Resolución con número de expediente RRA 9430 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 14-10-2020

Sentido del falloMODIFICA
EmisorSEGOB-FONDO DE APOYO SOCIAL PARA EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS
Fecha14 Octubre 2020
Número de expedienteRRA 9430
Año2020
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
PONENCIA DE LA COMISIONADA BLANCA LILIA IBARRA CADENA
Número de expediente:
RRA 09430/20
Sujeto obligado:
SEGOB-Fondo de apoyo social para ex
trabajadores migratorios mexicanos
¿Sobre qué tema se solicitó
información?
La persona solicitante requirió la siguiente
información en versión pública, de lo siguiente:
1) Copia de los recibos de pago que se expidieron,
el día hábil número 17 de febrero del 2013 entre
las 9:00 y 12:30 horas -que contengan firmas y
sellos de la sucursal del Banco de Bienestar
ubicada en la Ciudad de Irapuato, Guanajuato-, a
los Ex Braceros o sus familiares, donde obre la
firma de conformidad de los receptores.
2) Copia de los documentos entregados por los
beneficiarios, al personal del Banco referido, en el
día y hora antes señalados.
3) Los videos de las personas que fueron a cobrar
en la fecha y hora señaladas.
¿Cómo respondió el sujeto
obligado?
En respuesta, la Secretaría de Gobernación
declaró ser incompetente para conocer de lo
requerido.
¿Por qué se inconformó la
persona solicitante?
La incompetencia manifestada.
¿Qué resolvió el Pleno del
INAI?
MODIFICA la respuesta, ya que este Instituto
considera que no fue correcta la incompetencia
manifestada, ya que el sujeto obligado tiene
atribuciones para conocer de lo requerido en los
puntos 1 y 2. Motivo por el que se instruyó asumir
competencia de esos puntos y entregar la
respuesta que conforme a derecho
correspondiera.
* Este contenido tiene carácter informativo, se proporciona con la finalidad de faci litar la lectura de la resolución adoptada
por el Pleno del INAI.
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
1
Ciudad de México, a catorce de octubre de dos mil veinte
Resolución que MODIFICA la respuesta del sujeto obligado cuyos datos obran al rubro,
en atención a las siguientes consideraciones:
ANTECEDENTES:
I. Acuerdo de suspensión de plazos. El veinte de marzo de dos mil veinte, el Pleno
de este Instituto emitió el acuerdo ACT-EXT-PUB/20/03/2020.02, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el veintisiete del mismo mes y año, mediante el cual se
suspendieron los plazos y términos del veintitrés de marzo hasta el diecisiete de abril
de dos mil veinte, por causas de fuerza mayor, en todos y cada uno de los trámites,
procedimientos y demás medios de impugnación competencia de este Instituto,
establecidos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados,
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de
Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y demás normativa
aplicable.
Asimismo, el quince de abril de dos mil veinte, se aprobó por el Pleno de este Instituto,
el acuerdo ACT-PUB/15/04/2020.02, mediante el cual se modificó el diverso ACT-
EXT-PUB/20/03/2020.02, a efecto de ampliar la suspensión de plazos hasta el treinta
de abril de dos mil veinte.
El quince de mayo de dos mil veinte, se publicó en el Diario Oficial de la Federación
el acuerdo ACUERDO ACT-PUB/30/04/2020.02 por medio del cual el Pleno de este
Instituto determinó ampliar los efectos de los acuerdos anteriores al treinta de mayo
del año en curso, con excepción de los sujetos obligados que cuentan con actividades
consideradas esenciales y que se precisaron en su anexo, para los cuales se aprobó
dejar sin efectos la suspensión de plazos y términos, entre los cuales no se encontró
al sujeto obligado SEGOB-Fondo de apoyo social para ex trabajadores
migratorios mexicanos.

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