Resolución con número de expediente RRA 6565 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 23-06-2021

Sentido del falloMODIFICA
EmisorINSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS)
Fecha23 Junio 2021
Número de expedienteRRA 6565
Año2021
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Rosendoevgueni Monterrey
Chepov
RRA 6565/21
Tribunal Federal de Conciliación y
Arbitraje
El particular requirió diversos contenidos de información,
relacionados con el expediente R.S. 13/83 del
SUTINPER.
En respuesta, el sujeto obligado manifestó a través de la
Secretaría General de Acuerdos, lo siguiente:
Que el expediente R.S. 13/83 consta de 21
cuadernos o tomos.
Proporcionó un listado de los documentos que han
sido engrosados a dicho expediente de octubre de
2019 a abril de 2021.
Que el particular carece de representación para
tener acceso a las constancias que forman parte del
expediente, por lo que no es posible proporcionarlas.
Que las obligaciones del Tribunal Federal de
Conciliación y Arbitraje, respecto de los estatutos, se
observan en los artículos 72, 77 fracción II y 124 de
la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del
Estado.
Inconforme con los términos de la respuesta, el particular
interpuso recurso de revisión, manifestando como motivo
de agravio que el sujeto obligado se niega a
proporcionarle la información solicitada en el punto 3 de
su requerimiento; así como que la respuesta recaída al
punto 4 de su solicitud es confusa; es decir, de
conformidad con lo dispuesto por las fracciones IV y XII,
del artículo 148 de la Ley de la materia, se advierte que
el particular busca controvertir la entrega de información
incompleta, así como la falta de fundamentación y
motivación.
Dependencia o Entidad: Tribunal Federal de
Conciliación y Arbitraje
Folio de la solicitud: 0420000015721
Expediente: RRA 6565/21
Ponente: Rosendoevgueni Monterrey Chepov
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
1
Visto el expediente relativo al recurso de revisión interpuesto ante este Instituto, se
procede a dictar la presente resolución con base en los siguientes:
ANTECEDENTES
1. Con fecha diecinueve de abril de dos mil veintiuno, el particular presentó una
solicitud de acceso a la información, mediante la Plataforma Nacional de
Transparencia, a la que correspondió el folio número 0420000015721, ante la
Unidad de Transparencia del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje,
requiriendo lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega de información:
“Entrega por Internet en la PNT”
Descripción clara de la solicitud de información:
Toda vez que el personal de base del Sindicato Único de Trabajadores del Instituto
Nacional de Perinatología (SUTINPer), tiene un Comité omiso en el cumplimiento de
sus obligaciones de informarnos, atentamente solicitamos nos proporcione en formato
editable la siguiente información y documentación
1.Cuantos tomos contiene el expediente R.S. 13/83, relativo al Sindicato Único de
Trabajadores del Instituto Nacional de Perinatología (SUTINPer);
2.Una lista de todos los documentos que hayan sido agregados o engrosados al
expediente R.S. 13/83 a partir de octubre del 2019 y hasta la fecha de recepción de la
presente solicitud. Identificados debidamente cada uno, con nombre fecha de
presentación, cuantas hojas tienen y en que tomo se encuentran.
La información deberá ser elaborada en un cuadro que contenga los rubros mensual,
anual y total.
3.En formato PDF, todos los documentos que hayan sido agregados o engrosados al
expediente R.S. 13/83 a partir de octubre del 2019 y hasta la fecha de recepción de la
presente solicitud, identificados debidamente cada uno, con nombre fecha de
presentación, cuantas hojas tienen y en que tomo se encuentran.
La información deberá ser elaborada en un cuadro que contenga los rubros mensual,
anual y total.
4.¿Cuáles son las obligaciones que ese Tribunal tiene, respecto a los Estatutos
sindicales, que le presentan las diversas organizaciones?,
Deben cumplir algún requisito;
Revisan que en su contenido cumplan con X requisitos como la democracia en lo que
respecta a la elección de las Directivas Sindicales o
Solo los engrosan al expediente.
Dependencia o Entidad: Tribunal Federal de
Conciliación y Arbitraje
Folio de la solicitud: 0420000015721
Expediente: RRA 6565/21
Ponente: Rosendoevgueni Monterrey Chepov
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
2
Otros datos para facilitar su localización:
“, justificación de no pago: favor de exentar, toda vez que somo trabajadores con
escasos recursos” (sic)
2. Con fecha dieciocho de mayo de dos mil veintiuno, la Unidad de Transparencia
del Instituto Federal de Telecomunicaciones notificó al particular, mediante la
Plataforma Nacional de Transparencia, la copia simple del oficio número
UT/437/2021, de misma fecha a la de su recepción, el cual hace referencia a la
respuesta de su solicitud de acceso a información, en los términos siguientes:
[…]
Derivado del informe rendido por la Secretaría General de Acuerdos de del Tribunal
Federal de Conciliación y Arbitraje, se informa lo siguiente:
1. (…) Cuantos tomos contiene el expediente R.S. 13/83, relativo al Sindicato
Único de Trabajadores del Instituto Nacional de Perinatología (SUTINPer) (...)
Consta de 21 cuadernos o tomos.
2. (…) Una lista de todos los documentos que hayan sido agregados o engrosados
al expediente R.S. 13/83 a partir de octubre del 2019 y hasta la fecha de recepción
de la presente solicitud. Identificados debidamente cada uno, con nombre fecha
de presentación, cuantas hojas tienen y en que tomo se encuentran. La
información deberá ser elaborada en un cuadro que contenga los rubros mensual,
anual y total (…)
Por el periodo comprendido del mes de octubre del año dos mil diecinueve de abril del
año en curso constan los siguientes documentos:
Por parte de la representación acreditada del Comité Ejecutivo General del
Sindicato con fecha veintitrés de enero de dos mil veinte, solicita copias
certificadas, escrito que consta de 4 fojas.
Acuerdo de fecha ve3intinueve de enero de dos mil veinte, 1 foja.
Celebración del Pleno Extraordinario del Comité Ejecutivo General del
SUTINper, de fecha trece de febrero de dos mil veinte, original más 21 fojas
Acuerdo de fecha veinticuatro de marzo de dos mil veinte, donde se tiene
por exhibida la convocatoria, constante en 4 fojas.
Solicitud de prórroga por parte de la Secretaria General CEG del SUTINper,
consta de 2 fojas.
Solicitud por parte de la Secretaría General del CEG del SUTINper, en 1 foja,
del reconocimiento de licencia concluida, con fecha catorce de agosto de dos
mil veinte.
Toma de nota de fecha primero de septiembre de dos mil veinte, se procede
a la prórroga de la gestión del CEG del SUTINper por el periodo comprendido

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR