Resolución con número de expediente RRA 6077 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 07-07-2021

Sentido del falloMODIFICA
EmisorSERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT)
Fecha07 Julio 2021
Número de expedienteRRA 6077
Año2021
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
INSTITUTONACIONALDETRANSPARENCIA,ACCESOALAINFORMACIÓNYPROTECCIÓNDE
DATOSPERSONALES
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANT E EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
RESUMENPARALASOCIEDAD
Lapersonasolicitósabessilaspersonasquecontaban
con su Seguro de Separación Individualizado de
METFLIFE, pueden retirar su saldo a favor sin la
necesidad de una Constancia de Baja emitida por el
áreadeRecursosHumanos,indicandonombreycargo
de los responsables de su elaboración debidamente
firmada;asícomoquéprocedimientotienequerealizar
susempleados para recuperarsu saldo delSegurode
SeparaciónIndividualizado deMETLIFEsi éstossiguen
trabajando para el Servicio de Administración
Tributaria.
.
El sujeto obligado indicó que los trabajadores en activo que
contaban con la prestación del Seguro de Separación
Individualizado,puedenretirarsusaldosiempreycuandohayan
informado con oportunidad a la aseguradora METLIFE el
esquema de retiro correspondiente y realicen los trámites
oportunos.
Por otro lado, informó que cuando el trabajador haya
causadobajaycuenteconsaldoensucuentadelSegurode
Separación Individualizado, éste podrá retirarlo,
cumpliendocon los requisitosque la aseguradora solicite,
entreotrosel FormatoÚnico deMovimientos dePersonal
Federalde Baja,emitido por elServicio deAdministración
Tributaria

Lapers ona rec urr entem ani festósuinconformidad
porlaentregadelainformaciónincompleta.
Se modifica la respuesta, toda vez que el sujeto
obligadonorespondióloreferentealnombreycargo
de los responsables de la elaboración debidamente
firmada del documento “Formato Único de
MovimientodePersonaldelBaja.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
MOTIVODELAINCONFORMIDAD ELINAIRESOLVIÓ
INFORMACIÓNRELACIONADA
FranciscoJavierAcuñaLlamas
COMISIONADO
RRA6077/21
EXPEDIENTE
ServiciodeAdministración
Tributaria
INSTITUCIÓNQUE
RECIBIÓLASOLICITUD
INFORMACIÓNSOLICITADARESPUESTARECIBIDA
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Servicio de Administración Tributaria
Folio de la solicitud: 0610100084121
Número de expediente: RRA 6077/21
Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuña
Llamas
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
1
Visto el expediente relativo al recurso de revisión interpuesto ante este Instituto,
se procede a dictar la presente resolución con base en los siguientes:
ANTECEDENTES
I. El 05 de abril de 2021, el hoy recurrente presentó una solicitud de acceso a la
información, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, mediante la
cual solicitó al Servicio de Administración Tributaria, lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega de información:
“Entrega por Internet en la PNT”
Descripción clara de la solicitud de información:
“Informe
1.-Si actualmente sus trabajadores, empleados, servidores públicos a su cargo
cuentan con el Seguro de Separación Individualizado de METLIFE póliza SS0001.
2.-Si dicho Seguro de Separación Individualizado de METLIFE solo es para Mandos
Medios y Superiores al amparo de una póliza y que se hayan separado de su empleo
por Renuncia, jubilación, cesantía o retiro voluntario; Fallecimiento; Invalidez e
Incapacidad Total y Permanente.
3.-Si las personas que contaban con su seguro de Separación Individualizado de
METLIFE, pueden retirar su saldo a favor sin la necesidad de una Constancia de
baja de Servicio emitida por el área de Recursos Humanos de la Dependencia,
indicando nombre y cargo de los responsables de su elaboración debidamente
firmada.
4.-Si se da el caso que ya sus empleados no cuenten con ese seguro de Separación
Individualizado de METLIFE cual es el fundamento legal para su extinción.
5.-Que procedimientos tienen que realizar sus empleados para recuperar su saldo
del seguro de Separación Individualizado de METLIFE si estos siguen trabajando
para el SAT.” (sic)
II. El 27 de abril de 2021, el Servicio de Administración Tributaria, a través de la
Plataforma Nacional de Transparencia, dio respuesta a la solicitud de acceso a
la información, en los términos siguientes:
“[…]
Con fundamento en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información
Pública, se adjunta la información solicitada:
Descripción de la respuesta:
Estimado Solicitante: En el archivo adjunto encontrará respuesta a su solicitud.
Atentamente Unidad de Transparencia del Servicio de Administración Tributaria.
Archivo adjunto de la respuesta: 0610100084121_065.doc
[...]” (sic)

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