos, a fin de que la Secretaría cuente con la información
necesaria para la asignación de recursos presupuestarios.

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