Resolución con número de expediente RRA 1369 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 22-09-2020
Sentido del fallo | REVOCA |
Emisor | PETRÓLEOS MEXICANOS (PEMEX) |
Fecha | 22 Septiembre 2020 |
Número de expediente | RRA 1369 |
Sección | Resoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público) |
Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud:
Petróleos Mexicanos
Folio de la solicitud: 1857200475219
Expediente: RRA 01369/20
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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Ciudad de México, a veintidós de septiembre de dos mil veinte.
VISTO: El estado que guarda el expediente identificado con el número RRA 01369/20
relativo al recurso de revisión señalado al rubro, el cual se interpuso en contra de la
respuesta emitida por Petróleos Mexicanos, se formula resolución en atención a los
siguientes:
R E S U L T A N D O S
I. El seis de noviembre de dos mil diecinueve, a través de la Plataforma Nacional de
Transparencia y eligiendo como modalidad
“Entrega por Internet en la PNT", la parte
interesada requirió lo siguiente:
“…
Descripción clara de la solicitud de información: A través de este medio, pido copia
del acta de la sesión 890 del consejo de administración de Pemex, sin que estén testadas
las páginas 23 a 26, relativas a la
“aprobación del proyecto de inversión para financiar y
concretar la compra de la empresa Fertinal
”. La reserva de información por cinco años,
decretada el 15 de mayo de 2017 por la Dirección General de Pemex Fertilizantes, ya no
tiene razón de ser, dado que se justificó como
“un proceso deliberativo vigente para
determinar posibles ajustes al precio inicial de
compra”. La compra de Fertinal se
concretó entre finales de 2015 y principios de 2016, por lo que el proceso de deliberación
es un hecho consumado, y ya no puede motivar la reserva de la información. A través de
este medio, pido copia del acta de la sesión 890 del consejo de administración de Pemex,
sin que estén testadas las páginas 23 a 26, relativas a la
“aprobación del proyecto de
inversión para financiar y concretar la compra de la empresa Fertinal
”. La reserva de
información por cinco años, decretada el 15 de mayo de 2017 por la Dirección General de
Pemex Fertilizantes, ya no tiene razón de ser, dado que se justificó como
“un proceso
deliberativo vigente para determinar posibles ajustes al precio inicial de
compra”. La
compra de Fertinal se concretó entre finales de 2015 y principios de 2016, por lo que el
proceso de deliberación es un hecho consumado, y ya no puede motivar la reserva de la
Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud:
Petróleos Mexicanos
Folio de la solicitud: 1857200475219
Expediente: RRA 01369/20
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
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información. Además, cabe resaltar que existen investigaciones en curso sobre presuntas
irregularidades y posibles hechos de corrupción en torno a la adquisición de Fertinal, lo
cual impide al sujeto obligado reservar la información. El sujeto obligado debe entregar al
solicitante la información tal y como la solicita, en el afán de cumplir con el estándar de
máxima transparencia y de dar a conocer a la ciudadanía una información de gran interés
público.
…” (Sic)
II. El treinta y uno de enero de dos mil veinte, a través de la Plataforma Nacional de
Transparencia, en respuesta a la solicitud planteada por el particular el sujeto obligado
notificó el oficio sin número de treinta de enero de la anualidad en cita, emitido por la
Unidad de Transparencia, mismo que en su parte conducente señaló lo siguiente:
“…
En respuesta a la solicitud presentada a Petróleos Mexicanos, la cual recayó con el
número de folio 1857200475219, de fecha 30 de octubre de 2019 en la Plataforma
Nacional de Transparencia (PNT), del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de Datos Personales (INAI), con fundamento en los artículos 1,
6, 25, 27 y 28, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 19, del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 13, de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos; 11, 109 y 112 de la Ley de Petróleos Mexicanos; 151, del Estatuto
Orgánico de Petróleos Mexicano; 129, 131 y 132 de la Ley General de Transparencia y
Acceso a la Información Pública (LGTAIP), 130, 134 y 135 de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la información Pública (LFTAIP), al respecto la unidad
administrativa competente para la atención de la presente solicitud, Unidad de Enlace
para Consejos de Administración (UECA), mediante oficio DCAS/UECA/048/2019 de
fecha 20 de diciembre del año en curso, indicó:
“En atención a la solicitud antes transcrita, me permito señalar que la información
que requiere el solicitante es parte de una carpeta de investigación que se integra
en la Fiscalía General de la República (dependencia autónoma).
Debido a que la Fiscalía, está valorando y acreditando en su caso la posible
comisión de un delito, es el Ministerio Público Federal el responsable de esta
Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud:
Petróleos Mexicanos
Folio de la solicitud: 1857200475219
Expediente: RRA 01369/20
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
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información, así como de la secrecía que implica su función, lo cual es acorde a
lo establecido en el artículo 110, fracción XIII de la Ley Federal de Transparencia
y Acceso a la Información Pública y del Acuerdo CT 3.45.O.19 del Comité de
Transparencia de Petróleos Mexicanos, emitido en su Cuadragésima Quinta
Sesión Ordinaria de fecha 18 de diciembre de 2019.
Hacemos el compromiso de que en cuanto concluya la investigación de la
Fiscalía General de la República, será inmediatamente proporcionada la
información requer
ida.” (Sic)
En caso de que Ud. tenga algún tipo de comentario favor de comunicarlo a esta Unidad
de Transparencia al siguiente correo electrónico unidadenlace@pemex.com, o sí prefiere
vía telefónica al (55)19442500, extensiones 76719 y/o 76744, con gusto podemos
orientarlo y/o apoyarlo sobre la información solicitada; o...
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