Resolución con número de expediente RRA 9985 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 28-10-2020
Sentido del fallo | SOBRESEE |
Emisor | INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS) |
Fecha | 28 Octubre 2020 |
Número de expediente | RRA 9985 |
Año | 2020 |
Sección | Resoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público) |
INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
PONENCIA DE LA COMISIONADA BLANCA LILIA IBARRA CADENA
Número de expediente:
RRA 9985/20
Sujeto obligado:
Instituto Mexicano del Seguro Social
¿Sobre qué tema se solicitó
información?
La particular solicitó en un archivo electrónico de Excel, el
detalle de todos los medicamentos recibidos de los
proveedores en cada uno de los almacenes, Delegaciones
y Unidades Médicas del Alta Especialidad de tercer nivel de
atención en el mes de agosto del dos mil veinte, con
diversos rubros.
¿Cómo respondió el sujeto
obligado?
En respuesta, el sujeto obligado, entregó diversa información a
través de 2 archivos en formato excel.
¿Por qué se inconformó la
persona solicitante?
El particular presentó su recurso de revisión en contra de la
entrega de información incompleta.
¿Qué resolvió el Pleno del INAI?
SOBRESEER el presente recurso de revisión, en virtud de que se
actualiza la hipótesis normativa prevista en la fracción III del
artículo 162, del citado ordenamiento legal.
* Este contenido tiene carácter informativo, se proporciona con la finalidad de facilitar la lectura de la resolución adoptada por el Pleno
del INAI.
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Blanca Lilia Ibarra Cadena
Comisionada Ponente
RECURSO DE REVISIÓN
SUJETO
OBLIGADO:
Instituto
Mexicano del Seguro Social
FOLIO: 0064102137920
EXPEDIENTE: RRA 9985/20
1
Ciudad de México, a veintiocho de octubre de dos mil veinte.
Resolución que SOBRESEE el recurso de revisión interpuesto en contra de la
respuesta emitida por el sujeto obligado, en atención a lo siguiente:
ANTECEDENTES
I. Suspensión y reactivación de plazos con motivo de la pandemia causada
por el virus COVID-19. El veinte de marzo de dos mil veinte el Pleno de este
Instituto emitió el acuerdo ACT-EXT-PUB/20/03/2020.02, mediante el cual
se suspendieron los plazos y términos, del veintitrés de marzo hasta el diecisiete
de abril de dos mil veinte, por causas de fuerza mayor, en todos y cada uno de los
trámites, procedimientos y demás medios de impugnación competencia de este
Instituto, establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión
de Sujetos Obligados, Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los
Particulares y demás normativa aplicable.
Asimismo, el quince de abril de dos mil veinte se aprobó por el Pleno de este
Instituto, el acuerdo ACT-PUB/15/04/2020.02, mediante el cual se amplió la
suspensión de plazos hasta el treinta de abril de dos mil veinte.
El quince de mayo de dos mil veinte se publicó en el Diario Oficial de la Federación
el acuerdo ACUERDO ACT-PUB/30/04/2020.02 por medio del cual el Pleno de este
Instituto determinó ampliar los efectos de los acuerdos anteriores, con excepción
de los sujetos obligados que cuentan con actividades consideradas esenciales y
que se precisan en su anexo, para los cuales se aprobó dejar sin efectos la
suspensión de plazos y términos al treinta de mayo de dos mil veinte1.
1 Posteriormente, el tres de junio de dos mil veinte se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo ACUERDO
ACT-PUB/27/05/2020.04, mediante el cual se resolvió ampliar los efectos del acuerdo anterior hasta el quince de junio de la
presente anualidad; igualmente, el diez de ese mismo mes y año, se aprobó el diverso ACUERDO ACT-PUB-10-06-2020.04,
por medio del cual se prorrogó al treinta de junio de dos mil veinte la referida suspensión; el treinta de junio se aprobó el
similar ACT-PUB-/30/06/2020.05, el cual amplió el plazo de suspensión referido al quince de julio de dos mil veinte; el catorce
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Blanca Lilia Ibarra Cadena
Comisionada Ponente
RECURSO DE REVISIÓN
SUJETO
OBLIGADO:
Instituto
Mexicano del Seguro Social
FOLIO: 0064102137920
EXPEDIENTE: RRA 9985/20
2
Cabe señalar que el Instituto Mexicano del Seguro Social, se encuentra dentro
del listado de sujetos obligados considerados con actividades esenciales, por lo que
se reactivó el plazo para el trámite del presente recurso.
II. Presentación de la solicitud de información. El nueve de septiembre de dos
mil veinte, se presentó una solicitud de acceso a la información, mediante la
Plataforma Nacional de Transparencia, al sujeto obligado, requiriendo lo siguiente:
Descripción clara de la solicitud de información:
“A quien corresponda; Favor de
enviar un solo archivo (RECIBIDOS) con todos los datos solicitados. En archivo adjunto
encontrará solicitud de información. En espera de su valiosa respuesta, quedo a sus
órdenes. Muchas gracias.
” (sic)
Modalidad preferente de entrega de información:
“Entrega por Internet en la PNT”
La particular adjuntó un escrito cuyo contenido es el siguiente:
“…
Con fundamento en el artículo 1 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, donde se garantiza el derecho de acceso a la información pública
previsto por el artículo 6to de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
y con fundamento en los Artículos 2, 6, 9, 11...
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