Resolución con número de expediente RRA 9794 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 01-11-2021

Sentido del falloCONFIRMA
EmisorINSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Fecha01 Noviembre 2021
Número de expedienteRRA 9794
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
RESUMEN PARA LA SOCIEDAD
Lista de solicitudes de suspensión a la libre
circulación de mercancía de procedencia
extranjera de la clase 12 internacional en
específico llantas y cámaras de aire para llantas,
recibidas en la Dirección Divisional de Protección
a la Propiedad Intelectual, con un nivel de
desglose específico.
El sujeto obligado proporcionó una lista de
expedientes y comunicó que la información de
interés se encuentra disponible al público para su
consulta por lo que indicó el vínculo electrónico y los
pasos a seguir para realizar la consulta.
La persona recurrente se inconformó con la
entrega de información que no corresponde con
lo solicitado.
CONFIRMA toda vez que el sujeto obligado
proporcionó el insumo a partir del cual se podría
allegar de la información de interés.
Mercancía de procedencia extranjera.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Esta resolución puede ser impugnada, por la persona solicitante, ante el Poder Judicial de la Federación
MOTIVO DE LA INCONFORMIDAD EL INAI RESOLVIÓ
INFORMACIÓN RELACIONADA
Francisco Javier Acuña Llamas
COMISIONADO
RRA 9794/21
EXPEDIENTE
Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial
INSTITUCIÓNQUE
RECIBIÓLASOLICITUD
INFORMACIÓN SOLICITADA RESPUESTA RECIBIDA
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial
Folio de la solicitud: 1026500038321
Número de expediente: RRA 9794/21
Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuña
Llamas
1
Visto el expediente relativo al recurso de revisión interpuesto ante este Instituto, se
procede a dictar la presente resolución con base en los siguientes:
ANTECEDENTES
I. El 07 de julio de 2021, el particular presentó una solicitud de acceso a la
información, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, mediante la cual
solicitó al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega de información:
Entrega por Internet en la PNT
Descripción clara de la solicitud de información:
“Por medio de la presente solicito al INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL, En específico a la DIRECCIÓN DIVISIONAL DE PROTECCIÓN A LA
PROPIEDAD INTELECTUAL y a la subdirección que se considere pertinente recopilar
y entregar la siguiente información pública
Entre el lapso comprendido entre el 1 de Enero de 2007 y el 31 de Diciembre de 2017
nos reporte en forma cronológica lo siguiente
1)Listado de solicitudes de suspensión a la libre circulación de mercancía de
procedencia extranjera de la clase 12 internacional en específico llantas y cámaras de
aire para llantas recibidas en la DIRECCION DIVISIONAL DE PROTECCIÓN A LA
PROPIEDAD INTELECTUAL Y para cada solicitud recibida detallar
a) Fecha de presentación de la solicitud.
b) Número de registro marcario en la cual se fundamenta la solicitud.
c) Marca en la cual se fundamenta de la solicitud.
c) Nombre del presunto propietario de la marca solicitante de las medidas de suspensión
a la circulación de mercancías de procedencia extranjera.
d) Contraparte (persona física o moral) contra la que se imponen las medidas de
suspensión a la libre circulación de mercancías de procedencia extranjera
e) Aduana donde se solicitaron las medidas.
f) Tipo de conclusión de las medidas, ya sea convenio entre las partes o procedimiento
de infracción para el importador de la marca o algún otro.
De antemano muchas gracias.” (sic)
II. El 11 de agosto de 2021, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, a través
de la Plataforma Nacional de Transparencia, dio respuesta a la solicitud de acceso
a la información del particular, en los términos siguientes:
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial
Folio de la solicitud: 1026500038321
Número de expediente: RRA 9794/21
Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuña
Llamas
2
“[…]
Con fundamento en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
se adjunta la información solicitada:
Descripción de la respuesta:
Sírvase encontrar respuesta adjunta en formato PDF consistente en oficio
DDPPI.2021.294 de fecha 30 de julio de 2021, remitido por la Dirección Divisional de
Protección a la Propiedad Intelectual del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial,
el cual se integra de (6) seis hojas, mediante las cuales se da atención a la presente
consulta En caso de duda, aclaración o consulta sobre la información puesta a
disposición, en relación con lo solicitado nos ponemos a sus órdenes en el número
telefónico directo 56.24.04.56 o bien conmutador 56.24.04.00 exts. 11250 y 11417 en
un horario de 8:30 a 16:00 horas de lunes a viernes, en el correo electrónico
uenlace@impi.gob.mx o en nuestras instalaciones ubicadas en Arenal No. 550, Col.
Santa María Tepepan, Alc. Xochimilco, C.P. 16020, Ciudad de México. De acuerdo a la
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública en su artículo 147, el
solicitante tendrá 15 días hábiles, a partir de la fecha de resolución a su solicitud para
presentar un recurso de revisión ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a
la Información y Protección de Datos Personales.
Archivo adjunto de la respuesta: 1026500038321 065.pdf
[…]” (sic)
En archivo adjunto a la respuesta, el sujeto obligado remitió copia digitalizada
de un oficio con número de referencia DDPPI.2021.294, de fecha 30 de julio
de 2021, signado por el Director Divisional de Protección a la Propiedad
Intelectual, y dirigido al Responsable de la Unidad de Transparencia, ambos
adscritos al sujeto obligado, en los términos siguientes:
“[…]
Hago referencia a la solicitud de información con folio 1026500038321, dirigida a la
Unidad de Transparencia del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, que a la letra
dice:
INFORMACIÓN PÚBLICA
Número de solicitud: 1026500038321
Descripción clara de la solicitud de información:
Por medio de la presente solicito al INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL, En específico a la DIRECCIÓN DIVISIONAL DE PROTECCIÓN A
LA PROPIEDAD INTELECTUAL y a la subdirección que se considere pertinente
recopilar y entregar la siguiente información pública

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